MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
Disposición Nº 146/2014
Bs. As., 30/4/2014
VISTO la Disposición D.N. Nº 70 del 19 de febrero de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Disposición mencionada en el Visto se aprobó el
Sistema de Trámites Electrónicos —SITE— por medio del cual, mediante un
sistema de precarga virtual, se pueden realizar o iniciar los trámites
que deban presentarse ante los Registros Seccionales de la Propiedad
del Automotor en todas sus competencias en todo el país a través de la
página web del organismo: www.dnrpa.gov.ar.
Que el artículo 9° de la norma citada estableció la implementación
gradual del SITE, comprendiendo en una primera etapa los trámites allí
enunciados.
Que inicialmente, a partir del 5 de marzo de 2014 el procedimiento se
aplicó respecto del trámite de Expedición de Cédula de Identificación
para Autorizado a Conducir, difiriéndose su aplicación respecto de los
restantes trámites.
Que la medida ha arrojado resultados altamente satisfactorios, de modo que resulta pertinente extender sus previsiones.
Que, en consecuencia, se encuentran dadas las condiciones técnicas y
operativas para disponer la extensión del Sistema SITE respecto de los
trámites de Revocación de Cédula de Identificación para Autorizado a
Conducir, Duplicado de Cédula de Identificación para Autorizado a
Conducir, Expedición de Cédula Adicional, Renovación por vencimiento de
la Cédula de Identificación, Duplicado de Cédula de Identificación,
Duplicado de Título del Automotor y Reposición de placas metálicas.
Que el ESTADO NACIONAL está llevando a cabo acciones concretas para el
fortalecimiento de la gestión de políticas públicas de áreas
específicas, así como el establecimiento de lineamientos rectores sobre
distintos aspectos, a fin de lograr una mayor eficiencia para brindar
excelencia en la prestación de los servicios públicos.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el
artículo 2°, inciso c), del Decreto Nº 335/88 y la Disposición Ss.C. Nº
116 del 14 de junio de 2011.
Por ello,
EL DELEGADO DE GESTION ADMINISTRATIVA A CARGO DE LA DIRECCION NACIONAL
DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS
PRENDARIOS
DISPONE:
ARTICULO 1° — Extiéndese a partir del día 5 de mayo de 2014 la
aplicación del Sistema de Trámites Electrónicos —SITE— respecto de los
trámites enunciados en los incisos 2 ,3 ,4, 5, 6, 7 y 8 del artículo 9°
de la Disposición D.N. Nº 70/14.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, atento su carácter de interés
general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. — Dr. FERNANDO H. RIZZI, Delegado de Gestión
Administrativa, Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la
Prop. del Automotor y de Créd. Prendarios.
e. 09/05/2014 N° 29433/14 v. 09/05/2014