DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 2674/1980


Bs. As., 26/12/1980

VISTO lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 749/79, el Presidente de la Nación aprobó la “DIRECTIVA PARA LAS EXCEPCIONES AL SERVICIO MILITAR Y COORDINACION DE LA ASIGNACION ENTRE EL SERVICIO MILITAR Y NECESIDADES PERMANENTES DEL FRENTE INTERNO” (para caso de guerra).

Que la experiencia recogida desde su puesta en ejecución el 30 de marzo de 1979, aconseja introducir algunas rectificaciones a la misma, a los efectos de simplificar y agilitar la documentación que origina.

Que al registrarse la reserva fuera de servicio proveniente de los cuadros permanentes de la Gendarmería Nacional y de la Prefectura Naval Argentina, sin límite de edad, se hace indispensable incluir esta modificación en la directiva, a fin de considerar las excepciones que pudieran presentarse.

Que para el personal en actividad del Servicio Penitenciario Federal, Policía Federal, policías provinciales y servicios penitenciarios provinciales, se hace necesario adoptar un sistema ágil y práctico, para que estos servicios no se vean afectados durante la guerra.

Que dicha evaluación ha surgido de la experiencia obtenida y de las consultas efectuadas por los secretarios de las Comisiones de Movilización de los Ministerios y Organismos Nacionales.

Por ello:

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Introdúzcase en la “DIRECTIVA PARA LAS EXCEPCIONES AL SERVICIO MILITAR Y COORDINACION DE LA ASIGNACION ENTRE EL SERVICIO MILITAR Y NECESIDADES PERMANENTES DEL FRENTE INTERNO” (para caso de guerra), las rectificaciones que constituyen el Anexo I que integra el presente decreto.

Art. 2° — Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — VIDELA.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)