MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 174/2014


Decretos N° 357/2002 y N° 1486/2011. Modificaciones.


Bs. As., 10/2/2014

VISTO el Expediente S04:0062355/2013 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley de Ministerios (t.o. por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, los Decretos Nros. 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, 1755 del 23 de octubre de 2008 y 1486 del 23 de setiembre de 2011, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 357/02 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la administración nacional centralizada, hasta nivel de Subsecretaría.

Que por el Decreto N° 1486/11 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que en función de las competencias asignadas a las distintas áreas del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, resulta conveniente reordenar sus responsabilidades, estableciendo, asimismo, sus competencias.

Que, en tal sentido, entre los pilares del Plan Estratégico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS se encuentran la mejora del sistema de justicia y el desarrollo de políticas penitenciarias para la integración social.

Que, a los efectos de una más eficaz administración de los recursos del Estado, resulta conveniente el desarrollo conjunto de tales desafíos estratégicos, en la órbita de una misma unidad organizativa.

Que, en consecuencia, a efectos de posibilitar mediante un nuevo diseño organizacional el logro de los fines propuestos, es necesario establecer la nueva conformación de la estructura de la SECRETARIA DE JUSTICIA.

Que, asimismo, entre los objetivos institucionales del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS se encuentra el de facilitar a la población el acceso a la justicia, promoviendo la igualdad en el tratamiento de los habitantes, como así también la formulación y aplicación de políticas y programas de promoción y fortalecimiento de los derechos fundamentales.

Que en el marco de las políticas públicas de inclusión del Gobierno Nacional la noción de acceso a la justicia trasciende a la de acceso a la jurisdicción, relacionándose con la posibilidad de las personas, en igualdad de condiciones, de ejercer sus derechos, superando los obstáculos de cualquier índole que lo impidan, especialmente los derivados del estado de vulnerabilidad económica, o de la existencia de alguna discapacidad.

Que para el cumplimiento de tales fines, resulta necesario jerarquizar las áreas con competencia en la materia.

Que esta medida implica mejorar la calidad y el orden institucional, inscribiéndose en las políticas inclusivas del Estado Nacional.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la medida que aquí se propicia.

Que se han tenido en cuenta, para la elaboración de la propuesta, los lineamientos fijados por el Decreto N° 1545 del 31 de agosto de 1994, sus normas complementarias y modificatorias.

Que han tomado la intervención que les compete la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1° del Decreto N° 357/02 y modificatorios —Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría— el apartado XVII - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, de conformidad con la Planilla anexa al presente artículo.

Art. 2° — Sustitúyese del Anexo II al artículo 2° del Decreto N° 357/02 y modificatorios —Objetivos— el apartado XVII - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en la parte correspondiente a la SECRETARIA DE JUSTICIA, el que quedará conformado de acuerdo con la Planilla anexa al presente artículo.

Art. 3° — Sustitúyese el Anexo If al artículo 1° del Decreto N° 1486/11 y sus modificatorios —Organigrama—, correspondiente a la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el que quedará conformado de acuerdo con la Planilla anexa al presente artículo.

Art. 4° — Establécese que el CONSEJO FEDERAL PENITENCIARIO, creado por el Decreto N° 8 del 6 de enero de 2011, dependerá en forma directa de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS de la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 5° — Sustitúyese el Anexo II - Responsabilidad Primaria y Acciones al artículo 1° del Decreto N° 1486/11 y sus modificatorios, en la parte correspondiente a la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el que quedará conformado de acuerdo con la Planilla anexa al presente artículo.

Art. 6° — Establécese que las unidades de segundo nivel operativo de la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS aprobadas por el Decreto N° 1755/08 y sus modificatorios, mantendrán su vigencia con las Funciones Ejecutivas, adicionales y suplementos vigentes. Asimismo, mantendrán su vigencia las unidades de nivel departamental y sus unidades dependientes, con la asignación de los adicionales y suplementos asignados.

Art. 7° — Establécese que mantendrá su vigencia la estructura organizativa de la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL aprobada por la Decisión Administrativa N° 516 del 19 de diciembre de 1996.

Art. 8° — Facúltase al Ministro de Justicia y Derechos Humanos a aprobar el anexo de dotación de la estructura organizativa de la jurisdicción, de conformidad con los créditos y cargos establecidos para la misma, por la Ley de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional. Dicha facultad deberá ser ejercida previa intervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 9° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos que se asignen a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio C. Alak.

Planilla Anexa al artículo 1°

XVII.- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

- SUBSECRETARIA DE COORDINACION

- SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION ESTRATEGICA

- SECRETARIA DE JUSTICIA

- SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS

- SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL

- SUBSECRETARIA DE ACCESO A LA JUSTICIA

- SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

- SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION REGISTRAL

- SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

- SUBSECRETARIA DE PROTECCION DE DERECHOS HUMANOS

- SUBSECRETARIA DE PROMOCION DE DERECHOS HUMANOS

Planilla Anexa al artículo 2°

XVII. MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SECRETARIA DE JUSTICIA.

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en sus relaciones con el PODER JUDICIAL, el MINISTERIO PUBLICO, el DEFENSOR DEL PUEBLO, el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA y el CONGRESO DE LA NACION.

2. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en sus relaciones con organizaciones no gubernamentales del ámbito profesional, judicial, académico y social.

3. Intervenir en los programas de reforma judicial.

4. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la intervención que le compete en la organización del PODER JUDICIAL y en el nombramiento de los magistrados, conforme a los procedimientos y recaudos previstos en la CONSTITUCION NACIONAL.

5. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la organización y nombramiento de magistrados del MINISTERIO PUBLICO conforme a los procedimientos y recaudos previstos en la CONSTITUCION NACIONAL y leyes complementarias.

6. Elaborar anteproyectos de reforma y actualización legislativa y entender en el ordenamiento y compilación de normas jurídicas.

7. Supervisar las acciones del Sistema Argentino de Información Jurídica.

8. Desarrollar actividades de colaboración en materias de su competencia con las provincias y organismos oficiales y privados, mediante la prestación del apoyo y cooperación necesarios para optimizar la realización de sus tareas.

9. Asistir al Ministro en el seguimiento del trámite parlamentario de los proyectos de competencia de la jurisdicción y en lo relacionado con el ejercicio constitucional del veto.

10. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la intervención que requieran los litigios en el que el interés del Estado nacional o sus entidades descentralizadas pueda verse comprometido, sin asumir la calidad de parte en el juicio.

11. Efectuar el estudio de proyectos de leyes y decretos originados en otras áreas del PODER EJECUTIVO, sometidos a consideración del Ministerio.

12. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la coordinación de las actividades de cooperación jurídica nacional e internacional.

13. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en los temas relacionados con medios alternativos de resolución de disputas.

14. Conducir los programas jurídicos, sociales y de atención comunitaria, correspondientes al ámbito del Ministerio.

15. Intervenir en las actividades relativas a la aplicación del régimen de extradición y promover el desarrollo consensuado de políticas comunes con organismos internacionales y de otros países, en especial los limítrofes, en la materia de su competencia.

16. Intervenir en la definición de la política criminal de la Nación y las acciones a seguir en la materia.

17. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la administración y funcionamiento del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, en la política penitenciaria, en la reforma penitenciaria y en la ejecución penal.

18. Asistir en el plan de construcción y mantenimiento de las unidades penitenciarias del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

19. Entender en las acciones relativas al desarrollo de la infraestructura penitenciaria.

20. Intervenir en el desarrollo de políticas comunes con organismos internacionales y otros países, en especial los limítrofes, en materia de política criminal.

21. Entender en las acciones relativas al Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados.

22. Proponer políticas y programas relativos a la readaptación social de los internos, promoviendo el desarrollo de los patronatos de liberados e intervenir en los casos de indultos y conmutación de penas.

23. Entender en las acciones vinculadas con el Programa Nacional de Asistencia para las Personas con Discapacidad en sus Relaciones con la Administración de Justicia.

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS.

OBJETIVOS

1. Asistir al Secretario de Justicia en lo inherente a las relaciones de la jurisdicción con el PODER JUDICIAL, el MINISTERIO PUBLICO, el DEFENSOR DEL PUEBLO, el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA y el CONGRESO DE LA NACION y en lo relativo a su intervención en los programas de reforma judicial.

2. Asistir al Secretario de Justicia en materia de la intervención que compete a la jurisdicción en la organización del PODER JUDICIAL y el MINISTERIO PUBLICO, y en el nombramiento de los magistrados, conforme a los procedimientos y recaudos previstos en la CONSTITUCION NACIONAL y leyes complementarias.

3. Participar en la elaboración de anteproyectos normativos en las materias de su competencia, especialmente en los atinentes a reforma y actualización legislativa y entender en el ordenamiento y compilación de normas jurídicas.

4. Asistir al Secretario de Justicia en lo concerniente al seguimiento del trámite parlamentario de los proyectos de competencia de la jurisdicción, y en lo relacionado con el ejercicio constitucional del veto.

5. Asistir al Secretario de Justicia en lo referido a la intervención que requieran de la jurisdicción los litigios en que el interés del Estado Nacional o sus entidades descentralizadas pueda verse comprometido, sin asumir la calidad de parte en el juicio.

6. Participar en el estudio de proyectos de leyes y decretos originados en otras áreas del PODER EJECUTIVO, sometidos a consideración del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

7. Asistir al Secretario de Justicia en lo atinente a la coordinación de las actividades de cooperación jurídica nacional e internacional.

8. Asistir al Secretario de Justicia en lo inherente a la intervención de la jurisdicción en las actividades relativas a la aplicación del régimen de extradición y promover el desarrollo consensuado de políticas comunes con organismos internacionales y de otros países, en especial los limítrofes, en la materia de su competencia.

9. Asistir al Secretario en la política penitenciaria y en la elaboración de propuestas de reforma en la materia.

10. Asistir al Secretario en materia de ejecución penal y, en su caso, proponer políticas y programas relativos a dicha problemática en todos sus segmentos.

11. Asistir al Secretario en la administración y funcionamiento del Servicio Penitenciario Federal, y en la coordinación de las acciones con los servicios penitenciarios provinciales.

12. Proponer políticas y programas relativos a la readaptación social de los internos, promoviendo el desarrollo de los patronatos de liberados.

13. Dirigir estudios, investigaciones y estadísticas vinculadas con la problemática penitenciaria y el sistema penitenciario.

14. Intervenir en los casos de indultos y conmutación de penas.

15. Coordinar el accionar del CONSEJO FEDERAL PENITENCIARIO.

16. Entender en el relevamiento de la infraestructura de las unidades Penitenciarias Federales.

17. Efectuar el diagnóstico de las necesidades de construcción y mantenimiento de las Unidades Penitenciarias Federales.

18. Asistir al Secretario en el diseño y elaboración del plan de construcción y mantenimiento de las unidades penitenciarias en coordinación con el SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

19. Desarrollar estudios previos y evaluar planes, programas y proyectos en materia de infraestructura en el ámbito del sistema penitenciario federal.

20. Intervenir en la elaboración de Pliegos de Bases y condiciones generales, cláusulas especiales, especificaciones técnicas, cómputo y presupuesto para la contratación de obras, mantenimiento y equipamiento de las unidades penitenciarias, y sus modificaciones edilicias para éstas.

21. Intervenir en la etapa de la evaluación técnica de las ofertas, en el proceso de contratación de obras penitenciarias y servicios de mantenimiento de las mismas, entendiendo en el monitoreo y supervisión de las obras penitenciarias y servicios de mantenimiento contratados.

22. Brindar asesoramiento y asistencia técnica a las jurisdicciones provinciales que lo soliciten, aportando respuestas actualizadas en materia de arquitectura penitenciaria, mediante la celebración de convenios.

SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL

OBJETIVOS

1. Asistir al Secretario en la propuesta de lineamientos de la política criminal de la Nación y de las acciones a seguir en la materia.

2. Entender en la elaboración de anteproyectos normativos en las materias de su competencia.

3. Entender en la coordinación de la Unidad Especial de Investigación del atentado terrorista perpetrado el 18 de julio de 1994 contra la sede de la ASOCIACION MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA (AMIA), creada por el Decreto N° 452/00.

4. Intervenir en el desarrollo de políticas comunes con organismos internacionales y otros países, en especial los limítrofes, en materia de política criminal.

5. Asistir al Secretario en las acciones relativas al Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados.

6. Coordinar los Planes y Programas existentes o a crearse en el ámbito de su competencia.

7. Realizar estudios, investigaciones y estadísticas referentes a cuestiones de Política Criminal y Prevención del Delito.

SUBSECRETARIA DE ACCESO A LA JUSTICIA

OBJETIVOS

1. Asistir al Secretario de Justicia en la conducción de los programas jurídicos, sociales y de atención comunitaria, correspondientes al ámbito del Ministerio.

2. Asistir al Secretario de Justicia en lo relativo a los temas relacionados con medios alternativos de resolución de disputas.

3. Intervenir en la supervisión de las acciones del Sistema Argentino de Información Jurídica.

4. Coordinar los Planes y Programas existentes o a crearse en el ámbito de su competencia.

5. Asistir al Secretario de Justicia en las relaciones de la jurisdicción con organizaciones no gubernamentales del ámbito profesional, judicial, académico y social.

6. Asistir al Secretario en las acciones relativas al Programa Nacional de Asistencia para las Personas con Discapacidad en sus Relaciones con la Administración de Justicia.

Planilla Anexa al artículo 3°


Planilla Anexa al Artículo 5°

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS

DIRECCION NACIONAL DE COOPERACION INTERNACIONAL JURIDICA Y EN SISTEMAS JUDICIALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir a la Secretaría de Justicia a través de la Subsecretaría de Relaciones con el Poder Judicial y Asuntos Penitenciarios en las actividades de cooperación jurídica internacional y en el desarrollo de políticas comunes con organismos internacionales y con otros países, en especial limítrofes, en materias de competencia de la jurisdicción.

Intervenir en los procesos de reforma del sistema judicial.

Asistir en la coordinación de las relaciones del Ministerio con Organizaciones No Gubernamentales del ámbito profesional, judicial, académico y social, nacionales o internacionales, en los temas de su competencia.

ACCIONES:

1. Intervenir en el estudio y elaboración de normas de carácter internacional en materias vinculadas a las competencias de la jurisdicción.

2. Relevar, actualizar y efectuar el seguimiento de los procesos de reforma de los sistemas judiciales en los distintos países, y de la normativa internacional en los temas de competencia específica de la Secretaría, su estado de incorporación al derecho interno e implementación, a los fines de su cumplimiento.

3. Entender en toda solicitud de asesoramiento y cooperación en materias de carácter internacional que ingresen a la Jurisdicción.

4. Intervenir en los programas y planes de reforma del sistema judicial de acuerdo a las planificaciones efectuadas por la Secretaría de Justicia.

5. Intervenir en lo que corresponda a la competencia del Ministerio en el marco de la Ley N° 24.767.

6. Entender en el cumplimiento de tratados internacionales de asistencia y cooperación judicial penal y de traslado de condenados en los que el Ministerio sea autoridad de aplicación.

7. Entender como autoridad de aplicación del Tratado de Asistencia Jurídica Mutua en Asuntos Penales suscripto con el Gobierno de Los Estados Unidos de América, aprobado por Ley N° 24.034.

8. Asistir en la coordinación de las relaciones institucionales con Organizaciones No Gubernamentales del ámbito profesional, judicial, académico y social de la República Argentina.

9. Asistir en lo relativo a las relaciones de cooperación y asistencia técnica y/o complementación institucional establecidas por el Ministerio con organizaciones y organismos nacionales, internacionales y extranjeros.

10. Establecer el enlace y coordinación de las distintas áreas de la Secretaría de Justicia en la formulación de políticas internacionales.

11. Contribuir a la implementación de una política federal de cooperación jurídica internacional.

12. Participar y efectuar el seguimiento de las actividades derivadas de la cooperación internacional que lleven a cabo otros organismos nacionales o internacionales.

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS

DIRECCION GENERAL DE ASISTENCIA TECNICA Y LEGISLATIVA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir en la planificación de políticas que se establezcan en los temas de competencia del área y en el control técnico legislativo de proyectos normativos.

ACCIONES:

1. Intervenir en el estudio y planificación de políticas a desarrollar en las áreas de competencia de la Subsecretaría y controlar su ejecución, como así también en el de los programas operativos para el cumplimiento de las políticas fijadas.

2. Analizar las propuestas normativas que las distintas áreas eleven a consideración de la superioridad, asesorando sobre su procedencia y viabilidad.

3. Realizar el análisis técnico legislativo de los proyectos normativos que se sometan a su intervención.

4. Participar y realizar tareas de apoyo a la labor de las Comisiones de estudios normativos.

5. Prestar el apoyo técnico y administrativo a la Subsecretaría.

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES CON EL PODER LEGISLATIVO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al Subsecretario en lo inherente a las relaciones con el CONGRESO DE LA NACION, en lo relacionado con las modificaciones legislativas que impulse la Jurisdicción.

ACCIONES:

1. Asistir al Subsecretario en las relaciones con el CONGRESO DE LA NACION, para el seguimiento de los proyectos legislativos de incumbencia del Ministerio.

2. Impulsar anteproyectos de reforma y actualización de textos legales, de adecuación de la legislación nacional de carácter general y de los Códigos, de normas reglamentarias y de ordenamiento y compilación de normas jurídicas y administrativas, con vistas a consolidar sus textos.

3. Supervisar las comisiones de juristas constituidas en el Ministerio.

4. Asistir en el seguimiento del trámite parlamentario de los proyectos de competencia de la jurisdicción y en lo relacionado con el ejercicio constitucional del veto.

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS

DIRECCION NACIONAL DE READAPTACION SOCIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Proponer, planificar y coordinar acciones y programas de tratamiento vinculados con la reinserción social de los internos, a fin de procurar en ellos la comprensión y el respeto por la ley y las normas de interacción social; con la reinserción en la comunidad de los egresados de las cárceles y con la integración social de aquellas personas que estén incorporadas a medidas de tratamiento en el medio libre, en virtud de disposición judicial.

ACCIONES:

1. Proponer el desarrollo e implementación de acciones y programas concretos e innovadores en materia tanto de tratamiento penitenciario como de todas las sanciones penales alternativas a la privación de la libertad, en consonancia con las normas internacionales y en el marco de las mejores prácticas.

2. Promover y desarrollar el estudio de todos los factores que interfieran y dificulten el proceso de reinserción social, propiciando los cambios en aquellas situaciones que impliquen discriminaciones.

3. Efectuar estudios sistemáticos sobre demandas y oportunidades laborales relacionadas con el egreso de prisión y/o con aquellas personas sometidas al cumplimiento de reglas de conducta en razón de disposición judicial.

4. Propiciar, desarrollar e implementar un programa de trabajo en los establecimientos carcelarios y penitenciarios, con miras a la formación en los internos de hábitos laborales, generando para ese universo oportunidades de empleo productivas en consonancia con los lineamientos y exigencias del mercado laboral.

5. Promover el desarrollo de la actividad profesional y específica de los patronatos de liberados, especialmente de todas aquellas vinculadas con la supervisión, control y asistencia de los condenados condicionales, probados y liberados, en los términos de los artículos 27 bis, 76 bis, ter, quater, 13 y 53 del Código Penal de la Nación y de la Ley de Ejecución de la Pena privativa de la Libertad N° 24.660.

6. Promover acciones de esclarecimiento en la comunidad procurando actitudes positivas con respecto a los egresados de los establecimientos penales y de todas aquellas personas que estén sometidas a reglas de conducta a desarrollarse en el medio libre en virtud de un proceso penal.

7. Estimular el desarrollo de tareas coordinadas de organismos públicos y privados vinculados con la ejecución penal y propiciar el desarrollo de actividades de información y difusión en la sociedad, en universidades y en instituciones intermedias sobre la problemática.

8. Adoptar cursos de acción tendientes a obtener la participación de organizaciones no gubernamentales en temas educativos, sanitarios o laborales, relacionados con las finalidades de las instituciones penitenciarias y de los patronatos de liberados.

9. Coordinar a nivel nacional y provincial el desarrollo de todas aquellas acciones y programas vinculados con la reinserción social de los internos y egresados de los establecimientos penitenciarios y con la integración social de aquellas personas sometidas a reglas de conducta de cumplimiento en el medio libre.

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS

DIRECCION NACIONAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO PENITENCIARIO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Efectuar el relevamiento, análisis y evaluación de la infraestructura edilicia de las unidades del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

Dirigir la ejecución del plan de construcciones y mantenimiento de las unidades penitenciarias.

ACCIONES:

1. Efectuar el relevamiento edilicio de las unidades penitenciarias en Unidades y edificios del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

2. Efectuar el diagnóstico y evaluación de las necesidades en materia de infraestructura penitenciaria.

3. Efectuar la propuesta de construcción y contratación de servicios de mantenimiento de las Unidades y edificios penitenciarios, para la elaboración del plan de construcción y mantenimiento de los mismos.

4. Asistir al Subsecretario en el desarrollo y evaluación de estudios previos, planes, programas y proyectos en materia de infraestructura en el ámbito del sistema penitenciario federal.

5. Confeccionar los pliegos de condiciones y especificaciones técnicas para la contratación de la construcción, modificaciones edilicias, servicios de mantenimiento y equipamiento de las Unidades y edificios penitenciarios.

6. Analizar los proyectos referidos a obras de conservación, modificación o construcción edilicia necesarios para el mejoramiento de la infraestructura y funcionamiento del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

7. Efectuar el seguimiento del avance de las obras penitenciarias y la supervisión del cumplimiento de los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones y especificaciones técnicas.

8. Intervenir en el proceso referido a las contrataciones de Obras Públicas penitenciarias.

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE ACCESO A LA JUSTICIA

DIRECCION NACIONAL DE MEDIACION Y METODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Ejecutar las competencias que las Leyes N° 26.589 y N° 24.635 y sus Decretos Reglamentarios atribuyen al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS. Dirigir, desarrollar y promover programas de métodos participativos para la prevención y solución de disputas. Organizar y coordinar el cuerpo de expertos en resolución de conflictos y negociación en temas en los que se encuentre interesado el Estado Nacional.

ACCIONES

1. Ejecutar las competencias que la legislación vigente (Leyes N° 26.589 y N° 24.635 y sus Decretos reglamentarios) encomienda al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en los temas relacionados con métodos alternativos y de participación de prevención y resolución de conflictos.

2. Entender en la normativa que regule la capacitación integral de mediadores y conciliadores laborales. Aprobar y supervisar los programas de estudio y capacitación de los cursos que se dicten en el ámbito de la Dirección y en las organizaciones autorizadas para ello.

3. Organizar el Centro de Prevención y Resolución de Conflictos dentro de lo establecido por la Ley N° 26.589, en las condiciones que establece la pertinente reglamentación.

4. Intervenir en la elaboración y desarrollo de proyectos normativos referidos a la aplicación de nuevas formas de resolución alternativa de conflictos.

5. Proponer la convocatoria u organización de seminarios, cursos, conferencias, reuniones nacionales e internacionales y/o publicaciones y participar en ellos, para profundizar los estudios sobre métodos de participación en la prevención y resolución de conflictos.

6. Representar al organismo en los trámites judiciales tendientes al cobro de multas y recupero de honorarios, que le competen de conformidad con la legislación vigente.

7. Cooperar con los distintos organismos del Estado Nacional en cuestiones relativas a la mediación, conciliación y otros métodos participativos de resolución de conflictos.

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE ACCESO A LA JUSTICIA

DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION Y FORTALECIMIENTO PARA EL ACCESO A LA JUSTICIA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Promover, facilitar y fortalecer el acceso a la justicia por parte de los ciudadanos. Conducir e impulsar las actividades relacionadas con los programas jurídicos y sociales de atención comunitaria.

Atender el tratamiento de las demandas de los ciudadanos mediante acciones que permitan la satisfacción de las mismas, en el marco de las competencias asignadas.

ACCIONES

1. Organizar, coordinar y administrar los servicios a través de los cuales el Ministerio promueve, facilita y fortalece el acceso a la justicia.

2. Entender en la puesta en ejecución de planes sociales de asistencia jurídica a la comunidad y los programas que lo integren.

3. Estimular la labor coordinada de los centros de asistencia jurídica.

4. Ofrecer servicio de orientación y derivación frente a problemáticas tanto jurídicas como sociales.

5. Dar respuestas a la necesidad de información y asesoramiento jurídico-asistencial, denuncias y solicitudes de diversa índole presentados por la ciudadanía, brindando respuestas concretas que conduzcan a la solución efectiva de las demandas.

6. Promover la cooperación con los Gobiernos Provinciales, para replicar y adaptar los servicios desarrollados, en distintos lugares del país, a través de convenios de cooperación técnica.

7. Cooperar con los distintos organismos del Estado Nacional, en las cuestiones relativas al acceso a la justicia.

8. Promover la cooperación con el Poder Judicial de la Nación, a los fines de fortalecer el acceso a la justicia.

9. Participar en el estudio de proyectos de leyes y decretos originados en otras áreas del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en materia de acceso a la justicia.

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE ACCESO A LA JUSTICIA

DIRECCION NACIONAL DEL SISTEMA ARGENTINO DE INFORMACION JURIDICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir el Sistema Argentino de Información Jurídica (S.A.I.J.).

Efectuar la prestación del servicio de información jurídica y judicial del ámbito nacional y provincial destinado a profesionales y a la sociedad en general, en pos de contribuir a la democratización del acceso a la información.

Proponer los lineamientos para el tratamiento de la información jurídica y judicial, en su condición de referente técnico.

ACCIONES

1. Proponer e implementar la prestación de todo servicio que se desarrolle bajo la denominación Infojus.

2. Entender en el tratamiento documental de las fuentes del derecho y de la información de carácter jurídico y Judicial, con miras a la democratización del acceso a la información.

3. Difundir información jurídica o judicial por cualquier medio o soporte.

4. Asistir en las actividades de cooperación y en el desarrollo de políticas de acceso a la información jurídica y judicial, con organismos nacionales, provinciales e internacionales y con otros países o entidades de carácter público o privado.

5. Asistir en los procesos de reforma legislativa brindando información jurídica sistematizada.

6. Actualizar e implementar metodologías y técnicas de tratamiento documental, edición, desarrollo de herramientas lingüísticas y de acceso a la información jurídica y judicial.

7. Desarrollar y dictar programas de capacitación sobre técnicas de tratamiento documental de la información jurídica y sobre la utilización de los servicios brindados, dirigida a los usuarios en general, poderes del Estado o entidades de carácter público o privado que lo requieran, en coordinación con la Dirección General de Recursos Humanos cuando así correspondiere.

8. Asistir a organismos nacionales, provinciales, municipales, internacionales u otras entidades de carácter público o privado en la creación de bases de datos jurídicas, así como en el desarrollo de servicios editoriales en la materia.

9. Entender en la edición digital o impresa de publicaciones que requieran los organismos de la Jurisdicción o de otras entidades u organismos que determine la Cartera de la cual depende.

10. Promover espacios de debate y de investigaciones jurídicas en Universidades y otros ámbitos en el marco de las incumbencias de la Dirección Nacional.

11. Entender en la coordinación de la Red Nacional de Información Jurídica.

12. Difundir los servicios de información ofrecidos por la Dirección Nacional.

13. Intervenir en la definición, desarrollo y administración de soluciones tecnológicas tendientes a prestar los servicios que brinda la Dirección Nacional.

14. Asistir a la Subsecretaría en la articulación con la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en el marco de sus incumbencias respectivas.

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL

DIRECCION NACIONAL DE POLITICA CRIMINAL EN MATERIA DE JUSTICIA Y LEGISLACION PENAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Proponer y desarrollar investigaciones científicas en materia de justicia y legislación penal e intervenir en el desarrollo de las acciones resultantes de aquéllas, brindando asesoramiento técnico a los demás organismos que así lo requieran y, cuando correspondiere, a los entes no gubernamentales cuyos objetivos fueren atinentes a la materia.

ACCIONES

1. Diseñar los instrumentos adecuados para recopilar información empírica acerca del funcionamiento de los organismos del sistema penal.

2. Intervenir en la programación y ejecución de las acciones de investigación sobre política criminal en materia de justicia y legislación penal, que sean prioritarias para el Gobierno Nacional y aquellas que sean requeridas por los niveles provinciales y municipales.

3. Realizar estudios, encuestas y estadísticas sobre materias de política criminal en materia de justicia y legislación penal, así como intervenir en el diseño de los sistemas informáticos que a este respecto encare el Ministerio. Para llevar a cabo tales estudios podrá proponer la celebración de convenios con organismos internacionales, universidades, institutos de investigación y otros organismos públicos o privados interesados en el tema.

4. Mantener actualizada la información recopilada para la elaboración de sus estudios e investigaciones.

5. Intervenir en el desarrollo de actividades relacionadas con programas de su competencia.

6. Intervenir en la formulación de proyectos legislativos en materia de su competencia.

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL

DIRECCION NACIONAL DEL PROGRAMA NACIONAL DE PROTECCION A TESTIGOS E IMPUTADOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir el Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados creado por el artículo 1° de la Ley N° 25.764, ejecutando las medidas tendientes a preservar la seguridad de testigos e imputados que se encontraren en una situación de peligro para su vida o integridad física, que hubieren colaborado de modo trascendente y eficiente en una investigación judicial de competencia federal relativa a los delitos previstos por los artículos 142 bis y 170 del Código Penal de la Nación y los previstos por las Leyes N° 23.737 y N° 25.241, como así también de aquellos testigos e imputados que se incluyan en el Programa de conformidad con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 1° de la Ley N° 25.764.

ACCIONES

1. Llevar adelante las medidas de protección adecuadas a cada caso y a las posibilidades de adaptación a ellas por parte de las personas beneficiadas. A tales fines se podrán requerir estudios psicológicos, clínicos, ambientales y todos aquellos que se consideren pertinentes.

2. Efectuar las comunicaciones relativas al seguimiento de cada caso a las autoridades que hubieran requerido la protección y determinar los distintos aspectos de la aplicación del programa.

3. Solicitar la autorización, a la autoridad competente, a los fines de encomendar la ejecución material de las medidas especiales de protección a las fuerzas de seguridad, policiales y al SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, quienes deberán cumplirlas en tiempo y forma, aportando servicios de custodia, informes técnicos o socio-ambientales y cualquier otro servicio que, por razones de inmediatez y reserva del caso, se estime necesario.

4. Requerir de los organismos o dependencias de la administración pública la intervención para suministrar servicios específicos, así como la confección de trámites y provisión de documentación e información.

5. Realizar pagos, contrataciones y erogaciones de carácter reservado para el cumplimiento de las medidas de protección.

6. Requerir al juez o tribunal que dispuso la protección, su cese cuando las circunstancias así lo aconsejaren.

7. Proponer la celebración de convenios y mantener relaciones a nivel nacional e internacional con organismos o instituciones públicas o privadas, de carácter nacional o internacional, dando oportuna intervención al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

8. Coordinar las acciones relativas al Programa para la Administración del Fondo Permanente de Recompensas, previsto por la Ley N° 26.538.

— FE DE ERRATAS —

Decreto 174/2014

En la edición del Boletín Oficial Nº 32.826 del 12 de febrero de 2014, en la que se publicó el citado Decreto, en la Planilla Anexa al artículo 1° se deslizó el siguiente error:

DONDE DICE: “SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRABLES”.

DEBE DECIR: “SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES”.