ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 284/2014


Asunto: ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura organizativa. Subdirección General de Planificación. S/Adecuación.

Bs. As., 17/7/2014

VISTO la Actuación SIGEA N° 15197-8-2014 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO se tramita la modificación de la estructura organizativa de la Subdirección General de Planificación.

Que el Decreto N° 618/07 otorgó a esta ADMINISTRACION FEDERAL amplias facultades para organizar y reglamentar su funcionamiento interno en los aspectos estructurales y funcionales, entre otros.

Que en atención a la visión de modernización y transformación de los planes, programas y procesos que se vienen llevando a cabo en el Organismo, resulta necesario realizar una adecuación de su estructura orgánica, con el fin de acompañar y posibilitar el cumplimiento de los objetivos establecidos.

Que la presente modificación cuenta con la conformidad de las Subdirecciones Generales de Fiscalización y de Planificación.

Que el Departamento Evaluación y Diseño Organizacional y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1° — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Dirección denominada “Cooperación y Gestión Interna”, dependiente de la Subdirección General de Planificación.

ARTICULO 2° — Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Responsabilidad Social Empresaria” dependiente del Departamento Gestión de la Fiscalización Especializada, de la Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada, existente en el ámbito de la Subdirección General de Fiscalización, pase a depender de la Dirección de Cooperación y Gestión Interna de la Subdirección General de Planificación.

ARTICULO 3° — Determinar que la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada “Procedimientos de Gestión Interna” y sus unidades dependientes, pasen a depender de la Dirección de Cooperación y Gestión Interna, manteniendo idéntica denominación, acción y tareas.

ARTICULO 4° — Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Elaboración de Convenios” existente en el Departamento Convenios de Cooperación de la Subdirección General de Planificación, pase a denominarse “Elaboración y Seguimiento de Convenios”.

ARTICULO 5° — Determinar que la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada “Convenios de Cooperación” y su unidad dependiente, existentes en el ámbito de la Subdirección General de Planificación, pasen a depender de la Dirección de Cooperación y Gestión Interna.

ARTICULO 6° — Crear UN (1) cargo de Jefe de Sección para el cupo de la Dirección de Cooperación y Gestión Interna.

ARTICULO 7° — Transferir UN (1) cargo de Jefe de Sección del cupo de la Dirección de Planeamiento y Análisis de Gestión, al cupo de la Subdirección General de Planificación.

ARTICULO 8° — Reemplazar en la estructura organizativa vigente, los Anexos A23, A25 y, en la parte pertinente, los Anexos I, B23, B25 y C correspondiente a las áreas centrales, por los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 9° — La presente Disposición entrará en vigencia a partir de los VEINTE (20) días corridos contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 10. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.

ANEXO I


ANEXO A23


ANEXO A25


ANEXO B23

SUBDIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION

DIRECCION DE COOPERACION Y GESTION INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en lo relacionado al análisis y diseño de los procesos de gestión interna, que permitan orientar el accionar de la organización a los objetivos establecidos y proponer las soluciones que correspondan para mejorar el grado de eficiencia, ya sea por propia iniciativa, por indicación superior o dentro de un plan general de trabajo.

Asistir a la Subdirección General en la elaboración de los acuerdos de cooperación, y su documentación complementaria, que contribuyan al logro de los objetivos del Organismo, así como en las actividades que hacen a la coordinación y seguimiento de los compromisos asumidos en los mismos.

ACCIONES

1. Entender en las tareas de relevamiento, análisis y diseño de los procesos de gestión interna y en la elaboración de propuestas para su simplificación y uniformidad.

2. Planificar la revisión de procesos críticos de gestión interna, promoviendo la aplicación de estándares de calidad que faciliten su adaptación a nuevas circunstancias y a su previsible evolución futura.

3. Entender en las actividades que hacen a la elaboración y seguimiento de los acuerdos de cooperación que contribuyan al logro de los objetivos de la AFIP, participando de las tratativas que se lleven adelante con las respectivas contrapartes, cuando le sea requerido.

4. Supervisar la elaboración de normas internas de gestión administrativa y operativa.

5. Entender en el análisis de las acciones derivadas de los programas de responsabilidad social empresaria (RSE).

DIVISION RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIA

ACCION

Identificar contribuyentes y/o responsables que desarrollen programas de Responsabilidad Social Empresaria (RSE) y analizar las acciones derivadas de los mismos en su comportamiento fiscal.

TAREAS

1. Identificar el universo de contribuyentes y/o responsables que desarrollen actividades vinculadas a programas de responsabilidad social empresaria.

2. Analizar e interpretar las acciones derivadas de los programas de responsabilidad social empresaria de los contribuyentes seleccionados, a través de su clasificación y categorización.

3. Recibir y analizar los resultados de las investigaciones realizadas por la unidad jurisdiccional pertinente.

4. Proponer la elaboración de manuales y normas que guarden relación con las actividades de responsabilidad empresaria, respecto del comportamiento fiscal de los contribuyentes, orientados al perfeccionamiento de los conocimientos y el desempeño del personal afectado a tareas que involucren a las mencionadas empresas.

DEPARTAMENTO CONVENIOS DE COOPERACION

ACCION

Entender en la elaboración y seguimiento de acuerdos de cooperación —y su documentación complementaria— que contribuyan al logro de los objetivos de la AFIP.

TAREAS

1. Proponer acciones de cooperación con entes y organismos cuyas actividades sean afines a las de la AFIP y/o puedan contribuir al logro de sus objetivos.

2. Participar con las distintas áreas del Organismo en la definición de las iniciativas de interés institucional, cuya concreción esté relacionada con la suscripción de acuerdos de cooperación y su documentación complementaria.

3. Entender en el análisis preliminar y en la elaboración de los acuerdos de cooperación y su documentación complementaria a suscribirse entre la AFIP y otros entes y organismos, así como participar de las tratativas que se lleven adelante con las respectivas contrapartes, si resultara menester.

4. Interpretar los criterios técnicos y jurídicos definidos por las áreas internas del Organismo y aplicarlos armónicamente a los casos particulares teniendo en cuenta sus circunstancias, los objetivos estratégicos de la AFIP y las indicaciones de sus Autoridades Superiores competentes al respecto.

5. Entender en el seguimiento de la ejecución de las obligaciones pactadas en los acuerdos de cooperación y su documentación complementaria; y asistir a la Dirección en la articulación de mecanismos de coordinación dentro del Organismo para lograr su efectivo cumplimiento.

6. Proponer la realización de los reclamos necesarios a las contrapartes acerca del cumplimiento de los compromisos asumidos.

7. Elaborar las respuestas o informes relacionados con las actividades comprometidas en los convenios suscriptos.

8. Intervenir en las cuestiones administrativas que sean necesarias y/o requeridas para la suscripción y cumplimiento de los acuerdos y su documentación complementaria.

DIVISION ELABORACION Y SEGUIMIENTO DE CONVENIOS

ACCION

Elaborar los proyectos de acuerdos de cooperación —y su documentación complementaria— que contribuyan al logro de los objetivos de la AFIP y efectuar el seguimiento de los compromisos asumidos.

TAREAS

1. Elaborar propuestas y contrapropuestas de acuerdos de cooperación que procuren del logro de los objetivos de la AFIP.

2. Efectuar el análisis de los proyectos de acuerdos de cooperación —y su documentación complementaria—, así como los antecedentes que los ocasionen, en forma conjunta con las áreas competentes, realizando las adecuaciones que resulten menester, de acuerdo a los criterios técnicos y jurídicos correspondientes, las particularidades del caso, los objetivos estratégicos de la Organización y las pautas suministradas por las Autoridades Superiores competentes.

3. Proyectar toda la documentación complementaria a los acuerdos, solicitando las definiciones y asesoramientos necesarios a las áreas correspondientes del Organismo.

4. Requerir a las áreas internas del Organismo la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

5. Asistir en la realización de respuestas o informes relacionados con las actividades comprometidas en los convenios suscriptos.

6. Entender en las tareas de seguimiento de las actividades objeto de los acuerdos de cooperación, llevadas a cabo por las dependencias competentes en el ámbito de la AFIP y en los Organismos de otra jurisdicción.

7. Asistir acerca de la intervención en las cuestiones administrativas que sean necesarias y/o requeridas para la suscripción de los acuerdos de cooperación y documentación complementaria, así como en su correspondiente registro.

8. Mantener actualizado el sistema de registro de convenios.

ANEXO B25

SUBDIRECCION GENERAL DE FISCALIZACION

DIRECCION DE ANALISIS DE FISCALIZACION ESPECIALIZADA

DEPARTAMENTO GESTION DE LA FISCALIZACION ESPECIALIZADA

ACCION

Entender en las tareas de investigación y fiscalización de las actividades realizadas por los contribuyentes, usuarios de comercio exterior y/o administrados (con excepción de las vinculadas con las actividades agropecuaria, pesquera, minera y de energía), que se consideren relevantes de evaluar y de prevenir ilícitos tributarios, aduaneros y de los recursos de la seguridad social.

Supervisar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de las empresas acogidas a los regímenes de promoción y de los sujetos relacionados con éstas.

TAREAS

1. Coordinar las actividades de investigación y fiscalización que le son propias.

2. Entender en el diseño y ejecución de hipótesis de investigación que permitan determinar contribuyentes con presunto interés fiscal y propiciar su fiscalización en las áreas operativas del ámbito impositivo, previsional y aduanero.

3. Diseñar operativos de fiscalización para un universo determinado de contribuyentes, usuarios de comercio exterior y/o administrados, estableciendo prototipos de inspección y controles específicos.

4. Entender en actividades de colaboración con las áreas operativas del ámbito impositivo, previsional y aduanero para la realización de relevamientos, investigaciones y fiscalizaciones, aplicando los criterios y técnicas desarrolladas.

5. Elaborar las conclusiones del trabajo de campo realizado por las áreas operativas como consecuencia de la aplicación de los procedimientos y pautas de trabajo establecidas.

6. Propiciar la elaboración de normas de procedimiento y pautas de trabajo relacionadas con la temática de su competencia.

7. Tramitar los recursos de apelación de los sujetos promocionados industriales resultantes de las verificaciones llevadas a cabo por la Dirección Análisis de Fiscalización Especializada.

8. Entender en la asignación de los montos de los costos fiscales teóricos correspondientes a los titulares de los proyectos.


e. 23/07/2014 N° 53115/14 v. 23/07/2014