MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

Resolución 6/2015

Mendoza, 20/4/2015

VISTO el Expediente N° S93:0003022/2015 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, la Resolución N° C.19 de fecha 30 de julio de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto, se propone la creación de códigos, según su capacidad, para los envases “Bag in Box”.

Que por Resolución N° C.19 de fecha 30 de julio de 2008 se aprueba la Tabla de Códigos de Capacidad Según Tipo de Envase que deben utilizar los inscriptos en el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) para efectuar las registraciones en toda documentación oficial que presentan a este Organismo.

Que en virtud que las empresas vitivinícolas están adoptando el mencionado envase como una alternativa para sostener la cultura de compra de vino en volúmenes mayores a una botella y teniendo en cuenta que estos envases han sido acogidos en las vitiviniculturas más importantes del mundo, se hace oportuno incorporar códigos específicos para conocer sus antecedentes estadísticos.

Que asimismo para registrar los movimientos en los Libros Oficiales de los establecimientos vitivinícolas, se hace necesario aprobar los códigos específicos de este nuevo envase.

Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos de este Instituto ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 24.566 y 25.163 y el Decreto N° 1.306/08,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

1° — Incorpóranse a la TABLA DE CÓDIGOS DE CAPACIDAD SEGÚN TIPO DE ENVASES, implementada por Resolución N° C.19 de fecha 30 de julio de 2008, los códigos, según su capacidad, del envase “Bag in Box” que a continuación se detallan:



2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. — C.P.N. GUILLERMO DANIEL GARCIA, Presidente, Instituto Nacional de Vitivinicultura.

e. 24/04/2015 N° 28992/15 v. 24/04/2015