MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución 380/2015

Bs. As., 19/08/2015

VISTO el Expediente N° S05:0011074/2015 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Resolución N° 202 del 28 de mayo de 2015 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° de la Resolución N° 202 del 28 de mayo de 2015 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se convocó al Proceso de Selección para la cobertura del cargo de Director de Centro Regional de Santa Fe Sur, Función Directiva Nivel III, conforme lo previsto en el Artículo 5° Anexo A de la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA, respectivamente.

Que en dicho Anexo se detectó un error involuntario en lo que refiere al N° de Registro de Oferta de Empleo, el que fuera mal consignado, por lo que procede modificar el mismo, conforme lo establecido en el Artículo 101 del Decreto N° 1.759/72 (T.O. 1991), reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por los Artículos 8°, inciso h) y 9°, inciso a) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Rectifícase el Artículo 1° de la Resolución N° 202 del 28 de mayo de 2015 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, por el que a continuación se detalla: “ARTÍCULO 1°.- Convócase al Proceso de Selección para la cobertura del cargo con Registro de Oferta de Empleo N° 819, Director de Centro Regional Santa Fe Sur, Función Directiva Nivel III, en los términos de los Artículos 61 y 62 del Anexo del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del citado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007.”.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Méd. Vet. LUIS ANGEL CARNE, Vicepresidente, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

e. 24/08/2015 N° 137655/15 v. 24/08/2015