AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
Resolución 357/2015
Bs. As., 28/4/2015
VISTO el Expediente N° 305-AFSCA/15 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26.522 en su artículo 97 inciso f) establece que, de los
fondos recaudados se destinará el DIEZ POR CIENTO (10%) para proyectos
especiales de comunicación audiovisual y apoyo a servicios de
comunicación audiovisual, comunitarios, de frontera, y de los Pueblos
Originarios, con especial atención a la colaboración en los proyectos
de digitalización.
Que conforme lo dispone la Ley N° 26.522 constituye un objetivo
específico de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL, diseñar e implementar políticas, normas, proyectos y obras
que tengan por objeto apoyar las acciones encaminadas a desarrollar y
utilizar tecnologías de la sociedad de la información para la
conservación del acervo natural y cultural.
Que son objetivos de la mencionada Ley el fortalecimiento de acciones
que contribuyan al desarrollo cultural, artístico y educativo de las
localidades donde se insertan; así como el desarrollo equilibrado de
una industria nacional de contenidos que preserve y difunda el
patrimonio cultural y la diversidad de todas las regiones y culturas
que integran la Nación, y la preservación y promoción de la identidad y
de los valores culturales de los Pueblos Originarios.
Que la reglamentación del artículo 97 dispuesta por el Decreto N°
1225/2010 establece que la Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo la
administración y gestión de los fondos previstos en el inciso f) del
artículo 97 de la Ley N° 26.522, debiendo para su afectación proceder a
la selección de proyectos por concurso, a cuyo fin constituirá un
comité de evaluación al que invitará a participar a representantes del
CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.
Que por medio de dicho fondo se persigue contribuir económica y
financieramente a la concreción y sostenimiento de proyectos especiales
de comunicación audiovisual, entendiendo como tales, entre otros, la
promoción de la producción audiovisual y radiofónica, gestionando la
posibilidad de que asociaciones sin fines de lucro, organizaciones no
gubernamentales y comunidades de pueblos originarios puedan acceder a
producir contenidos audiovisuales y al apoyo a servicios de
comunicación audiovisual, comunitarios, de frontera, y de los Pueblos
Originarios.
Que a través de la Resolución N° 231-AFSCA/2015, el Directorio de esta
Autoridad Federal, convocó a concurso abierto en todo el territorio
nacional a personas jurídicas sin fines de lucro y a comunidades de
pueblos originarios inscriptas en el Registro Público de Señales y
Productoras, correspondiente al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE (FOMECA) /
LINEA 7 / 2015 / PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS RADIOFÓNICOS PARA PRODUCTORAS
en sus modalidades CAMPAÑA COMUNITARIA y PROGRAMA SEMANAL.
Que en las mencionadas resoluciones, se establece como fecha de cierre
para la presentación de proyectos, el día 28 de Abril del corriente año.
Que por razones de público conocimiento, las actividades en las
provincias del sur argentino tales como RÍO NEGRO, CHUBUT y NEUQUÉN se
han visto afectadas por las cenizas del Volcán Calbuco.
Que las Delegaciones del organismo de Neuquén y San Carlos de
Bariloche, han solicitado una prórroga de la fecha de presentación del
concurso que está venciendo, de acuerdo al cronograma aprobado, el día
28 de Abril del presente año, que beneficie a las entidades que se
encuentran en condiciones de presentarse al concurso FONDO DE FOMENTO
CONCURSABLE (FOMECA) / LINEA 7 / 2015 / PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS
RADIOFÓNICOS PARA PRODUCTORAS, cuyas actividades se desarrollan en las
provincias afectadas por la actividad del volcán.
Que la Resolución 1048-AFSCA/2014, ha establecido la composición y
funcionamiento del COMITÉ DE EVALUACIÓN previsto en el artículo 97
inciso f) del Anexo I del Decreto N° 1225/10 y autorizado al Presidente
del Directorio a realizar modificaciones en los Cronogramas de los
concursos convocados o que se convoquen.
Que en virtud de lo antedicho, es de fundamental importancia considerar
la situación excepcional y de fuerza mayor que dificulta la
presentación de proyectos a las entidades emplazadas en las provincias
afectadas, y proveer los mecanismos para que puedan participar en los
concursos mencionados.
Que, consecuentemente corresponde el dictado del acto administrativo
por el cual se fije una nueva fecha de cierre de presentación de
proyectos para los concursos del FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE (FOMECA)
/ LINEA 7 / 2015 / PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS RADIOFÓNICOS PARA
PRODUCTORAS, sólo para aquellos proyectos provenientes de las
provincias de CHUBUT, RÍO NEGRO y NEUQUÉN.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 12, inciso 1) de la Ley N° 26.522 y artículo 2 de la
Resolución N° 1048-AFSCA/2014 y su similar N° 1320-AFSCA/2014.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorrógase la fecha de cierre para la presentación de
proyectos establecida en los cronogramas fijados en los puntos 12 de
los Anexos I y II de la Resolución N° 231-AFSCA/2015, dictada en el
marco del FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE (FOMECA) / LINEA 7 / 2015 /
PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS RADIOFÓNICOS PARA PRODUCTORAS, para el 5 de
mayo de 2015, sólo para aquellas entidades con domicilio en las
provincias de Río Negro, Neuquén y Chubut.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE
DELEGACIONES, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio,
Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
e. 30/04/2015 N° 31460/15 v. 30/04/2015