PROTOCOLOS
Ley 27.125
Apruébase el ll Protocolo
Complementario al Tratado de Maipú de Integración y Cooperación. “Túnel
de Baja Altura - Ferrocarril Trasandino Central”.
Sancionada: Febrero 25 de 2015
Promulgada: Marzo 04 de 2015
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el II
Protocolo Complementario al Tratado de Maipú de Integración y
Cooperación entre la República Argentina y la República de Chile
Relativo a la Entidad Binacional para el Proyecto “Túnel de Baja Altura
- Ferrocarril Trasandino Central”, suscripto en la ciudad de Santiago
—República de Chile— el 23 de diciembre de 2014, que consta de
diecinueve (19) artículos, cuya copia autenticada forma parte de la
presente ley.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 27.125 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)