MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Resolución Nº 792/2014


Bs. As., 6/8/2014

VISTO el Expediente Nº S02:0013720/2014 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 874 de fecha 6 de junio de 2012 corresponde a este Ministerio entender en la elaboración y ejecución de la política nacional de transporte aéreo, fluvial, marítimo y terrestre, así como en su regulación y coordinación, e intervenir en la elaboración de la legislación nacional cuando sea necesario coordinar normas federales y provinciales.

Que asimismo le corresponde a esta Cartera de Estado entender en la investigación y desarrollo tecnológico en las distintas áreas de su competencia.

Que por Decreto Nº 875 de fecha 6 de junio de 2012 le corresponde a la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio entender en la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en materia de transporte terrestre, aerocomercial, fluvial y marítimo, y actividades portuarias y de las vías navegables, supervisando su cumplimiento y proponiendo el marco regulatorio destinado a facilitar su ejecución.

Que asimismo le corresponde a la SECRETARIA DE TRANSPORTE entender en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas y planes de corto, mediano y largo plazo en materia de transporte internacional, orientados a una adecuada coordinación con los demás países y, en especial, a favorecer la integración latinoamericana y entender en el funcionamiento de un sistema integrado de transporte elaborando las medidas y coordinando las acciones que permitan el desarrollo de los modos aéreo, terrestre, fluvial y marítimo, así como del transporte multimodal, en condiciones de eficiencia, de conformidad con la legislación y la normativa vigente.

Que dicha norma establece que la SECRETARIA DE TRANSPORTE debe promover los estudios y acciones que tiendan al perfeccionamiento del sistema.

Que es necesario almacenar centralizadamente y hacer accesible la información sobre transporte, por medio de indicadores que reflejen las prioridades locales, mediante esfuerzos coordinados con los ámbitos público, privado y no gubernamental, proporcionando las bases necesarias para la toma de decisiones en el sector.

Que es necesaria la existencia de una información centralizada y actualizada, accesible tanto para los actores clave del sistema de transporte como para las distintas áreas de gobierno y organismos públicos nacionales, provinciales y municipales, para las empresas operadoras de servicios de transporte público, la comunidad académica, los usuarios del sistema de transporte y la sociedad en su conjunto.

Que es necesario crear un Programa específico que actúe como repositorio de información del transporte que responda a la necesidad de promover un país más integrado y accesible, brindando herramientas para la planificación y evaluación de políticas con el objeto de alcanzar un sistema de transporte equitativo, eficiente, confortable y sustentable al servicio de toda la población.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 874 de fecha 6 de junio de 2012.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Créase en el ámbito de la Dirección Nacional de Planificación y Coordinación del Transporte de la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE de la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio, el PROGRAMA OBSERVATORIO NACIONAL DE TRANSPORTE destinado a constituir un repositorio de información del transporte.

ARTICULO 2° — Apruébanse los lineamientos generales del PROGRAMA OBSERVATORIO NACIONAL DE TRANSPORTE detallados en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3° — Créase, a los fines de la implementación del PROGRAMA OBSERVATORIO NACIONAL DE TRANSPORTE, en cada Subsecretaría, Dirección, Empresa u Organismo Descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, UNO (1) o más nodos, dependiendo de lo que aconsejen las especificidades de sus dependencias, los que serán capacitados para el desarrollo de información geográficamente referenciada, la creación y operación de bases de datos y el trabajo en conjunto con el nodo central del Programa.

ARTICULO 4° — Apruébanse las competencias de cada nodo, cuyo detalle se agrega en ANEXO II que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 5° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.

ANEXO I

1.- Son objetivos del PROGRAMA OBSERVATORIO NACIONAL DE TRANSPORTE:

a) Almacenar, estandarizar y presentar información actualizada de los organismos de transporte dependientes de las jurisdicciones nacionales y del sector en general.

b) Coordinar la tarea de generar y actualizar la información geográficamente referenciada y las estadísticas oficiales de transporte que se realicen en el ámbito nacional, provincial y municipal, y organismos descentralizados relacionados con el transporte.

c) Estructurar el Sistema de Infraestructura de Datos Espaciales de Transporte, para la articulación, coordinación y capacitación de los equipos técnicos de las áreas de transporte generadores de la información y de estadísticas nacionales, provinciales y municipales, organismos descentralizados y áreas gubernamentales vinculadas con la problemática.

d) Realizar análisis y proyecciones sobre el sistema de transporte.

e) Realizar estudios particulares o coyunturales sobre el sistema de transporte.

f) Constituir una plataforma de datos para la planificación estratégica orientada al desarrollo local y regional.

2.- El PROGRAMA OBSERVATORIO NACIONAL DE TRANSPORTE tendrá CINCO (5) componentes: el Sistema de Infraestructura de Datos Espaciales de Transporte; el de Estadística de Transporte; el de Gestión, Planificación y Estudios del Transporte; el de Estudios y Publicaciones; y el de Normativa del Transporte.

a) El Sistema de Infraestructura de Datos Espaciales de Transporte (IDE TRANSPORTE) consolida el proceso de gestión de la información y el conocimiento del transporte, para contribuir a una adecuada planificación, gestión y toma de decisiones en el sector, en pos de un modelo de desarrollo del transporte inclusivo, equitativo y federal.

b) El componente Estadística del Transporte dispone sobre las bases de datos estadísticas, indicadores globales y específicos, análisis y proyecciones sobre el sistema de transporte. Lleva a cabo el desarrollo y actualización de indicadores con distintas escalas de agregación territorial, con su respectiva comparación a nivel regional e internacional.

c) El componente Gestión, Planificación y Estudios del transporte brinda apoyo al estudio de proyectos de transporte, mediante información actualizada, precisa y oportuna. Al respecto, desarrolla una base de todos los proyectos formulados por las distintas áreas de la SECRETARIA DE TRANSPORTE y organismos e instituciones afines, y lleva a cabo estudios particulares o coyunturales así como informes técnicos de movilidad y transporte.

d) El Componente Estudios y Publicaciones tiene como fin la gestión de contenidos públicos del Programa. Está formado por un conjunto de sitios web organizados según temática, proyectos y programas que se gestionan. Tiene como propósito contribuir a la comunicación técnica con los distintos usuarios internos y externos.

e) El Componente Normativa de Transporte tiene como propósito reunir, en un cuerpo único denominado Digesto de Normas del Transporte, la diversa normativa del transporte vigente, manteniéndolo actualizado y accesible al público.

El PROGRAMA OBSERVATORIO NACIONAL DE TRANSPORTE se implementará en etapas, para la integración progresiva de los distintos niveles de gobierno y los distintos actores del sector, mediante el desarrollo de una Red de Nodos interconectados entre sí.

La primera etapa consistirá en la implementación de la Red de Nodos en las distintas áreas de la SECRETARIA DE TRANSPORTE y en los diversos organismos descentralizados dependientes de la misma, la que habrá de contar con un Nodo Central.

ANEXO II

1. Será competencia de cada nodo clasificar la información de carácter pública y sensible para su correcta utilidad.

2. Cada nodo debe asegurar la fiabilidad, calidad y actualización periódica de la información, la creación de información geográficamente referenciada y el armado de la base de datos de su competencia, de acuerdo con los criterios que al respecto establezca el Nodo Central del Programa.

3. Cada nodo deberá asegurar la disponibilidad de la información necesaria para la creación de estadísticas y evaluación de proyectos, en lo atinente a sus incumbencias.

4. El Nodo Central del Programa funcionará dentro de la Dirección Nacional de Planificación y Coordinación del Transporte. Serán sus funciones:

a) Planificar, promover y coordinar las tareas para el diseño y armado del Sistema de Infraestructura de Datos Espaciales de Transporte y los restantes componentes del Programa, y de la Red de Nodos.

b) Desarrollar capacidades técnicas, conceptuales y metodológicas para el desarrollo de información geográficamente referenciada y la creación de bases de datos compatibles, destinadas a los equipos de trabajo que conformarán los nodos.

c) Consolidar un proceso organizacional que sistematice la información de las bases de datos, garantizando que se trate de información consistente, oportuna, precisa y de calidad.

d) Facilitar el acceso a la información y su referenciación geográfica.

e) Establecer una base de información apoyada en estudios periódicos y consistentes para proveer información del transporte en forma regular.

f) Concentrar y divulgar publicaciones y documentos desarrollados en el sector, permitiendo un acceso ágil a la documentación específica.

g) Institucionalizar la participación de todos los actores de la SECRETARIA DE TRANSPORTE en la generación de conocimiento.

h) Realizar cursos de capacitación técnica destinados a los equipos de trabajo de los nodos, con la colaboración de organismos nacionales y privados.

i) Realizar toda otra acción que contribuya a la consecución de los objetivos del Programa.

5. Tecnología. El Sistema de Infraestructura de Datos Espaciales de Transporte será desarrollado en su totalidad con software libre, garantizando la protección, integridad, confidencialidad, accesibilidad, interoperabilidad y compatibilidad de los datos e información contenidos en el sistema.

e. 08/08/2014 Nº 57149/14 v. 08/08/2014