MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
Resolución 49/2015
Bs. As., 14/08/2015
VISTO, el expediente N° 1.677.767/15 del registro del MINISTERIO de
TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que en el citado expediente obra Acta N° 3 de fecha 20 de mayo de 2015,
mediante la cual la COMISIÓN ASESORA REGIONAL CENTRO eleva a
consideración de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO, una propuesta
de incremento en las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en
los LAVADEROS DE VERDURAS, en el ámbito de la provincia de CÓRDOBA.
Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido las
representaciones sectoriales en cuanto a la pertinencia del incremento
de las remuneraciones, debe procederse a su determinación.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 89 de la Ley N° 26.727.
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal
ocupado en los LAVADEROS DE VERDURAS en el ámbito de la provincia de
CÓRDOBA, las que tendrán vigencia a partir del 1° de junio de 2015,
hasta el 31 de mayo de 2016, en las condiciones que se consignan en el
Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2° — Las remuneraciones establecidas en la presente mantendrán
su vigencia aún vencido el plazo previsto en el artículo 1°, y hasta
tanto no sean reemplazadas por las fijadas en una nueva Resolución.
ARTÍCULO 3° — Las remuneraciones resultantes de la aplicación de la
presente, serán objeto de los aportes y contribuciones previstas por
las leyes previsionales y asistenciales y de las retenciones por cuotas
sindicales ordinarias cuando así correspondiere.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. ÁLVARO DANIEL RUIZ,
Presidente C.N.T.A. — Dr. ALEJANDRO SENYK, Presidente Alterno C.N.T.A.
— Lic. JUAN PABLO DICOVSKIY, Rep. Ministerio de Economía y Finanzas
Públicas. — Dr. RAUL ROBIN, Rep. C.A.M.E. — Sr. ANDRÉS LAZO, Rep.
F.O.N.A.F. — Sr. JORGE HERRERA, Rep. U.A.T.R.E. — Sr. HUGO GIL, Rep.
U.A.T.R.E.
ANEXO
REMUNERACIONES MÍNIMAS PARA EL PERSONAL OCUPADO EN LAS TAREAS DE
LAVADEROS DE VERDURAS, EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.
e. 20/08/2015 N° 136657/15 v. 20/08/2015