MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 251/2014

Bs. As., 6/6/2014

VISTO el Expediente Nº 1.620.323/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 4/5, obra el acuerdo celebrado entre la UNION FERROVIARIA por el sector gremial y el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE QUEQUEN por la parte empleadora, ratificado a foja 47 y a foja 52 por medio de las Actas que lo integran, del Expediente Nº 1.620.323/14, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio del presente acuerdo las partes han convenido un incremento salarial para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1182/11 “E” del cual son signatarias, con las consideraciones que obran en el texto al cual se remite.

Que en el mentado acuerdo los agentes negociadores han convenido que la vigencia del mismo opera a partir del día 1 de Abril de 2014.

Que las partes han acreditado su personería y las facultades de negociar colectivamente.

Que se ha dado cumplimiento en autos con los recaudos formales exigidos por la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto Nº 738/12.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 4/5 del Expediente Nº 1.620.323/14, celebrado entre la UNION FERROVIARIA y el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE QUEQUEN, ratificado a foja 47 y 52 del mismo Expediente, por medio de las Actas que lo integran, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por ante la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 4/5 del Expediente Nº 1.620.323/14 conjuntamente con las Actas de ratificación de fojas 47 y 52 del Expediente Nº 1.620.323/14.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1182/11 “E”.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.620.323/14

Buenos Aires, 18 de Junio de 2014

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 251/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 4/5, 47 y 52 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 816/14. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO SALARIAL AÑO 2014

Entre el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE QUEQUEN, representado en este acto por su Presidente Dr. Martín Ramón Caraffo, con domicilio legal en la calle Juan de Garay Nº 850 de la localidad de Quequén, Provincia de Buenos Aires, por una parte y la UNION FERROVIARIA, representada en este acto por su Secretario General Sr. Sergio Sasia, su Secretario General Adjunto, Sr. Eduardo Fuertes, los Delegados de Personal Sres. Rafael Paz y Diego Fusco, con el asesoramiento jurídico del Dr. Emiliano Del Sordo, con domicilio en la Av. Independencia 2880, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convienen en formalizar el presente acuerdo:

1° Los comparecientes se reconocen recíprocamente, por su representación y representatividad como únicas partes legitimadas para la negociación de este acuerdo colectivo articulado al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1182/11 E.

2° Las cuestiones derivadas de la aplicación o interpretación de este acuerdo serán consideradas mediante negociaciones directas entre las entidades signatarias del presente.

3° Las partes, luego de tratativas, han decidido arribar al siguiente acuerdo salarial: “Se le reconocerá a todo el personal dependiente de la Empresa que se encuentre encuadrado dentro del CCT Nº 1182/11 E, el salario establecido en la planilla” Anexo A” del incremento del 30% al sueldo básico a partir del 01/04/14”.

4° Las partes acuerdan fijar las escalas de básicos y bonificaciones para cada una de las categorías correspondientes al CCT Nº 1182/11 E conforme planilla “Anexo A”, formando parte integrante del presente.

Las partes elevan el presente acuerdo al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación para su conocimiento.

Leída y ratificada la presente, las partes firman tres (3) ejemplares de conformidad, a los 28 días del mes de Abril de 2014.

“ANEXO A”

CONSORCIO GESTION PUERTO QUEQUEN/UNION FERROVIARIA

Estructura salarial vigente desde el 01/04/14


Títulos

Secundario: 5% Básico

Terciario: 10% Básico

Universitario: 15%

Posgrado: 20%

Expediente Nº 1.620.323/14

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 2 día del mes de junio del año dos mil catorce, siendo las 11:30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Sr. Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, Dr. Jaime COLOMBRES GARMENDIA, por la UNION FERROVIARIA comparece el Sr. Eduardo FUERTES en su carácter de Secretario General Adjunto, y los Sres. Rafael PAZ y Diego FUSCO ambos en su carácter de delegados de personal. Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, y cedida la palabra a la representación sindical manifiesta que: viene en este acto a ratificar en todo y cada una de sus partes el acuerdo arribado en forma directa junto con su planilla salarial obrante a fs. 4/5 del expediente de referencia. Por último solicitan a la Autoridad de Aplicación la homologación del mismo.

Visto el estado de las presentes actuaciones, el funcionario actuante remitirá el expediente a la Asesoría Técnico Legal una vez que el mismo sea ratificado por la representación empresaria.

Con lo que no siendo para más se cerró el acto, a las 12:00 horas, labrándose la presente que leída es firmada de conformidad y para constancia ante el actuante que certifica.

Expediente Nº 1.620.323/14

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 4 día del mes de junio del año dos mil catorce, siendo las 11:00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Sr. Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, Dr. Jaime COLOMBRES GARMENDIA, por el CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE QUEQUEN comparece el Dr. José Marcelo RODRIGUEZ OLIVERA en su carácter de apoderado según copia adjunta.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, y cedida la palabra a la representación empresaria manifiesta que: viene en este acto en forma espontánea a ratificar en todo y cada una de sus partes el acuerdo arribado en forma directa junto con su planilla salarial. Por último esta parte solicita al Autoridad de Aplicación la homologación del mismo.

Visto el estado de las presentes actuaciones, el funcionario actuante remitirá el expediente a la Asesoría Técnico Legal a fin de que emita opinión respecto de lo solicitado.

Con lo que no siendo para más se cerró el acto, a las 11:30 horas, labrándose la presente que leída es firmada de conformidad y para constancia ante el actuante que certifica.