MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución Nº 69/2014
Bs. As., 23/4/2014
VISTO el expediente Nº S05:0520201/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que no se ha realizado el pago de aranceles en el Registro Nacional de
la Propiedad de Cultivares del Título de Propiedad correspondiente a la
creación fitogenética de frutilla (Fragaria x ananassa Duch.) de
denominación SAN MIGUEL, conforme lo establecido por el Artículo Nº 30
inc. e) de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 y el
Artículo Nº 36 inc. e) del Decreto Nº 2183 de fecha 21 de octubre de
1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº
20.247.
Que habiéndose efectuado el reclamo fehaciente de pago y transcurrido
el plazo establecido, no se ha obtenido respuesta del titular.
Que en este sentido, la Dirección de Registro de Variedades del
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, ha emitido su informe
técnico.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud
de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de
diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº 25.845.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase la caducidad del Título de Propiedad de la
creación fitogenética de frutilla (Fragaria x ananassa Duch.) de
denominación SAN MIGUEL, pasando a ser de uso público.
ARTICULO 2° — Publíquese, notifíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro del Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO
LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Nacional de Semillas.
e. 29/04/2014 Nº 27084/14 v. 29/04/2014