MINISTERIO DE TURISMO

ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

Resolución 260/2015

Bs. As., 09/09/2015

VISTO el Reglamento General para la Pesca Deportiva Continental Patagónica y las normativas específicas del Anexo para los Parques Nacionales del Sur, correspondientes a la Temporada 2015-2016, cuyas actuaciones han recaído en el Expediente N° 1904/2015, y

CONSIDERANDO:

Que el referido Reglamento, en lo que respecta a sus disposiciones generales así como las diferentes categorías y los valores de los permisos de pesca, han sido consensuados en el ámbito de la Comisión Consultiva Interjurisdiccional de Coordinación de la Pesca Continental Patagónica.

Que dicha Comisión involucra la participación de esta Administración, de los Organismos provinciales de las diferentes provincias de la Patagonia y de asociaciones con injerencia en el tema.

Que en lo que atañe a la reglamentación específica para los Parques Nacionales del Sur, han tomado debida intervención las Intendencias respectivas y la Delegación Regional Patagonia, de acuerdo a lo establecido por Resolución N° 283/2002 del Presidente del Directorio.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección Nacional de Conservación de Áreas Protegidas y las Direcciones de Administración y de Asuntos Jurídicos, esta última mediante Dictamen N° 58.706 (a fs. 44/45).

Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el Artículo 23, incisos f) y w), de la Ley N° 22.351.

Por ello,

EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el Reglamento General para la Pesca Deportiva Continental, Patagónica y el Anexo correspondiente a los Parques Nacionales del Sur, correspondiente a la Temporada 2015-2016, los que, como Anexo I y II forman parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Convalídanse los valores de las estampillas correspondientes a las distintas categorías de los permisos de pesca para la Temporada 2015-2016 que fueran oportunamente consensuados en el ámbito de la Comisión Consultiva Interjurisdiccional y a los que se hace referencia en el Punto 3. del Reglamento General y en el Punto 13. del Anexo de los Parques Nacionales del Sur.

ARTÍCULO 3° — Encomiéndase a la Dirección de Administración la impresión de las estampillas correspondientes a la Temporada 2015-2016 considerando los valores propuestos —debiendo incluirse una estampilla no valorizada—, estimándose las cantidades totales a imprimir de cada categoría, en función de las estadísticas de ventas de permisos de pesca de las últimas temporadas, de la información aportada por la Delegación Regional Patagonia y las Intendencias de los Parques Nacionales Patagónicos.

ARTÍCULO 4° — Tomen conocimiento la Unidad de Auditoría Interna, las Direcciones Nacionales de Interior y de Conservación de Áreas Protegidas, la Dirección General de Coordinación Administrativa y las Direcciones de Aprovechamiento de Recursos, de Asuntos Jurídicos y de Coordinación Operativa. Comuníquese a la Delegación Regional Patagonia y a las Intendencias de los Parques Nacionales Lanín, Lago Puelo, Laguna Blanca, Los Alerces, Los Glaciares, Nahuel Huapi y Tierra del Fuego. Por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones publíquese la presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese y archívese. — Gpque. CARLOS CORVALÁN, Presidente del Directorio. — PAOLA GROSS, Vocal del Directorio. — Arq. ADRIAN STUR, Vocal del Directorio. — Lic. LILIANA SCIOLI, Vocal del Directorio.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 17/09/2015 N° 146514/15 v. 17/09/2015

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)