AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
Resolución 599/2015
Bs. As., 15/07/2015
VISTO el Expediente N° 449/15 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 232-AFSCA/15, se convocó a concurso
abierto en todo el territorio nacional a personas jurídicas sin fines
de lucro o comunidades de pueblos originarios inscriptas en el Registro
Público de Señales y Productoras, para el otorgamiento de subsidios de
hasta PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-) por proyecto, correspondientes
al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE (FOMECA) / LINEA 8 / 2015 / PRODUCCIÓN
DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES PARA PRODUCTORAS/MODALIDAD SPOT.
Que en el artículo 2° de la mencionada resolución se convocó a concurso
abierto en todo el territorio nacional a personas jurídicas sin fines
de lucro o comunidades de pueblos originarios inscriptas en el Registro
Público de Señales y Productoras, para el otorgamiento de subsidios de
hasta PESOS CIENTO SETENTA MIL ($ 170.000.-) por proyecto,
correspondientes al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE (FOMECA) / LINEA 8 /
2015/ PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES PARA PRODUCTORAS /
MODALIDAD SERIE DE MICROPROGRAMAS.
Que en el artículo 3° de dicha resolución se llamó a concurso abierto
en todo el territorio nacional a personas jurídicas sin fines de lucro
o comunidades de pueblos originarios inscriptas en el Registro Público
de Señales y Productoras; para el otorgamiento de subsidios de hasta
PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000.-) por proyecto, correspondientes al
FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE (FOMECA) / LINEA 8 / 2015 / PRODUCCIÓN DE
CONTENIDOS AUDIOVISUALES PARA PRODUCTORAS / MODALIDAD PROGRAMA SEMANAL.
Que en el artículo 6° de la mencionada Resolución se estableció que el
gasto que demande el cumplimiento del concurso no excederá de PESOS
DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($ 10.800.000.-).
Que en el artículo 7° de dicha Resolución se dispuso que teniendo en
cuenta la actividad de interés público y la trascendencia social de la
convocatoria nacional que se promueve, se autoriza al Presidente del
Directorio para en caso que se incremente la partida presupuestaria
correspondiente, amplíe el concurso convocado en los artículos 1°, 2° y
3° de la Resolución N° 232-AFSCA/15 hasta la suma de PESOS CATORCE
MILLONES ($ 14.000.000.-).
Que por medio de la Nota N° 949 AFSCA-(DPE)/15, se solicitó a la
Subdirección Nacional de Administración la ampliación de la partida
presupuestaria correspondiente por un monto de PESOS TRES MILLONES
DOSCIENTOS MIL ($ 3.200.000.-).
Que a través de la Nota N° 185 - AFSCA(SNA/DF)15 se informó que existe
partida presupuestaria para el corriente ejercicio y se procedió a la
reserva de crédito de las correspondientes partidas por un monto total
de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 3.200.000.-).
Que consecuentemente con lo expuesto y de acuerdo a lo establecido en
el artículo 7° de la Resolución N° 232-AFSCA/15 deviene necesario el
dictado del presente acto administrativo por el cual se apruebe la
ampliación del presupuesto del concurso convocado a PESOS CATORCE
MILLONES ($ 14.000.000.-).
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que el Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL autorizó al Presidente del
Directorio a ampliar el gasto para el concurso convocado en los
artículos 1°, 2° y 3° de la Resolución N° 232-AFSCA/15.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 12, inciso 1) de la Ley N° 26.522 y artículo 7° de la
Resolución N° 232-AFSCA/15.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Amplíase el gasto que demande el cumplimiento del FONDO
DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL / LINEA
8 / 2015 / PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES PARA PRODUCTORAS,
para las modalidades, SPOT, SERIE DE MICROPROGRAMAS y PROGRAMA SEMANAL,
de los concursos abiertos convocados mediante Resolución N°
232-AFSCA/15, hasta PESOS CATORCE MILLONES ($ 14.000.000.-).
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y cumplido, archívese. — MARTIN
SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios
de Comunicación Audiovisual.
e. 17/07/2015 N° 127795/15 v. 17/07/2015