AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

Resolución 599/2015

Bs. As., 15/07/2015

VISTO el Expediente N° 449/15 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 232-AFSCA/15, se convocó a concurso abierto en todo el territorio nacional a personas jurídicas sin fines de lucro o comunidades de pueblos originarios inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras, para el otorgamiento de subsidios de hasta PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-) por proyecto, correspondientes al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE (FOMECA) / LINEA 8 / 2015 / PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES PARA PRODUCTORAS/MODALIDAD SPOT.

Que en el artículo 2° de la mencionada resolución se convocó a concurso abierto en todo el territorio nacional a personas jurídicas sin fines de lucro o comunidades de pueblos originarios inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras, para el otorgamiento de subsidios de hasta PESOS CIENTO SETENTA MIL ($ 170.000.-) por proyecto, correspondientes al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE (FOMECA) / LINEA 8 / 2015/ PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES PARA PRODUCTORAS / MODALIDAD SERIE DE MICROPROGRAMAS.

Que en el artículo 3° de dicha resolución se llamó a concurso abierto en todo el territorio nacional a personas jurídicas sin fines de lucro o comunidades de pueblos originarios inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras; para el otorgamiento de subsidios de hasta PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000.-) por proyecto, correspondientes al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE (FOMECA) / LINEA 8 / 2015 / PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES PARA PRODUCTORAS / MODALIDAD PROGRAMA SEMANAL.

Que en el artículo 6° de la mencionada Resolución se estableció que el gasto que demande el cumplimiento del concurso no excederá de PESOS DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($ 10.800.000.-).

Que en el artículo 7° de dicha Resolución se dispuso que teniendo en cuenta la actividad de interés público y la trascendencia social de la convocatoria nacional que se promueve, se autoriza al Presidente del Directorio para en caso que se incremente la partida presupuestaria correspondiente, amplíe el concurso convocado en los artículos 1°, 2° y 3° de la Resolución N° 232-AFSCA/15 hasta la suma de PESOS CATORCE MILLONES ($ 14.000.000.-).

Que por medio de la Nota N° 949 AFSCA-(DPE)/15, se solicitó a la Subdirección Nacional de Administración la ampliación de la partida presupuestaria correspondiente por un monto de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 3.200.000.-).

Que a través de la Nota N° 185 - AFSCA(SNA/DF)15 se informó que existe partida presupuestaria para el corriente ejercicio y se procedió a la reserva de crédito de las correspondientes partidas por un monto total de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 3.200.000.-).

Que consecuentemente con lo expuesto y de acuerdo a lo establecido en el artículo 7° de la Resolución N° 232-AFSCA/15 deviene necesario el dictado del presente acto administrativo por el cual se apruebe la ampliación del presupuesto del concurso convocado a PESOS CATORCE MILLONES ($ 14.000.000.-).

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL autorizó al Presidente del Directorio a ampliar el gasto para el concurso convocado en los artículos 1°, 2° y 3° de la Resolución N° 232-AFSCA/15.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12, inciso 1) de la Ley N° 26.522 y artículo 7° de la Resolución N° 232-AFSCA/15.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Amplíase el gasto que demande el cumplimiento del FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL / LINEA 8 / 2015 / PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES PARA PRODUCTORAS, para las modalidades, SPOT, SERIE DE MICROPROGRAMAS y PROGRAMA SEMANAL, de los concursos abiertos convocados mediante Resolución N° 232-AFSCA/15, hasta PESOS CATORCE MILLONES ($ 14.000.000.-).

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y cumplido, archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 17/07/2015 N° 127795/15 v. 17/07/2015