MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

Resolución 47/2015

Bs. As., 14/08/2015

VISTO, el expediente N° 1.677.767/15 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que en el citado expediente obra Acta N° 3 de fecha 20 de mayo de 2015, mediante la cual la COMISIÓN ASESORA REGIONAL CENTRO eleva a consideración de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO una propuesta para instaurar un Jornal Mínimo Garantizado para los trabajadores que se desempeñan en la actividad de MANIPULACIÓN Y ALMACENAMIENTO DE GRANOS, en el ámbito de la provincia de CÓRDOBA.

Que analizados los antecedentes respectivos, y habiendo coincidido los representantes sectoriales en cuanto al valor y la pertinencia de la instauración de un jornal mínimo garantizado en la actividad, debe procederse a su determinación.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 89 de la Ley N° 26.727.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Fijase el Jornal Mínimo Garantizado de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA ($ 350,00), para el personal que se desempeña en la actividad de MANIPULACIÓN Y ALMACENAMIENTO DE GRANOS, en el ámbito de la provincia de CÓRDOBA.

ARTÍCULO 2° — La presente Resolución tendrá vigencia a partir del 1° de junio de 2015, hasta el 31 de mayo de 2016.

ARTÍCULO 3° — Las remuneraciones establecidas en la presente mantendrán su vigencia aún vencido el plazo previsto en el artículo 1°, y hasta tanto no sean reemplazadas por las fijadas en una nueva Resolución.

ARTÍCULO 4° — Las remuneraciones resultantes de la aplicación de la presente, serán objeto de los aportes y contribuciones previstos por las leyes vigentes, y por las retenciones por cuotas sindicales ordinarias. En caso de aportes y contribuciones a obras sociales y entidades similares, los mismos se limitarán a lo previsto en las leyes vigentes en la materia.

ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. ÁLVARO DANIEL RUIZ, Presidente C.N.T.A. — Dr. ALEJANDRO SENYK, Presidente Alterno C.N.T.A. — Lic. JUAN PABLO DICOVSKIY, Rep. Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. — Dr. RAUL ROBIN, Rep. C.A.M.E. — Sr. ANDRÉS LAZO, Rep. F.O.N.A.F. — Sr. JORGE HERRERA, Rep. U.A.T.R.E. — Sr. HUGO GIL, Rep. U.A.T.R.E.

e. 20/08/2015 N° 136655/15 v. 20/08/2015