Secretaría de Comercio
ACTIVIDAD LECHERA
Resolución 365/2015
Régimen de Recomposición del Pequeño Productor Lechero - Fase 2.0. Prórroga.
Bs. As., 09/09/2015
VISTO el Expediente N° S01:0208708/2015 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Resolución N° 769 de fecha 21 de
agosto de 2015 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución N° 769 de fecha 21 de agosto de 2015 del MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS creó el “Régimen de Recomposición del
Pequeño Productor Lechero - Fase 2.0”, cuyo objetivo es otorgar un
aporte de PESOS CERO COMA TREINTA CENTAVOS ($ 0,30) por litro producido
de leche cruda con destino a su industrialización, a aquellos pequeños
productores que hubieren producido un promedio diario de hasta SEIS MIL
LITROS (6.000 I), calculados en forma mensual para el mes de junio de
2015, pudiendo ser prorrogado mediante resolución de la SECRETARÍA DE
COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS en caso de
verificarse circunstancias que así lo aconsejan.
Que los fundamentos que motivaron al dictado del Régimen precitado
siguen presentes, a lo que se le suma el factor estacional de la
primavera, que es un período difícil para la actividad lechera debido a
que el excedente en la producción debilita comercialmente a toda la
cadena.
Que en miras a promover y proteger esta actividad económica deviene
necesario prorrogar para el mes de julio de 2015, los beneficios
instituidos por la resolución precedentemente mencionada.
Que la prórroga dispuesta tiene como finalidad proteger la actividad
lechera argentina, garantizar el normal abastecimiento del mercado
interno y aumentar el saldo exportable del sector.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Artículo 7° de la Resolución N° 769/15 del MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMERCIO
RESUELVE:
Artículo 1° — Prorrógase para
el mes de julio de 2015 el “Régimen de Recomposición del Pequeño
Productor Lechero - Fase 2.0”, instituido por la Resolución N° 769 de
fecha 21 de agosto de 2015 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS.
Art. 2° — Aquellos
beneficiarios del Régimen precitado serán automáticamente incluidos
para el cálculo del mes de julio de 2015 sin necesidad de efectuar
ningún trámite adicional.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será imputado a los créditos
presupuestarios de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS, Programa 28 “Definición de Políticas de Comercio
Interior”, Fuente de Financiamiento 11 “Tesoro Nacional”, Inciso 5
“Transferencias”.
Art. 4° — La presente resolución tendrá vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Augusto Costa.