Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
SANIDAD ANIMAL
Resolución 422/2015
Resolución N° 38/2015. Prórroga.
Bs. As., 10/09/2015
VISTO el Expediente N° S05:0066180/2014 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, las Leyes Nros. 3.959 y 24.696, las
Resoluciones Nros. 150 del 6 de febrero de 2002, 128 del 16 de marzo de
2012, 38 del 9 de febrero de 2015 y 96 del 13 de marzo de 2015, todas
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente se aprobó la Resolución N° 38 del 9 de
febrero de 2015 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, por la cual se establecen nuevos requisitos sanitarios
en Bruselosis y Tuberculosis Bovina para autorizar los movimientos de
bovinos y bubalinos.
Que por la Resolución N° 96 del 13 de marzo de 2015 del citado Servicio
Nacional se prorrogó, por razones climáticas de público conocimiento,
por el término de CIENTO OCHENTA (180) días corridos a partir de su
fecha de entrada en vigencia la mencionada Resolución N° 38/15.
Que las condiciones climáticas aludidas no han tenido las mejoras
previstas sino que por el contrario las condiciones climáticas
desfavorables se han incrementado en varios distritos del país
principalmente en la Provincia de BUENOS AIRES, donde se han declarado
en emergencia a SESENTA Y CINCO (65) partidos de la misma.
Que dichas circunstancias climáticas desfavorables, alteran las
condiciones necesarias para el adecuado movimiento de animales en las
zonas afectadas y entre dichas zonas y el resto del Territorio
Nacional, afectando a la producción ganadera y dificultando la
movilización de animales en pie.
Que resulta conveniente que la Dirección Nacional de Sanidad Animal,
realice el monitoreo permanente de los sistemas productivos asociados a
las condiciones climáticas en las provincias de aplicación previstas en
la mentada Resolución N° 38/15, que permitan autorizar los movimientos
en las condiciones sanitarias establecidas en la mencionada norma.
Que por lo expuesto se considera conveniente prorrogar por el término
de CIENTO OCHENTA (180) días corridos a partir del 14 de septiembre de
2015 la aplicación de la referida Resolución N° 38/15.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le
compete, no encontrando reparos de índole legal que formular.
Que la suscripta es competente para dictar el presente acto, de
conformidad con las atribuciones conferidas por el Artículo 8°, inciso
f) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su
similar N° 825 del 10 de junio de 2010.
Por ello:
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
Artículo 1° — Se prorroga, por
los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución y
por el término de CIENTO OCHENTA (180) días corridos contados a partir
del 14 de septiembre de 2015, la entrada en vigencia de la Resolución
N° 38 del 9 de febrero de 2015 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Art. 2° — La presente resolución entrara en vigencia a partir del 15 de septiembre de 2015.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Diana M. Guillen.