MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Resolución Nº 115/2014

Bs. As., 19/3/2014

VISTO el Expediente Nº S05:0009605/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº 26.509, el Decreto Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.509 creó en el ámbito de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex - MINISTERIO DE PRODUCCION, actual MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el SISTEMA NACIONAL PARA LA PREVENCION Y MITIGACION DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, con el objetivo de prevenir y/o mitigar los daños causados por factores climáticos, meteorológicos, telúricos, biológicos o físicos, que afecten significativamente la producción y/o la capacidad de producción agropecuaria, poniendo en riesgo de continuidad a las explotaciones familiares o empresariales, afectando directa o indirectamente a las comunidades rurales.

Que mediante el Artículo 3° de la citada ley se instauró la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS (CNEyDA) con la función principal de proponer al PODER EJECUTIVO NACIONAL la declaración de los estados de emergencia y/o desastre agropecuario de las zonas afectadas por factores adversos que no fueren previsibles o siéndolo fueren inevitables, que por su intensidad o carácter extraordinario, afectaren la producción o la capacidad de producción de una región dificultando gravemente la evolución de las actividades agropecuarias y el cumplimiento de las obligaciones crediticias y fiscales.

Que en este marco, teniendo en cuenta las atribuciones propias de la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y a fin de generar un mejor desenvolvimiento de las funciones de esta Cartera, se estima oportuno delegar la presidencia de la citada Comisión en el Secretario de Coordinación Político - Institucional y Emergencia Agropecuaria.

Que en el mismo sentido, a fin de garantizar un cumplimiento ágil, oportuno y eficiente de las acciones de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS y en concordancia a lo estipulado en el Artículo 3° del Anexo del citado Decreto Nº 1.712/09, es necesario nombrar un Secretario Técnico Ejecutivo que deberá coordinar las acciones a desarrollar y actuar como organismo de apoyo técnico-administrativo de la mentada Comisión.

Que por el Artículo 1° de la Resolución Nº 58 de fecha 30 de diciembre de 2009, se resolvió que la Secretaría Técnica Ejecutiva de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS actuará en la órbita de la ex - SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, actual SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA, del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que se estima oportuno asignar la responsabilidad de conducir la citada Secretaría al Director Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios de la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que a efectos de fortalecer un debate amplio y enriquecedor resulta pertinente incorporar a la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS las voces de la FEDERACION DE ORGANIZACIONES NUCLEADAS DE LA AGRICULTURA FAMILIAR (FONAF) y de la CONFEDERACION ARGENTINA DE LA MEDIANA EMPRESA (CAME).

Que por ello a fojas 42 y 44/60 lucen sendas Notas enviadas por el Presidente de la CONFEDERACION ARGENTINA DE LA MEDIANA EMPRESA (CAME), señor Don Osvaldo CORNIDE y por el Presidente de la FEDERACION DE ORGANIZACIONES NUCLEADAS DE LA AGRICULTURA FAMILIAR (FONAF), señor Don Miguel FERNANDEZ a través de las que proponen a sus delegados conforme a las estipulaciones del Artículo 3° de la Ley Nº 26.509.

Que la Dirección Nacional de Emergencia y Desastres Agropecuarios de la citada Secretaría, como área sustantiva en la materia, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades previstas en la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones y en la Ley Nº 26.509.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Delégase la Presidencia de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, en el Secretario de Coordinación Político - Institucional y Emergencia Agropecuaria, dependiente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

ARTICULO 2° — Desígnase con carácter “ad-honorem”, en la conducción de la Secretaría Técnica Ejecutiva de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, al Director Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios de la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

ARTICULO 3° — Incorpórase a la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS a la FEDERACION DE ORGANIZACIONES NUCLEADAS DE LA AGRICULTURA FAMILIAR (FONAF), con CLAVE UNICA DE IDENTIFICACION TRIBUTARIA Nº 30-71242147-5 y a la CONFEDERACION ARGENTINA DE LA MEDIANA EMPRESA (CAME) con CLAVE UNICA DE IDENTIFICACION TRIBUTARIA Nº 30-53887212-8.

ARTICULO 4° — Desígnase en representación de la CONFEDERACION ARGENTINA DE LA MEDIANA EMPRESA (CAME) al señor Don Raúl Angel ROBIN (M.I. Nº 10.791.813) como representante titular y al Ingeniero Agrónomo Don Pablo Gabriel VERNENGO (M.I. Nº 13.081.126) como representante suplente.

ARTICULO 5° — Desígnase en representación de la FEDERACION DE ORGANIZACIONES NUCLEADAS DE LA AGRICULTURA FAMILIAR (FONAF) al señor Don Horacio ALVAREZ (M.I. Nº 92.682.593) como representante titular y al señor Don Miguel FERNANDEZ (M.I. Nº 11.732.860) como representante suplente.

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. CARLOS H. CASAMIQUELA, Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.

e. 21/03/2014 N° 17703/14 v. 21/03/2014