MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 251/2014
Bs. As., 6/6/2014
VISTO el Expediente Nº 1.620.323/14 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 4/5, obra el acuerdo celebrado entre la UNION FERROVIARIA
por el sector gremial y el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE QUEQUEN
por la parte empleadora, ratificado a foja 47 y a foja 52 por medio de
las Actas que lo integran, del Expediente Nº 1.620.323/14, en el marco
de la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por medio del presente acuerdo las partes han convenido un
incremento salarial para el personal comprendido en el Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1182/11 “E” del cual son
signatarias, con las consideraciones que obran en el texto al cual se
remite.
Que en el mentado acuerdo los agentes negociadores han convenido que la
vigencia del mismo opera a partir del día 1 de Abril de 2014.
Que las partes han acreditado su personería y las facultades de negociar colectivamente.
Que se ha dado cumplimiento en autos con los recaudos formales exigidos
por la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge
el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto Nº 738/12.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 4/5 del
Expediente Nº 1.620.323/14, celebrado entre la UNION FERROVIARIA y el
CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE QUEQUEN, ratificado a foja 47 y 52
del mismo Expediente, por medio de las Actas que lo integran, en el
marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por ante la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre
el Acuerdo obrante a fojas 4/5 del Expediente Nº 1.620.323/14
conjuntamente con las Actas de ratificación de fojas 47 y 52 del
Expediente Nº 1.620.323/14.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de
evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del
cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo,
conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº
1182/11 “E”.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y Archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO,
Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
Expediente Nº 1.620.323/14
Buenos Aires, 18 de Junio de 2014
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 251/14 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 4/5, 47 y 52 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 816/14. — VALERIA ANDREA
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
ACTA ACUERDO SALARIAL AÑO 2014
Entre el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE QUEQUEN, representado en
este acto por su Presidente Dr. Martín Ramón Caraffo, con domicilio
legal en la calle Juan de Garay Nº 850 de la localidad de Quequén,
Provincia de Buenos Aires, por una parte y la UNION FERROVIARIA,
representada en este acto por su Secretario General Sr. Sergio Sasia,
su Secretario General Adjunto, Sr. Eduardo Fuertes, los Delegados de
Personal Sres. Rafael Paz y Diego Fusco, con el asesoramiento jurídico
del Dr. Emiliano Del Sordo, con domicilio en la Av. Independencia 2880,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convienen en formalizar el presente
acuerdo:
1° Los comparecientes se reconocen recíprocamente, por su
representación y representatividad como únicas partes legitimadas para
la negociación de este acuerdo colectivo articulado al Convenio
Colectivo de Trabajo Nº 1182/11 E.
2° Las cuestiones derivadas de la aplicación o interpretación de este
acuerdo serán consideradas mediante negociaciones directas entre las
entidades signatarias del presente.
3° Las partes, luego de tratativas, han decidido arribar al siguiente
acuerdo salarial: “Se le reconocerá a todo el personal dependiente de
la Empresa que se encuentre encuadrado dentro del CCT Nº 1182/11 E, el
salario establecido en la planilla” Anexo A” del incremento del 30% al
sueldo básico a partir del 01/04/14”.
4° Las partes acuerdan fijar las escalas de básicos y bonificaciones
para cada una de las categorías correspondientes al CCT Nº 1182/11 E
conforme planilla “Anexo A”, formando parte integrante del presente.
Las partes elevan el presente acuerdo al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación para su conocimiento.
Leída y ratificada la presente, las partes firman tres (3) ejemplares de conformidad, a los 28 días del mes de Abril de 2014.
“ANEXO A”
CONSORCIO GESTION PUERTO QUEQUEN/UNION FERROVIARIA
Estructura salarial vigente desde el 01/04/14
Títulos
Secundario: 5% Básico
Terciario: 10% Básico
Universitario: 15%
Posgrado: 20%
Expediente Nº 1.620.323/14
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 2 día del mes de junio del
año dos mil catorce, siendo las 11:30 horas, comparecen en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Sr.
Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº
1, Dr. Jaime COLOMBRES GARMENDIA, por la UNION FERROVIARIA comparece el
Sr. Eduardo FUERTES en su carácter de Secretario General Adjunto, y los
Sres. Rafael PAZ y Diego FUSCO ambos en su carácter de delegados de
personal. Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, y
cedida la palabra a la representación sindical manifiesta que: viene en
este acto a ratificar en todo y cada una de sus partes el acuerdo
arribado en forma directa junto con su planilla salarial obrante a fs.
4/5 del expediente de referencia. Por último solicitan a la Autoridad
de Aplicación la homologación del mismo.
Visto el estado de las presentes actuaciones, el funcionario actuante
remitirá el expediente a la Asesoría Técnico Legal una vez que el mismo
sea ratificado por la representación empresaria.
Con lo que no siendo para más se cerró el acto, a las 12:00 horas,
labrándose la presente que leída es firmada de conformidad y para
constancia ante el actuante que certifica.
Expediente Nº 1.620.323/14
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 4 día del mes de junio del
año dos mil catorce, siendo las 11:00 horas, comparecen en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Sr.
Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº
1, Dr. Jaime COLOMBRES GARMENDIA, por el CONSORCIO DE GESTION DEL
PUERTO DE QUEQUEN comparece el Dr. José Marcelo RODRIGUEZ OLIVERA en su
carácter de apoderado según copia adjunta.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, y cedida la
palabra a la representación empresaria manifiesta que: viene en este
acto en forma espontánea a ratificar en todo y cada una de sus partes
el acuerdo arribado en forma directa junto con su planilla salarial.
Por último esta parte solicita al Autoridad de Aplicación la
homologación del mismo.
Visto el estado de las presentes actuaciones, el funcionario actuante
remitirá el expediente a la Asesoría Técnico Legal a fin de que emita
opinión respecto de lo solicitado.
Con lo que no siendo para más se cerró el acto, a las 11:30 horas,
labrándose la presente que leída es firmada de conformidad y para
constancia ante el actuante que certifica.