MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Resolución Nº 283/2014

Bs. As., 12/8/2014

VISTO el Expediente Nº S05:0036389/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Resolución Nº 512 de fecha 1 de agosto de 1997 de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, modificada por la Resolución Nº 94 de fecha 23 de septiembre de 2002 de la ex - SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que anualmente el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA adjudica a nuestro país una cuota de exportación de azúcar crudo.

Que para el período octubre 2013 a septiembre 2014 dicha cuota ha sido fijada en CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UN TONELADAS (45.281 t), que deducido el margen de polarización, comprende la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTAS CUARENTA Y TRES CON TREINTA Y SEIS TONELADAS (43.243,36 t).

Que dicha cuota fue distribuida en su totalidad a través de las Resoluciones Nros. 472 de fecha 11 de noviembre de 2013 y 87 de fecha 11 de abril de 2014, ambas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, cuyo ingreso a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA deberá concretarse hasta el 30 de septiembre de 2014 inclusive.

Que el Artículo 7° de la Resolución Nº 512 de fecha 1 de agosto de 1997 de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS establece que para acceder a la entrega de certificados de elegibilidad que ampara dicha cuota resulta necesario que sus beneficiarios tengan regularizada su situación fiscal y previsional, fijándose como fecha límite el día 30 de junio de 2014.

Que de acuerdo a lo informado por la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA (DGI), órgano dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las razones sociales JOSE MINETTI Y CIA. LTDA. S.A.C.I. (C.U.I.T. Nº 30-52543681-7) y COMPAÑIA AZUCARERA LOS BALCANES S.A. (C.U.I.T. Nº 30-67541508-7) registran deuda ante dicho Organismo.

Que en consecuencia, corresponde por el presente acto administrativo redistribuir el saldo total asignado a las citadas razones sociales de OCHO MIL SEISCIENTAS NOVENTA Y UNO CON VEINTICINCO TONELADAS (8.691,25 t) cuyo ingreso a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA deberá concretarse hasta el 30 de septiembre de 2014 inclusive.

Que a los efectos de dicha redistribución se tienen en cuenta las exportaciones realizadas al mercado mundial durante los años 2012 y 2013 sin computar la cuota americana.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros 1.034 de fecha 7 de julio de 1995 y 357 de fecha 21 de febrero de 2002 sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Redistribúyese la cantidad de OCHO MIL SEISCIENTAS NOVENTA Y UNO CON VEINTICINCO TONELADAS (8.691,25 t) de azúcar crudo con polarización no menor de NOVENTA Y SEIS GRADOS (96°) con destino a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, amparada por Certificados de Elegibilidad para el período octubre 2013 y septiembre 2014, conforme el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2° — La cantidad a exportar expresada en el Artículo 1° de la presente resolución deberá ingresar a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA hasta el 30 de septiembre de 2014 inclusive.

ARTICULO 3° — El incumplimiento total o parcial de la cuota asignada dará lugar automáticamente a la eliminación de los infractores en la distribución de la próxima cuota.

ARTICULO 4° — En caso de cesiones de cuota únicamente entre los beneficiarios de la misma, los acuerdos deberán ser comunicados a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con la conformidad del cedente y del cesionario antes de solicitar el Certificado de Elegibilidad. Las cesiones contemplan la cesión de la cuota y del Certificado de Elegibilidad respectivo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. R. GABRIEL DELGADO, Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca.

ANEXO

Redistribución del primer tramo de la cuota americana 2013/2014

Razón SocialAzúcar Exportado al Mercado Mundial en 2012 (Toneladas a valor crudo)Participación (%)Distribución (Toneladas a valor crudo)
ATANOR S.A.22.597,7215,46%594,50
AZUCARERA JUAN M. TERÁN S.A.17.239,0311,80%453,53
INGENIO Y REFINERIA SAN MARTIN DEL TABACAL S.A.11.297,217,73%297,21
LEDESMA S.A.A.I.58.733,8940,19%1.545,18
PROSAL S.A.20.467,0114,00%538,45
S.A. SER15.814,6010,82%416,05
TOTAL146.147,46100%3.844,92

Redistribución del segundo tramo de la cuota americana 2013/2014

Razón SocialAzúcar Exportado al Mercado Mundial en 2013 (Toneladas a valor crudo)Participación (%)Distribución (Toneladas a valor crudo)
ATANOR S.A.46.992,4224,22%1.173,66
AZUCARERA JUAN M. TERÁN S.A.8.848,664,56%221
INGENIO Y REFINERIA SAN MARTIN DEL TABACAL S.A.16.744,468,63%418,20
LEDESMA S.A.A.I.75.667,2638,99%1.889,83
PROSAL S.A.21.274,4810,96%531,34
S.A. SER24.516,3212,63%612,31
TOTAL194.043,60100%4.846,34

e. 19/08/2014 N° 59018/14 v. 19/08/2014