PROTOCOLOS

Ley 27.125

Apruébase el ll Protocolo Complementario al Tratado de Maipú de Integración y Cooperación. “Túnel de Baja Altura - Ferrocarril Trasandino Central”.

Sancionada: Febrero 25 de 2015

Promulgada: Marzo 04 de 2015

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el II Protocolo Complementario al Tratado de Maipú de Integración y Cooperación entre la República Argentina y la República de Chile Relativo a la Entidad Binacional para el Proyecto “Túnel de Baja Altura - Ferrocarril Trasandino Central”, suscripto en la ciudad de Santiago —República de Chile— el 23 de diciembre de 2014, que consta de diecinueve (19) artículos, cuya copia autenticada forma parte de la presente ley.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 27.125 —

AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)