JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución 302/2015

Bs. As., 29/4/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0016042/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes de Ministerios (t.o. Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y N° 26.875 y los Decretos Nros. 1545 del 31 de agosto de 1994, 720 del 19 de mayo de 2014 y 296 del 27 de febrero de 2015 y la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 600 del 24 de julio de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.875 se creó el ÁREA MARINA PROTEGIDA NAMUNCURÁ - BANCO BURDWOOD con el objetivo de conservar una zona de alta sensibilidad ambiental y de importancia para la protección y gestión sostenible de la biodiversidad de los fondos marinos; promover el manejo sostenible, ambiental y económico de los ecosistemas marinos bentónicos de nuestra plataforma a través de un área demostrativa y facilitar la investigación científica orientada a la aplicación del enfoque ecosistémico en la pesca y la mitigación de los efectos del cambio global.

Que por el Decreto N° 720 del 19 de mayo de 2014, el Gobierno Nacional designó a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS como “Autoridad de Aplicación” de la Ley N° 26.875, para lo cual debe suministrar al Consejo de Administración creado por dicha ley, el apoyo material y necesario para el cumplimiento de sus cometidos.

Que el señor Jefe de Gabinete de Ministros es responsable de la administración general del país y, en tal sentido, resulta prioritario instrumentar un programa que coordine racionalmente y potencie el cumplimiento de los objetivos, responsabilidades y acciones de los organismos oficiales con responsabilidades concurrentes en el ÁREA MARINA PROTEGIDA NAMUNCURÁ - BANCO BURDWOOD.

Que, en tal sentido, la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 600 del 24 de julio de 2014 crea el PROGRAMA NAMUNCURÁ destinado a suministrar, el apoyo material y humano para el cumplimiento de los cometidos de la Ley N° 26.875, en la órbita de la UNIDAD JEFA DE GABINETE DE ASESORES de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, por el Decreto N° 296 del 27 de febrero del 2015, se establece una nueva conformación organizativa de los niveles políticos, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios.

Que, por ello, resulta necesario adecuar lo dispuesto en los artículos 1°, 3° y 5° de la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 600/2014, a los efectos de nombrar a la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA como ámbito de creación del PROGRAMA NAMUNCURÁ y responsable de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA NAMUNCURÁ.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 16, inciso 2 de la Ley de Ministerios (t.o. Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y 17 del Decreto N° 1545 del 31 de agosto de 1994.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el artículo 1° de la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 600 del 24 de julio de 2014 por el siguiente:

“ARTÍCULO 1°.- Créase el PROGRAMA NAMUNCURÁ destinado a suministrar, el apoyo material y humano para el cumplimiento de los cometidos de la Ley N° 26.875, en la órbita de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.”.

ARTÍCULO 2° — Sustitúyese el artículo 3° de la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 600/2014 por el siguiente:

“ARTÍCULO 3°.- Créase la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA NAMUNCURÁ, encargada de gestionar el PROGRAMA NAMUNCURÁ y cumplimentar sus objetivos en la órbita de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.”.

ARTÍCULO 3° — Sustitúyese el artículo 5° de la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 600/2014 por el siguiente:

“ARTÍCULO 5° - La UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA NAMUNCURÁ estará a cargo del señor Secretario de Coordinación Administrativa y Evaluación Presupuestaria de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.”.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ANIBAL DOMINGO FERNANDEZ, Jefe de Gabinete de Ministros.

e. 06/05/2015 N° 31741/15 v. 06/05/2015