MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

Resolución 454/2015

Bs. As., 12/08/2015

VISTO el Expediente N° 88477/2015 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y los Decretos N° 1.148 de fecha 31 de agosto de 2009 y N° 1.552 de fecha 21 de octubre de 2010; y

CONSIDERANDO:

Que desde el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se está llevando a cabo un trabajo conjunto, de manera articulada con las restantes carteras Ministeriales, a fin de que cada una de ellas, dentro de sus competencias, realice aportes sustanciales para dar cumplimiento a los objetivos de dichas políticas públicas en materia de inclusión digital.

Que considerando la gran diversidad de servicios a ofrecer en el marco de dichas políticas públicas, se ha tornado imperioso propiciar la renovación y evolución tecnológica de los equipos receptores de la televisión digital, a fin de proyectar una plataforma más potente, flexible y versátil, en la cual converjan todos los servicios, traduciéndose en una mejora de las prestaciones ofrecidas a los ciudadanos, continuando el camino de la inclusión digital y brindando nuevas prestaciones asociadas a la convergencia digital.

Que a través del Acta Conjunta N° 1, de fecha 19 de marzo del 2013, del Presidente de la COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN ESTRATÉGICA DEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES “ARGENTINA CONECTADA”, creada mediante el Decreto N° 1.552 de fecha 21 de octubre de 2010, y del CONSEJO ASESOR del SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE, creado mediante el Decreto N° 1.148 de fecha 31 de agosto de 2009, aprobó la creación del CENTRO DE INVESTIGACIÓN APLICADA A RECURSOS DIGITALES Y SOFTWARE (CIARDI), cuyo objetivo consiste en estructurar las acciones y los recursos tanto humanos como informáticos a fin de cubrir las necesidades del Estado en materia de producción de Recursos Digitales y Software, soportado en un marco metodológico propio para la gestión de la información y la documentación de la tarea investigativa y productiva.

Que, en este contexto, el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se encuentra implementando la PLATAFORMA DE VINCULACIÓN CIUDADANA “CLIC”, la cual promueve la colaboración e intercambio de conocimientos, definida como un espacio de intercambio de información y generación de relaciones, siendo la interacción el motor para la socialización y producción de conocimiento genuino, actuando como RED FEDERAL DE CONOCIMIENTO Y VINCULACIÓN CIUDADANA,

Que la PLATAFORMA DE VINCULACIÓN CIUDADANA “CLIC” se trata de una herramienta transversal facilitada por la tecnología Web 2.0 para potenciar el intercambio, la comunicación y la colaboración entre los usuarios, las instituciones públicas y otros organismos, como así también para fomentar la creación de grupos, comunidades y redes de contactos, permitiendo un acercamiento a las nuevas tecnologías desde las cuales los usuarios toman protagonismo en la construcción del conocimiento y conforman un escenario ideal en la democratización de herramientas y contenidos.

Que dicha Plataforma tiene en miras fomentar el gobierno transparente; constituirse como medio de articulación del gobierno electrónico; generar conocimiento a través de las distintas plataformas tanto de carácter público como de carácter privado, que serán incorporadas como verticales de la red social; difundir las iniciativas y políticas públicas llevadas adelante por el ESTADO NACIONAL; medir los avances y resultados de cada uno de los proyectos nacionales; generar un espacio de interacción y participación ciudadana público o privado; contribuir a la inclusión digital de la ciudadanía a partir de los servicios digitales gratuitos que la Plataforma brindará en servicios como e-mail, telefonía ip, videoconferencia, recursos digitales, apps, entre otros y la reducción de la brecha digital; cuyo acceso puede obtener desde diversos dispositivos (Pcs, Netbooks, TV digital, Smartphones, etcétera) y se destaca por su carácter federal, democrático, público e inclusivo.

Que, por otra parte, la mencionada Plataforma tiene como objetivo primordial fomentar la transparencia y dar publicidad de las políticas públicas implementadas por el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICOS.

Que la PLATAFORMA DE VINCULACIÓN CIUDADANA “CLIC”, conjuntamente con la PLATAFORMA DE IDENTIFICACIÓN DE PROBLEMÁTICAS (PIP), creada mediante Resolución N° 1278 de fecha 28 de octubre de 2014 del Registro del citado Ministerio, y con otras herramientas, forma parte de una Red de Sistemas de Vinculación Ciudadana.

Que en tal contexto resulta necesario instrumentar un mecanismo que permita acceder a dicha plataforma por parte de todas las Secretarías, dependencias y organismos autárquicos y descentralizados actuantes en la órbita de este MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, como así también propiciar la participación de las restantes carteras ministeriales, como así también a las Provincias, Municipios, fundaciones y Organizaciones No Gubernamentales.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 22.520 y sus modificatorias, y los decretos N° 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003, sus modificatorias y N° 1.552 de fecha 21 de octubre de 2010.

Por ello,

EL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Créase la Plataforma compuesta por políticas, procesos, infraestructura tecnológica, software y servicios denominada PLATAFORMA DE VINCULACIÓN CIUDADANA “CLIC”, cuyo objetivo es contribuir a la inclusión digital a partir de los servicios gratuitos que brinda la citada Plataforma; potenciar el intercambio y la comunicación entre los usuarios, instituciones públicas y otros organismos, permitiendo un acercamiento a las nuevas tecnologías; fomentar un gobierno transparente, difundiendo las iniciativas y políticas públicas llevadas adelante por el ESTADO NACIONAL.

ARTICULO 2° — Facúltase a la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS a fin de llevar adelante la implementación de la PLATAFORMA DE VINCULACIÓN CIUDADANA “CLIC”, como así también a dictar la reglamentación pertinente.

ARTÍCULO 3° — Instrúyase a las secretarías, subsecretarías, organismos autárquicos y descentralizados, empresas, sociedades y entidades actuantes en la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS a implementar y utilizar la Plataforma creada por el Artículo 1°, como así también cargar los datos e información vinculadas al área de su competencia; poniendo a disposición todo su personal técnico a efectos de brindar la asistencia que les sea requerida para la puesta en funcionamiento de la Plataforma.

ARTÍCULO 4° — Invítase a participar en la implementación de la Plataforma creada en el Artículo 1° a las restantes carteras ministeriales, organismos y entidades de la Administración Pública Nacional, al sector público provincial, municipal o local; a las entidades del sector privado con y sin fines de lucro que tenga participación en la implementación de las políticas públicas asociadas a la Plataforma; las cuales deberán presentar la correspondiente solicitud ante la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN dependiente del antes mencionado Ministerio.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Arq. JULIO MIGUEL DE VIDO, Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

e. 19/08/2015 N° 135941/15 v. 19/08/2015