MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución Nº 55/2014

Bs. As., 23/1/2014

VISTO el Expediente Nº 1578612/2013 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nº 22.431, Nº 25.689 y Nº 26.378 y el Decreto Nº 312 del 8 de marzo de 2010; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 22.431 se establece un sistema de protección integral de las personas con discapacidad, disponiéndose a través de su artículo 8° modificado por la Ley Nº 25.689, que el Estado Nacional —entendiéndose por tal los tres Poderes que lo constituyen, sus organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas del Estado y las empresas privadas concesionarias de servicios públicos— está obligado a ocupar personas con discapacidad que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad de su personal y a establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas.

Que por la Ley Nº 26.378 se aprobó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, aprobados mediante Resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas del día 13 de diciembre de 2006.

Que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, comprende bajo dicho concepto a toda persona que tenga deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.

Que por el artículo 27 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a trabajar en igualdad de condiciones con las demás. Ello incluye el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado laboral que sea abierto, inclusivo y accesible.

Que con tal objeto, los Estados Partes se comprometen a adoptar medidas destinadas a emplear personas con discapacidad en el sector público.

Que mediante el Decreto 312 de fecha 8 de marzo de 2010 se estableció en el ámbito de competencia del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el funcionamiento de un Registro de Postulantes con Discapacidad, a fin de que los organismos obligados por la Ley, puedan consultar los perfiles de las personas con discapacidad a efectos de la cobertura de vacantes y contratación de personal en cumplimiento de la obligación legal.

Que el Decreto Nº 312/10 establece en el párrafo segundo del artículo 3 que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL debe otorgar a las jurisdicciones, organismos descentralizados y entidades obligadas, una clave de acceso para consultar el Registro mencionado, debiendo registrar las consultas que se generaren al mismo y que cartera laboral aporte su institucionalización federal, a través de sus unidades territoriales, para facilitar una mayor cobertura de captación de potenciales postulantes.

Que el Decreto 312/10 establece, asimismo, que dicho servicio de empleo para personas con discapacidad pueda ser consultado por los demás entes indicados en el primer párrafo del artículo 8° de la Ley Nº 22.431, modificado por la Ley Nº 25.689, interesados en la búsqueda de postulantes para la cobertura de vacantes.

Que a fin de facilitar y agilizar la búsqueda de postulantes deviene necesario aprobar el Manual de Consulta al Registro de Postulantes con Discapacidad que funciona en el ámbito de la Dirección de Promoción de la Empleabilidad de Trabajadores con Discapacidad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 3 del Decreto 312 de fecha 8 de marzo de 2010.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el Manual de Consulta al Registro de Postulantes con Discapacidad que funciona en el ámbito de la Dirección de Promoción de la Empleabilidad de Trabajadores con Discapacidad dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL de la SECRETARIA DE EMPLEO que como ANEXO forma parte integrante de la de la presente Resolución.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO

Manual de Usuario

Sistema Búsqueda de Postulantes con Discapacidad

(Decreto 312/10)

Contenido

INTRODUCCION

ACCESO AL APLICATIVO

FUNCIONALIDADES DEL SISTEMA

FORMULARIO PARA SOLICITUD DE ASESORAMIENTO A ORGANISMOS

BUSQUEDA DE POSTULANTES CON DISCAPACIDAD

SECCION CONDICIONES

SELECCION DE DATOS DE PERSONAL CON DISCAPACIDAD

CERTIFICADO

Introducción

De conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 312/10, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social tiene a su cargo la publicidad, publicación y administración vía la página web del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, del Sistema de Búsqueda de Postulantes con Discapacidad, el cual estará a disposición de todos los organismos obligados por la norma para la búsqueda y selección para cubrir puestos de empleo. Por su parte, la Dirección de Promoción de la Empleabilidad de Trabajadores con Discapacidad de este Ministerio es el área responsable de coordinación, asesoramiento, consulta, contacto y mediación de todas las acciones que involucran este Sistema y sus actores.

Para proceder a la búsqueda y selección de personas, los organismos obligados por la norma deberán designar un único responsable autorizante, a quien se le asignará un acceso para gestionar los accesos al nuevo sistema.

Los usuarios del sistema deberán aprobar los compromisos de confidencialidad asumidos por el Organismo, para llevar adelante las consultas y selecciones de posibles candidatos de modo directo en el Sistema de Búsqueda de Personal con Discapacidad. Una vez efectuado estos pasos, el funcionario dispondrá y recibirá en su cuenta de correo el certificado.

Acceso al Aplicativo

Para acceder al aplicativo Sistema de Búsqueda Laboral de Personas con Discapacidad (Decreto 312/10):

https://discapacidad312.trabajo.gob.ar/

Funcionalidades del Sistema

El Sistema nos va a permitir realizar las siguientes acciones:

• Solicitar una preselección de personal con discapacidad por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

• Consultar personal con discapacidad.

Formulario para solicitud de asesoramiento a Organismos

Luego de seleccionar la opción “Formulario para solicitud de asesoramiento a Organismos” desde la pantalla de inicio, se mostrará el formulario de solicitud de asesoramiento.

Los campos marcados con asterisco (*,) deben ser completados de forma obligatoria.





Luego se mostrará una vista previa del formulario completo, en donde los campos no obligatorios que se encuentren incompletos por el usuario, se visualizarán como “No especificado”.





Se podrán realizar las siguientes acciones:

• Confirmar: para finalizar la registración de datos, debe presionar el botón “Confirmar”.

• Volver: Para corrección de datos, debe presionar el botón “Volver”.

Asimismo, se podrá imprimir el formulario y el certificado correspondiente.



Búsqueda de Postulantes con Discapacidad

A través de la siguiente pantalla, se podrán definir los criterios de búsqueda del personal con discapacidad que requiera reclutarse.


Al seleccionarse los criterios de búsqueda, que se encuentran en la sección izquierda de la pantalla, se irá visualizando la información en la sección derecha:

Los criterios de búsquedas que se pueden contar son:

• Edad

• Tipo de Discapacidad

• Provincia

• Sexo

• Nivel de Estudio

• Soporte

En los tipos de criterios de búsqueda, se muestran las cantidades de registros que detectan con los criterios seleccionados. Por ejemplo, como se muestra a continuación, se visualiza que el criterio de búsqueda seleccionado (Tipo de Discapacidad = auditiva, cuenta con tres registros y/o personas que cumplen con los requisitos solicitados)


Sección Condiciones


Selección de datos de personal con discapacidad

Desde la sección derecha, luego de haber seleccionado el vínculo “Agregar”, se mostrarán los registros seleccionados en la parte inferior de la pantalla, como se muestra a continuación:


Si requiere excluir algún postulante que se haya adicionado por error, debe presionar el botón “Eliminar”.

Para finalizar, debe presionar el botón guardar y se emitirá el certificado que podrá imprimir, emitiéndose un correo electrónico al usuario. Luego, el MTEySS, se contactará con Ud., para facilitarle la información de los postulantes seleccionados.


Certificado

A continuación se visualiza un boceto del certificado que se emitirá.


e. 07/03/2014 N° 13067/14 v. 07/03/2014