MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS
Resolución 454/2015
Bs. As., 12/08/2015
VISTO el Expediente N° 88477/2015 del Registro del MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y los Decretos N°
1.148 de fecha 31 de agosto de 2009 y N° 1.552 de fecha 21 de octubre
de 2010; y
CONSIDERANDO:
Que desde el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y
SERVICIOS se está llevando a cabo un trabajo conjunto, de manera
articulada con las restantes carteras Ministeriales, a fin de que cada
una de ellas, dentro de sus competencias, realice aportes sustanciales
para dar cumplimiento a los objetivos de dichas políticas públicas en
materia de inclusión digital.
Que considerando la gran diversidad de servicios a ofrecer en el marco
de dichas políticas públicas, se ha tornado imperioso propiciar la
renovación y evolución tecnológica de los equipos receptores de la
televisión digital, a fin de proyectar una plataforma más potente,
flexible y versátil, en la cual converjan todos los servicios,
traduciéndose en una mejora de las prestaciones ofrecidas a los
ciudadanos, continuando el camino de la inclusión digital y brindando
nuevas prestaciones asociadas a la convergencia digital.
Que a través del Acta Conjunta N° 1, de fecha 19 de marzo del 2013, del
Presidente de la COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN ESTRATÉGICA
DEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES “ARGENTINA CONECTADA”, creada
mediante el Decreto N° 1.552 de fecha 21 de octubre de 2010, y del
CONSEJO ASESOR del SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE,
creado mediante el Decreto N° 1.148 de fecha 31 de agosto de 2009,
aprobó la creación del CENTRO DE INVESTIGACIÓN APLICADA A RECURSOS
DIGITALES Y SOFTWARE (CIARDI), cuyo objetivo consiste en estructurar
las acciones y los recursos tanto humanos como informáticos a fin de
cubrir las necesidades del Estado en materia de producción de Recursos
Digitales y Software, soportado en un marco metodológico propio para la
gestión de la información y la documentación de la tarea investigativa
y productiva.
Que, en este contexto, el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,
INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se encuentra implementando la PLATAFORMA
DE VINCULACIÓN CIUDADANA “CLIC”, la cual promueve la colaboración e
intercambio de conocimientos, definida como un espacio de intercambio
de información y generación de relaciones, siendo la interacción el
motor para la socialización y producción de conocimiento genuino,
actuando como RED FEDERAL DE CONOCIMIENTO Y VINCULACIÓN CIUDADANA,
Que la PLATAFORMA DE VINCULACIÓN CIUDADANA “CLIC” se trata de una
herramienta transversal facilitada por la tecnología Web 2.0 para
potenciar el intercambio, la comunicación y la colaboración entre los
usuarios, las instituciones públicas y otros organismos, como así
también para fomentar la creación de grupos, comunidades y redes de
contactos, permitiendo un acercamiento a las nuevas tecnologías desde
las cuales los usuarios toman protagonismo en la construcción del
conocimiento y conforman un escenario ideal en la democratización de
herramientas y contenidos.
Que dicha Plataforma tiene en miras fomentar el gobierno transparente;
constituirse como medio de articulación del gobierno electrónico;
generar conocimiento a través de las distintas plataformas tanto de
carácter público como de carácter privado, que serán incorporadas como
verticales de la red social; difundir las iniciativas y políticas
públicas llevadas adelante por el ESTADO NACIONAL; medir los avances y
resultados de cada uno de los proyectos nacionales; generar un espacio
de interacción y participación ciudadana público o privado; contribuir
a la inclusión digital de la ciudadanía a partir de los servicios
digitales gratuitos que la Plataforma brindará en servicios como
e-mail, telefonía ip, videoconferencia, recursos digitales, apps, entre
otros y la reducción de la brecha digital; cuyo acceso puede obtener
desde diversos dispositivos (Pcs, Netbooks, TV digital, Smartphones,
etcétera) y se destaca por su carácter federal, democrático, público e
inclusivo.
Que, por otra parte, la mencionada Plataforma tiene como objetivo
primordial fomentar la transparencia y dar publicidad de las políticas
públicas implementadas por el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,
INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICOS.
Que la PLATAFORMA DE VINCULACIÓN CIUDADANA “CLIC”, conjuntamente con la
PLATAFORMA DE IDENTIFICACIÓN DE PROBLEMÁTICAS (PIP), creada mediante
Resolución N° 1278 de fecha 28 de octubre de 2014 del Registro del
citado Ministerio, y con otras herramientas, forma parte de una Red de
Sistemas de Vinculación Ciudadana.
Que en tal contexto resulta necesario instrumentar un mecanismo que
permita acceder a dicha plataforma por parte de todas las Secretarías,
dependencias y organismos autárquicos y descentralizados actuantes en
la órbita de este MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN
PÚBLICA Y SERVICIOS, como así también propiciar la participación de las
restantes carteras ministeriales, como así también a las Provincias,
Municipios, fundaciones y Organizaciones No Gubernamentales.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL
del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS
ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
la Ley N° 22.520 y sus modificatorias, y los decretos N° 1.142 de fecha
26 de noviembre de 2003, sus modificatorias y N° 1.552 de fecha 21 de
octubre de 2010.
Por ello,
EL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Créase la Plataforma compuesta por políticas, procesos,
infraestructura tecnológica, software y servicios denominada PLATAFORMA
DE VINCULACIÓN CIUDADANA “CLIC”, cuyo objetivo es contribuir a la
inclusión digital a partir de los servicios gratuitos que brinda la
citada Plataforma; potenciar el intercambio y la comunicación entre los
usuarios, instituciones públicas y otros organismos, permitiendo un
acercamiento a las nuevas tecnologías; fomentar un gobierno
transparente, difundiendo las iniciativas y políticas públicas llevadas
adelante por el ESTADO NACIONAL.
ARTICULO 2° — Facúltase a la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN Y CONTROL DE
GESTIÓN dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN
PÚBLICA Y SERVICIOS a fin de llevar adelante la implementación de la
PLATAFORMA DE VINCULACIÓN CIUDADANA “CLIC”, como así también a dictar
la reglamentación pertinente.
ARTÍCULO 3° — Instrúyase a las secretarías, subsecretarías, organismos
autárquicos y descentralizados, empresas, sociedades y entidades
actuantes en la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,
INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS a implementar y utilizar la Plataforma
creada por el Artículo 1°, como así también cargar los datos e
información vinculadas al área de su competencia; poniendo a
disposición todo su personal técnico a efectos de brindar la asistencia
que les sea requerida para la puesta en funcionamiento de la Plataforma.
ARTÍCULO 4° — Invítase a participar en la implementación de la
Plataforma creada en el Artículo 1° a las restantes carteras
ministeriales, organismos y entidades de la Administración Pública
Nacional, al sector público provincial, municipal o local; a las
entidades del sector privado con y sin fines de lucro que tenga
participación en la implementación de las políticas públicas asociadas
a la Plataforma; las cuales deberán presentar la correspondiente
solicitud ante la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN
dependiente del antes mencionado Ministerio.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Arq. JULIO MIGUEL DE VIDO, Ministro de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
e. 19/08/2015 N° 135941/15 v. 19/08/2015