JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 266/2015
Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Estrategias para la Resolución de Conflictos.
Bs. As., 25/2/2015
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0039096/2014 del Registro de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nros. 26.895 y 27.008, los
Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 795 del 29 de mayo de 2014,
la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 472 y de la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
N° 231 del 30 de septiembre de 2014 y lo solicitado por la SECRETARÍA
DE INTEGRACIÓN NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 se aprobaron los Presupuestos
Generales de la Administración Nacional para los Ejercicios 2014 y 2015.
Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció,
entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de
la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de
Planta Permanente y no Permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que mediante el Decreto N° 795 del 29 de mayo de 2014 se designó
transitoriamente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles,
al señor D. Juan Diego LUNA como Director Nacional de Estrategias para
la Resolución de Conflictos de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y
GESTIÓN PARA LA INTEGRACIÓN NACIONAL de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN
NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que resulta necesario efectuar la prórroga de la designación citada
precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su
artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien
designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y
reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública
Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la
Circular de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN N° 4 del 15 de marzo de 2002.
Que el agente involucrado en la presente medida, se encuentra
exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto N°
601/02 y su modificatorio reglamentario del Decreto N° 491/02, por
haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.
Que por la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE GABINETE Y
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N°
472 y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS N° 231 del 30 de septiembre de 2014, se incorporó al
Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo correspondiente a la
DIRECCIÓN NACIONAL DE ESTRATEGIAS PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS de
la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN PARA LA INTEGRACIÓN
NACIONAL de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN NACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS con un Nivel de ponderación I.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y
TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención
correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
prorrogada, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a
partir del 30 de septiembre de 2014, la designación transitoria
efectuada en los términos del Decreto N° 795 del 29 de mayo de 2014 del
señor D. Juan Diego LUNA (D.N.I. N° 28.122.571) en un cargo Nivel A -
Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva
Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°
2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, como Director
Nacional de Estrategias para la Resolución de Conflictos de la
SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN PARA LA INTEGRACIÓN NACIONAL
de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y con autorización excepcional por no cumplir con los
requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo
III del Convenio citado precedentemente.
Art. 2° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP)
homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, dentro del
plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 30 de
septiembre de 2014.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a
los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente de la
JURISDICCIÓN 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.