MERCOSUR/GMC/RES. Nº 28/14

CARGOS DE FUNCIONARIOS MERCOSUR EN EL ISM Y EL IPPDDHH

VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario establecer un marco adecuado para la aplicación del Régimen de Carrera de los Funcionarios MERCOSUR al Instituto Social del MERCOSUR (ISM) y al Instituto de Políticas Públicas de Derechos Humanos (IPPDDHH).

Que en los Presupuestos correspondientes al ISM y al IPPDDHH el salario asignado al cargo de Jefe de Departamento es equivalente al del cargo de Asesor Técnico de la SM.

EL GRUPO MERCADO COMÚN

RESUELVE:

Art. 1 – Establecer la equivalencia del cargo de Jefe de Departamento correspondiente al ISM y al IPPDDHH, establecido en las Decisiones CMC N° 37/08, 12/10 y 47/10, con el cargo de Asesor Técnico de la SM para los fines de la aplicación del “Régimen de Carrera de los Funcionarios MERCOSUR” y del procedimiento de selección previsto en la Decisión CMC N° 07/07.

Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XLIII GMC EXT. - Caracas, 27/VII/14.

“El Acta de la XLIII Reunión Extraordinaria del Grupo Mercado Común (GMC), realizada el día 27 de julio de 2014 en la ciudad de Caracas y los anexos mencionados en la misma se encuentran a disposición del público en el sitio web Oficial del MERCOSUR (www.mercosur.int) de conformidad con lo que establece el protocolo de Ouro Preto aprobado por Ley 24.560”.