Ministerio de Salud
SALUD PUBLICA
Resolución 51/2014
Calendario Nacional de Vacunación. Modificación.
Bs. As., 16/1/2014
VISTO el expediente Nº 2002-25.446/13-7 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que el Fondo Rotatorio Internacional ha informado la interrupción de la
provisión de vacuna cuádruple bacteriana celular (DTPw- Hib), a partir
del año 2014 ya que se ha discontinuado su elaboración.
Que algunas jurisdicciones aún poseen disponibilidad de dosis de vacuna
DTPw-Hib en sus vacunatorios para continuar con la administración de
esta vacuna hasta finalizar el stock.
Que dada la baja reactogenicidad del componente de hepatitis B, los
beneficios de usar esta presentación combinada superan los riesgos por
eventuales dosis extra de este antígeno y se minimizan las
oportunidades perdidas de vacunación.
Que en función de recibir el refuerzo correspondiente a los componentes
difteria, tétanos, pertussis y Haemophilus influenzae tipo B, puede
administrarse en forma indistinta vacuna cuádruple o quíntuple (DTPw-
Hib- HB).
Que los DIECIOCHO (18) meses de vida representa el grupo etario con
mayor dificultad para lograr altas tasas de coberturas de vacunación en
la edad pediátrica, en Argentina.
Que los controles pediátricos ya consensuados y establecidos en nuestro
país, en niños entre DOCE (12) y VEINTICUATRO (24) meses, se realizan
sistemáticamente con una frecuencia trimestral, considerándose oportuno
fortalecer los QUINCE (15) y DIECIOCHO (18) meses como edades clave
para la captación y vacunación de la población objetivo.
Que ampliar la franja etaria para la administración de los refuerzos
correspondientes a las vacunas cuádruple/quíntuple y vacuna
antipoliomielítica oral (OPV) permitiría disponer de mayor número de
oportunidades para la captación de la población objetivo para su
vacunación, pudiendo favorecerse la obtención de mejores tasas de
coberturas.
Que utilizar intervalos de edad genera más oportunidades de vacunación contribuyendo a disminuir las oportunidades perdidas.
Que, con el consenso de la COMISION NACIONAL DE INMUNIZACIONES
(CoNaIn), el PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES
INMUNOPREVENIBLES (ProNaCEI), la DIRECCION NACIONAL DE MATERNIDAD E
INFANCIA y las Sociedades Científicas (Sociedad Argentina de Pediatría,
Sociedad Argentina de Infectología Pediátrica y Sociedad Argentina de
Infectología) se propone al PROGRAMA reformular en Calendario Nacional
de Vacunación incorporando el intervalo de vacunación que contempla
QUINCE (15) a DIECIOCHO (18) meses de vida en reemplazo de la
vacunación actual de los DIECIOCHO (18) meses.
Que generar un intervalo entre los QUINCE (15) y los DIECIOCHO (18)
meses para la vacunación ofrece la posibilidad de disponer de una nueva
edad factible de utilizarse ante nuevas vacunas que pudieran
incorporarse al Calendario.
Que contar con un nuevo grupo etario de vacunación permitiría a futuro
minimizar el número de aplicaciones correspondientes a vacunas
inyectables en una misma consulta, generando un CALENDARIO NACIONAL DE
VACUNACION que favorezca la adherencia tanto de la familia como del
personal de salud.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por la
Ley de Ministerios - T.O. 1992, modificado por la Ley 26.338.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1° — Modifícase el
CALENDARIO NACIONAL DE VACUNACION en cuanto a la inmunización con las
vacunas cuádruple/quíntuple (primer refuerzo) y OPV (cuarto refuerzo)
entre los QUINCE (15) y DIECIOCHO (18) meses de vida, para todos los
habitantes del territorio nacional. En los casos de personas con
esquemas incompletos se procederá a completar los mismos.
Art. 2° — Considérase
indistinto que, habiendo cumplido el esquema básico con vacuna
quíntuple durante el primer año de vida, se realice el refuerzo
correspondiente a este rango etario con vacuna cuádruple o quíntuple.
Art. 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan L. Manzur.