ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Decreto 2704/2014

Prorróganse la intervención y la designación del Interventor.

Bs. As., 30/12/2014

VISTO el Expediente N° S01:0437363/2008 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, los Decretos N° 571 de fecha 21 de Mayo de 2007, N° 1646 de fecha 14 de Noviembre de 2007, N° 80 de fecha 13 de Diciembre de 2007, N° 953 de fecha 17 de Junio de 2008, N° 2138 de fecha 11 de Diciembre de 2008, N° 616 de fecha 26 de Mayo de 2009, N° 1874 de fecha 26 de Noviembre de 2009, N° 1038 de fecha 20 de Julio de 2010, N° 1688 de fecha 18 de Noviembre de 2010, N° 692 de fecha 6 de Junio de 2011, N° 262 de fecha 22 de Febrero de 2012, N° 946 de fecha 21 de Junio de 2012, N° 2686 de fecha 27 de diciembre de 2012, N° 1524 de fecha 3 de Octubre de 2013, N° 222 de fecha 26 de Febrero de 2014 y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 571 de fecha 21 de Mayo de 2007 se dispuso la intervención del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismo autárquico de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que en tal sentido, y atento el plazo estipulado por la norma citada en el párrafo precedente, se procedió a prorrogar dicha intervención mediante el Decreto N° 1646 de fecha 14 de Noviembre de 2007 por un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos desde su vencimiento.

Que, por el Decreto N° 80 de fecha 13 de Diciembre de 2007 se designó interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismo autárquico de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, al Ingeniero D. Antonio Luis PRONSATO (M.I. N° 14.189.259) por el plazo indicado por el Decreto N° 1646/2007.

Que, asimismo, mediante el dictado de los Decretos N° 953 de fecha 17 de Junio de 2008, N° 2138 de fecha 11 de Diciembre de 2008, N° 616 de fecha 26 de Mayo de 2009, N° 1874 de fecha 26 de Noviembre de 2009, N° 1038 de fecha 20 de Julio de 2010, N° 1688 de fecha 18 de Noviembre de 2010, N° 692 de fecha 6 de Junio de 2011, N° 262 de fecha 22 de Febrero de 2012, N° 946 de fecha 21 de Junio de 2012, N° 2686 de fecha 27 de Diciembre de 2012, N° 1524 de fecha 3 de Octubre de 2013 y N° 222 de fecha 26 de Febrero de 2014 se viene prorrogando por el término de CIENTO OCHENTA (180) días corridos la intervención del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) organismo autárquico de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y la designación del Ingeniero D. Antonio Luis PRONSATO (M.I. N° 14.189.259), con las mismas funciones y facultades conferidas por el Decreto N° 571/2007 y con la remuneración allí prevista.

Que la magnitud y complejidad de las tareas y funciones asignadas por el Artículo 4° del Decreto N° 571/2007, determinan la necesidad de continuar la intervención de dicho Organismo.

Que en ese mismo sentido, y como extensión de las tareas asignadas, han surgido nuevas necesidades en materia energética que constituyen competencia del organismo y que ameritan la presente prórroga para dar continuidad a las tareas encomendadas.

Que en este punto entre otras cuestiones, cabe señalar las funciones que han sido asignadas expresamente al Interventor del organismo por el Artículo 3° de la Resolución N° 1071 de fecha 19 de Septiembre de 2008 del Registro de la SECRETARIA DE ENERGIA, funciones que en la actualidad se mantienen vigentes.

Que por otra parte, se continúa llevando a cabo el proyecto de expansión de transporte y distribución establecido en los Decretos N° 267/2007 y N° 1136/2010, en el cual el ENARGAS se encuentra desarrollando las actividades y funciones correspondientes en el marco de sus competencias conforme la normativa aplicable.

Que de igual modo, en referencia al Régimen de Soberanía Hidrocarburífera de la República Argentina, la COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN ESTRATÉGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURÍFERAS, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1.277/2012 mediante la Resolución N° 3 de fecha 16 de Abril del año 2013 ha designado al ENARGAS como la UNIDAD DE GESTIÓN TECNICO OPERATIVA del Programa de Estímulo a la lnyección Excedente de Gas Natural.

Que asimismo se mantiene vigente la labor encomendada al ENARGAS por la SECRETARÍA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS respecto del despacho de gas natural.

Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario prorrogar el plazo previsto en el Artículo 1° del Decreto N° 222/2014, así como la designación del Interventor del citado Ente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, incisos 1° y 7° de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Prorrógase, desde el vencimiento del plazo estipulado por el Decreto N° 222 de fecha 26 de Febrero de 2014, la intervención del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismo autárquico de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, que fuera dispuesta por el Decreto N° 571 de fecha 21 de Mayo de 2007, por un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos.

Art. 2° — Prorrógase, desde el vencimiento del plazo estipulado por el Decreto N° 222/2014, la designación del actual Interventor del Ente citado en el artículo precedente, Ingeniero D. Antonio Luis PRONSATO (M.I. N° 14.189.259) por un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos, quien continuará en el ejercicio de las funciones y facultades conferidas por el Decreto N° 571/2007 y con la remuneración allí prevista.

Art. 3° — En el plazo indicado en el artículo 1° del presente, el Interventor deberá continuar con las funciones y tareas previstas en el Decreto N° 571/2007.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio M. De Vido.