Ministerio del Interior y Transporte

AVIACION CIVIL


Resolución 38/2014


Decreto Nº 1782/2013. Prórroga.


Bs. As., 4/2/2014

VISTO el Expediente Nº S02:0010250/2014 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 8° del Decreto Nº 1840/11 dispuso que el personal que prestara servicios en la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, en ejercicio de las competencias que fueran transferidas a la FUERZA AEREA ARGENTINA por imperio de dicha norma, pasará a revestir sus funciones, en comisión, en la DIRECCION GENERAL DE TRANSITO AEREO de la FUERZA AEREA ARGENTINA, por el plazo de UN (1) año, contado a partir de la vigencia del mencionado Decreto.

Que el citado Decreto entró en vigencia a partir de su dictado según lo estipula en su artículo 9°.

Que el artículo 1° del Decreto Nº 2170 de fecha 8 de noviembre de 2012, prorrogó por CIENTO OCHENTA (180) días el plazo de UN (1) año establecido en el artículo 8° del Decreto Nº 1840/11.

Que el artículo 2° del Decreto Nº 2170/12 delegó en el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE la facultad de establecer una prórroga adicional al plazo establecido en el artículo 1° del mismo, por hasta CIENTO OCHENTA (180) días.

Que posteriormente, por la Resolución Nº 301 de fecha 10 de mayo de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se prorrogó adicionalmente por CIENTO OCHENTA (180) días el plazo establecido por el artículo 8° del Decreto Nº 1840/11.

Que el artículo 1° del Decreto Nº 1782 de fecha 12 de noviembre de 2013, prorrogó por NOVENTA (90) días el plazo de UN (1) año establecido en el artículo 8° del Decreto Nº 1840 de fecha 12 de noviembre de 2011, prorrogado por el Decreto Nº 2170 de fecha 8 de noviembre de 2012 y por la Resolución Nº 301 de fecha 10 de mayo de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que el artículo 2° del Decreto Nº 1782/13 delegó en el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE la facultad de prorrogar el plazo establecido en el artículo 1° del mismo.

Que atento el inminente vencimiento del plazo mencionado anteriormente, y encontrándose en estudio el Proyecto de Ley sobre la prestación del servicio público de la navegación aérea, se entiende pertinente prorrogar dicho plazo por CIENTO OCHENTA (180) días adicionales.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto Nº 1782 de fecha 12 de noviembre de 2013.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1° — Prorrógase adicionalmente por CIENTO OCHENTA (180) días el plazo establecido por el artículo 1° del Decreto Nº 1782 de fecha 12 de noviembre de 2013.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal F. Randazzo.