MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Resolución Nº 115/2014
Bs. As., 19/3/2014
VISTO el Expediente Nº S05:0009605/2014 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº 26.509, el Decreto Nº 1.712
de fecha 10 de noviembre de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 26.509 creó en el ámbito de la entonces SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex - MINISTERIO DE
PRODUCCION, actual MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el
SISTEMA NACIONAL PARA LA PREVENCION Y MITIGACION DE EMERGENCIAS Y
DESASTRES AGROPECUARIOS, con el objetivo de prevenir y/o mitigar los
daños causados por factores climáticos, meteorológicos, telúricos,
biológicos o físicos, que afecten significativamente la producción y/o
la capacidad de producción agropecuaria, poniendo en riesgo de
continuidad a las explotaciones familiares o empresariales, afectando
directa o indirectamente a las comunidades rurales.
Que mediante el Artículo 3° de la citada ley se instauró la COMISION
NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS (CNEyDA) con la
función principal de proponer al PODER EJECUTIVO NACIONAL la
declaración de los estados de emergencia y/o desastre agropecuario de
las zonas afectadas por factores adversos que no fueren previsibles o
siéndolo fueren inevitables, que por su intensidad o carácter
extraordinario, afectaren la producción o la capacidad de producción de
una región dificultando gravemente la evolución de las actividades
agropecuarias y el cumplimiento de las obligaciones crediticias y
fiscales.
Que en este marco, teniendo en cuenta las atribuciones propias de la
SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA
AGROPECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y a fin
de generar un mejor desenvolvimiento de las funciones de esta Cartera,
se estima oportuno delegar la presidencia de la citada Comisión en el
Secretario de Coordinación Político - Institucional y Emergencia
Agropecuaria.
Que en el mismo sentido, a fin de garantizar un cumplimiento ágil,
oportuno y eficiente de las acciones de la COMISION NACIONAL DE
EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS y en concordancia a lo estipulado
en el Artículo 3° del Anexo del citado Decreto Nº 1.712/09, es
necesario nombrar un Secretario Técnico Ejecutivo que deberá coordinar
las acciones a desarrollar y actuar como organismo de apoyo
técnico-administrativo de la mentada Comisión.
Que por el Artículo 1° de la Resolución Nº 58 de fecha 30 de diciembre
de 2009, se resolvió que la Secretaría Técnica Ejecutiva de la COMISION
NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS actuará en la órbita
de la ex - SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, actual SECRETARIA
DE COORDINACION POLITICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA, del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que se estima oportuno asignar la responsabilidad de conducir la citada
Secretaría al Director Nacional de Emergencias y Desastres
Agropecuarios de la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO-INSTITUCIONAL Y
EMERGENCIA AGROPECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA.
Que a efectos de fortalecer un debate amplio y enriquecedor resulta
pertinente incorporar a la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES
AGROPECUARIOS las voces de la FEDERACION DE ORGANIZACIONES NUCLEADAS DE
LA AGRICULTURA FAMILIAR (FONAF) y de la CONFEDERACION ARGENTINA DE LA
MEDIANA EMPRESA (CAME).
Que por ello a fojas 42 y 44/60 lucen sendas Notas enviadas por el
Presidente de la CONFEDERACION ARGENTINA DE LA MEDIANA EMPRESA (CAME),
señor Don Osvaldo CORNIDE y por el Presidente de la FEDERACION DE
ORGANIZACIONES NUCLEADAS DE LA AGRICULTURA FAMILIAR (FONAF), señor Don
Miguel FERNANDEZ a través de las que proponen a sus delegados conforme
a las estipulaciones del Artículo 3° de la Ley Nº 26.509.
Que la Dirección Nacional de Emergencia y Desastres Agropecuarios de la
citada Secretaría, como área sustantiva en la materia, ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades previstas
en la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificaciones y en la Ley Nº 26.509.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Delégase la Presidencia de la COMISION NACIONAL DE
EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, en el Secretario de Coordinación
Político - Institucional y Emergencia Agropecuaria, dependiente del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
ARTICULO 2° — Desígnase con carácter “ad-honorem”, en la conducción de
la Secretaría Técnica Ejecutiva de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS
Y DESASTRES AGROPECUARIOS, al Director Nacional de Emergencias y
Desastres Agropecuarios de la SECRETARIA DE COORDINACION
POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
ARTICULO 3° — Incorpórase a la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y
DESASTRES AGROPECUARIOS a la FEDERACION DE ORGANIZACIONES NUCLEADAS DE
LA AGRICULTURA FAMILIAR (FONAF), con CLAVE UNICA DE IDENTIFICACION
TRIBUTARIA Nº 30-71242147-5 y a la CONFEDERACION ARGENTINA DE LA
MEDIANA EMPRESA (CAME) con CLAVE UNICA DE IDENTIFICACION TRIBUTARIA Nº
30-53887212-8.
ARTICULO 4° — Desígnase en representación de la CONFEDERACION ARGENTINA
DE LA MEDIANA EMPRESA (CAME) al señor Don Raúl Angel ROBIN (M.I. Nº
10.791.813) como representante titular y al Ingeniero Agrónomo Don
Pablo Gabriel VERNENGO (M.I. Nº 13.081.126) como representante suplente.
ARTICULO 5° — Desígnase en representación de la FEDERACION DE
ORGANIZACIONES NUCLEADAS DE LA AGRICULTURA FAMILIAR (FONAF) al señor
Don Horacio ALVAREZ (M.I. Nº 92.682.593) como representante titular y
al señor Don Miguel FERNANDEZ (M.I. Nº 11.732.860) como representante
suplente.
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. CARLOS H. CASAMIQUELA,
Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.
e. 21/03/2014 N° 17703/14 v. 21/03/2014