MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

Resolución 16/2015

Mendoza, 22/5/2015

VISTO el Expediente N° S93:001469/2015 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, la Ley General de Vinos N° 14.878, las Resoluciones Nros. C.16 de fecha 22 de mayo de. 1997, C.64 de fecha 9 de octubre de 1998, A.82 G.F. de fecha 11 de agosto de 2010, C.35 de fecha 16 de setiembre de 2013 y C.13 de fecha 12 de mayo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto, el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) determina la necesidad de implementar medidas con el objeto de perfeccionar los procedimientos de fiscalización tendientes a elevar los pisos de calidad de los vinos de la base de la pirámide de consumo.

Que a tal efecto se dictó la Resolución N° C.13 de fecha 12 de mayo de 2015, a través de la cual se implementó un nuevo control a aplicar a los traslados entre bodegas de vinos blancos genéricos.

Que a los fines de perfeccionar la metodología a aplicar, resulta necesario incorporar al Punto 1° de la norma mencionada precedentemente, la obligatoriedad de efectuar el análisis sensorial en el control de los vinos que se movilicen en la actualidad.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 24.566 y 25.163 y el Decreto N° 1.306/08,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

1° — Incorpórese a partir de la fecha al procedimiento establecido por el Punto 1° de la Resolución N° C.13 de fecha 12 de mayo de 2015, el análisis sensorial en los mismos términos y condiciones que se estipulan en los Puntos 3° y 4° de dicha norma.

2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. — C.P.N. GUILLERMO DANIEL GARCIA, Presidente, Instituto Nacional de Vitivinicultura.

e. 29/05/2015 N° 102939/15 v. 29/05/2015