ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Decreto 2704/2014
Prorróganse la intervención y la designación del Interventor.
Bs. As., 30/12/2014
VISTO el Expediente N° S01:0437363/2008 del Registro del MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, los Decretos N°
571 de fecha 21 de Mayo de 2007, N° 1646 de fecha 14 de Noviembre de
2007, N° 80 de fecha 13 de Diciembre de 2007, N° 953 de fecha 17 de
Junio de 2008, N° 2138 de fecha 11 de Diciembre de 2008, N° 616 de
fecha 26 de Mayo de 2009, N° 1874 de fecha 26 de Noviembre de 2009, N°
1038 de fecha 20 de Julio de 2010, N° 1688 de fecha 18 de Noviembre de
2010, N° 692 de fecha 6 de Junio de 2011, N° 262 de fecha 22 de Febrero
de 2012, N° 946 de fecha 21 de Junio de 2012, N° 2686 de fecha 27 de
diciembre de 2012, N° 1524 de fecha 3 de Octubre de 2013, N° 222 de
fecha 26 de Febrero de 2014 y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 571 de fecha 21 de Mayo de 2007 se dispuso
la intervención del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS),
organismo autárquico de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
Que en tal sentido, y atento el plazo estipulado por la norma citada en
el párrafo precedente, se procedió a prorrogar dicha intervención
mediante el Decreto N° 1646 de fecha 14 de Noviembre de 2007 por un
plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos desde su vencimiento.
Que, por el Decreto N° 80 de fecha 13 de Diciembre de 2007 se designó
interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismo
autárquico de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN
FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, al Ingeniero D. Antonio Luis
PRONSATO (M.I. N° 14.189.259) por el plazo indicado por el Decreto N°
1646/2007.
Que, asimismo, mediante el dictado de los Decretos N° 953 de fecha 17
de Junio de 2008, N° 2138 de fecha 11 de Diciembre de 2008, N° 616 de
fecha 26 de Mayo de 2009, N° 1874 de fecha 26 de Noviembre de 2009, N°
1038 de fecha 20 de Julio de 2010, N° 1688 de fecha 18 de Noviembre de
2010, N° 692 de fecha 6 de Junio de 2011, N° 262 de fecha 22 de Febrero
de 2012, N° 946 de fecha 21 de Junio de 2012, N° 2686 de fecha 27 de
Diciembre de 2012, N° 1524 de fecha 3 de Octubre de 2013 y N° 222 de
fecha 26 de Febrero de 2014 se viene prorrogando por el término de
CIENTO OCHENTA (180) días corridos la intervención del ENTE NACIONAL
REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) organismo autárquico de la SECRETARÍA DE
ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y
SERVICIOS y la designación del Ingeniero D. Antonio Luis PRONSATO (M.I.
N° 14.189.259), con las mismas funciones y facultades conferidas por el
Decreto N° 571/2007 y con la remuneración allí prevista.
Que la magnitud y complejidad de las tareas y funciones asignadas por
el Artículo 4° del Decreto N° 571/2007, determinan la necesidad de
continuar la intervención de dicho Organismo.
Que en ese mismo sentido, y como extensión de las tareas asignadas, han
surgido nuevas necesidades en materia energética que constituyen
competencia del organismo y que ameritan la presente prórroga para dar
continuidad a las tareas encomendadas.
Que en este punto entre otras cuestiones, cabe señalar las funciones
que han sido asignadas expresamente al Interventor del organismo por el
Artículo 3° de la Resolución N° 1071 de fecha 19 de Septiembre de 2008
del Registro de la SECRETARIA DE ENERGIA, funciones que en la
actualidad se mantienen vigentes.
Que por otra parte, se continúa llevando a cabo el proyecto de
expansión de transporte y distribución establecido en los Decretos N°
267/2007 y N° 1136/2010, en el cual el ENARGAS se encuentra
desarrollando las actividades y funciones correspondientes en el marco
de sus competencias conforme la normativa aplicable.
Que de igual modo, en referencia al Régimen de Soberanía
Hidrocarburífera de la República Argentina, la COMISIÓN DE
PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN ESTRATÉGICA DEL PLAN NACIONAL DE
INVERSIONES HIDROCARBURÍFERAS, en uso de las facultades conferidas por
el Decreto N° 1.277/2012 mediante la Resolución N° 3 de fecha 16 de
Abril del año 2013 ha designado al ENARGAS como la UNIDAD DE GESTIÓN
TECNICO OPERATIVA del Programa de Estímulo a la lnyección Excedente de
Gas Natural.
Que asimismo se mantiene vigente la labor encomendada al ENARGAS por la
SECRETARÍA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,
INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS respecto del despacho de gas natural.
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario prorrogar el plazo
previsto en el Artículo 1° del Decreto N° 222/2014, así como la
designación del Interventor del citado Ente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN
PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Artículo 99, incisos 1° y 7° de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Prorrógase, desde
el vencimiento del plazo estipulado por el Decreto N° 222 de fecha 26
de Febrero de 2014, la intervención del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
(ENARGAS), organismo autárquico de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, que
fuera dispuesta por el Decreto N° 571 de fecha 21 de Mayo de 2007, por
un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos.
Art. 2° — Prorrógase, desde el
vencimiento del plazo estipulado por el Decreto N° 222/2014, la
designación del actual Interventor del Ente citado en el artículo
precedente, Ingeniero D. Antonio Luis PRONSATO (M.I. N° 14.189.259) por
un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos, quien continuará en el
ejercicio de las funciones y facultades conferidas por el Decreto N°
571/2007 y con la remuneración allí prevista.
Art. 3° — En el plazo indicado
en el artículo 1° del presente, el Interventor deberá continuar con las
funciones y tareas previstas en el Decreto N° 571/2007.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio M.
De Vido.