MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decisión Administrativa 1096/2014

Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo. Licencia Anual Ordinaria. Autorización.

Bs. As., 4/12/2014

VISTO el Expediente Nº S04:0017978/2014 del registro del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el Régimen de Licencias Justificaciones y Franquicias aprobado por el Decreto Nº 3413 del 28 de diciembre de 1979 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 9°, inciso b) del mencionado Régimen, a los efectos del otorgamiento de la licencia anual ordinaria, se determina que procede considerar el período comprendido entre el 1° de diciembre del año al que corresponda y el 30 de noviembre del año siguiente, debiendo usufructuarse esa licencia dentro de dicho lapso.

Que a su vez, el inciso c) de dicho artículo 9° establece que el referido beneficio sólo puede ser transferido al período siguiente por la autoridad facultada para acordarlo, cuando concurran circunstancias fundadas en razones de servicio, no previendo que por esa causa se pueda aplazar la concesión de la licencia por más de UN (1) año.

Que en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI) se presenta la particular situación de que algunos de sus agentes registran transferidas a este año sus licencias anuales ordinarias correspondientes a los períodos comprendidos entre los años 2009, 2010, 2011 y 2012.

Que tal circunstancia se fundamenta en el accionar de algunas de las áreas del Instituto que llevan adelante todo el proceso de preparación de las campañas de concientización sobre la no discriminación, que se realizan durante la temporada estival, por lo cual se hace imposible que los agentes involucrados hagan uso de dicha licencia antes del 30 de noviembre próximo.

Que en consecuencia, y a fin de no lesionar derechos incuestionables, procede facultar a las autoridades competentes en materia de otorgamiento de las licencias anuales ordinarias del citado Instituto, para resolver la transferencia de las mismas, con carácter de excepción a las normas generales.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y conforme con el artículo 8° del Decreto Nº 909 del 30 de junio de 1995.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Autorízase a los funcionarios del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS con competencia para resolver el otorgamiento de licencias anuales ordinarias, como medida de excepción a lo dispuesto por el artículo 9°, inciso c) del Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aprobado por el Decreto Nº 3413 del 28 de diciembre de 1979 y sus modificatorios, a transferir al período comprendido entre el 1° de diciembre de 2014 y el 30 de noviembre de 2015, las licencias de aquel carácter devengadas por los períodos comprendidos entre los años 2009, 2010, 2011 y 2012, aún no utilizadas por los agentes de sus respectivas áreas.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Julio C. Alak.