PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 1234/2014
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.
Bs. As., 30/12/2014
VISTO el Expediente N° S01:0302283/2014 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley N° 26.895 de Presupuesto General
de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014 y la Decisión
Administración N° 1 de fecha 3 de enero de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que es menester incorporar los créditos necesarios para registrar
diferencias de cambio de órdenes de pago devengadas en el Ejercicio
2013 y emitidas a favor de beneficiarios en el exterior para la POLICÍA
FEDERAL ARGENTINA, PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y la POLICÍA DE SEGURIDAD
AEROPORTUARIA, organismos actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE
SEGURIDAD, para el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO y el SERVICIO
LOGÍSTICO DE LA DEFENSA organismos actuantes en el ámbito del
MINISTERIO DE DEFENSA, para el MINISTERIO DE SALUD, el MINISTERIO DE
CULTURA, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y para la COMISIÓN
NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES, organismo descentralizado actuante
en el ámbito del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA
Y SERVICIOS.
Que resulta necesario adecuar el Presupuesto de la DIRECCIÓN DE AYUDA
SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CONGRESO DE LA NACIÓN, actuante en el
ámbito del PODER LEGISLATIVO, con el fin de afrontar gastos de
inversión.
Que es pertinente compensar los créditos vigentes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a fin de adecuarlos a sus necesidades.
Que es menester reforzar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS con el objeto de financiar los gastos en
personal, de funcionamiento y de inversión del Instituto Universitario
Nacional de Derechos Humanos “Madres de Plaza de Mayo”, creado mediante
la Ley N° 26.995.
Que resulta necesario incrementar los créditos vigentes financiados con
Crédito Interno del MINISTERIO DE DEFENSA a fin de regularizar
contablemente los adelantos a proveedores y contratistas efectuados
durante el Ejercicio 2013 a favor de la empresa FÁBRICA ARGENTINA DE
AVIONES “BRIGADIER SAN MARTÍN” S.A.
Que corresponde adecuar los créditos y recursos presupuestarios de la
Fuente de Financiamiento 13 - Recursos con Afectación Específica, del
MINISTERIO DE INDUSTRIA, correspondientes al Fondo Nacional para el
Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
(FONDyF).
Que es menester reforzar los créditos vigentes de la COMISIÓN NACIONAL
PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES dependiente del MINISTERIO DE
CULTURA, a fin de atender sus planes y programas, mediante una
disminución de sus aplicaciones financieras.
Que corresponde adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL por compensación, a efectos de
regularizar inconsistencias de créditos.
Que es necesario incrementar los créditos presupuestarios de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo
actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a fin de atender el
mayor gasto en Jubilaciones y Pensiones producto del nuevo régimen de
regularización de deudas previsionales implementado mediante la Ley N°
26.970 de Moratoria Previsional.
Que se incrementan los créditos correspondientes a las partidas de
asignaciones familiares y complementos a las prestaciones previsionales
a fin de atender principalmente lo dispuesto por el Decreto N° 2.258 de
fecha 28 de noviembre de 2014 que estableció suplementos transitorios a
las víctimas de las inundaciones.
Que resulta necesario adecuar el Presupuesto vigente de la JURISDICCIÓN
75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Organismo
Descentralizado 850 - ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL a
fin de reflejar las operaciones del Fondo de Garantía de
Sustentabilidad del Régimen Previsional Público de Reparto creado por
el Decreto N° 897 de fecha 12 de julio de 2007.
Que se modifican los créditos de la Jurisdicción 90 - SERVICIO DE LA
DEUDA PÚBLICA para posibilitar la atención de los servicios financieros
de la deuda pública correspondientes a comisiones y primas de emisión
del presente ejercicio.
Que resulta pertinente reforzar los créditos de la Jurisdicción 91 -
OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO a fin incorporar el crédito necesario
para la atención de los Regímenes de Compensaciones a los Productores
de “Petróleo Plus” y “Refinación Plus” (Decreto N° 2.014 de fecha 25 de
noviembre de 2008).
Que, se prevé incorporar los ingresos provenientes de las operaciones
derivadas de la adjudicación de frecuencias destinadas a la prestación
del Servicio de Comunicaciones Personales (PCS), del Servicio de
Radiocomunicaciones Móvil Celular (SRMC) y del Servicio de
Comunicaciones Móviles (SCM), en el marco de lo dispuesto por el
Artículo 2° del Decreto N° 2.516 de fecha 19 de diciembre de 2014 que
excluyó de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto
(t.o. 2014) el Artículo 24 de la Ley N° 26.728, ordenado en la
mencionada Ley N° 11.672 como Artículo 31.
Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones
del Artículo 9° de la Ley N° 26.895, el Artículo 37 de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156, sustituido por el Artículo 1° de la Ley N°
26.124, y en el Artículo 24 de la Ley N° 11.672, Complementaria
Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2014, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas
Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)