MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

Resolución 1016/2015

Bs. As., 30/09/2015

VISTO el Expediente N° 4852/2011 del Registro de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES, entonces dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, su Anexo agregado sin acumular, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones del Visto se sustanció la prórroga del Contrato de Concesión de la Terminal Portuaria N° 5 del Puerto BUENOS AIRES a favor de la firma BUENOS AIRES CONTAINER TERMINAL SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA, aprobado por el Decreto N° 1.195 de fecha 19 de julio de 1994, que se plasmó a través del dictado de la Resolución N° 88 de fecha 4 de noviembre de 2011 de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES, entonces dependiente de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que el acto administrativo referenciado fue ratificado por la Resolución N° 249 de fecha 5 de marzo de 2012 del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que en ese marco, quedó prorrogado por el plazo de TREINTA Y SEIS (36) meses el Contrato de Concesión de la Terminal Portuaria N° 5 del Puerto BUENOS AIRES hasta el día 30 de septiembre de 2015, representando esta ampliación un DIECISÉIS COMA SIETE POR CIENTO (16, 7%) del plazo original de la concesión.

Que, asimismo, por la Resolución N° 63 de fecha 22 de julio de 2015 de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, se llamó a Licitación Pública Nacional e Internacional para la concesión de la Terminal Portuaria N° 5 del Puerto BUENOS AIRES por el plazo de CUATRO (4) años, el que regirá a partir de la entrega de la Terminal.

Que, como consecuencia del dictado de la normativa citada, se ha analizado en profundidad la necesidad de arbitrar medidas que garanticen la continuidad de la Terminal N° 5 bajo la gestión de su actual concesionario BUENOS AIRES CONTAINER TERMINAL SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA durante el proceso licitatorio en trámite identificado como Licitación Pública Nacional e Internacional N° 24/2015.

Que en el marco de dicho proceso, la fecha de recepción de ofertas está prevista para el día 14 de octubre próximo, debiendo iniciarse a continuación el análisis de las ofertas que se hubieran presentado.

Que conforme a las previsiones del CAPÍTULO IV - CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS del Pliego de Bases y Condiciones Generales que rige la citada Licitación N° 24/2015, deberá transcurrir un plazo aproximado de CUARENTA Y CINCO (45) días de producida la apertura del Sobre 1 de las Ofertas, al que deberá adicionarse un plazo no menor de VEINTE (20) días más para el supuesto de deducirse impugnaciones a las ofertas clasificadas, las que deberán ser resueltas.

Que a su vez, el CAPITULO V - PREADJUDICACIÓN - ADJUDICACIÓN del mencionado Pliego, establece un plazo de al menos VEINTE (20) días más para proceder a la adjudicación, considerando en el mismo la posibilidad de la presentación de impugnaciones a la preadjudicación que deberán resolverse, en su caso.

Que el Artículo 28 - CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS - FIRMA DEL CONTRATO del mencionado Pliego, otorga TREINTA (30) días más a partir de la notificación al oferente de la adjudicación para la presentación de las garantías requeridas y vencido dicho plazo, un plazo de CINCO (5) días más para la firma del contrato.

Que, a su vez, los Artículos 29 y 30 del precitado Pliego suman TREINTA Y TRES (33) días más para el Replanteo e Inventario, a los cuales podrían adicionarse otros DIEZ (10) días para la entrega de la Terminal, paso que se llevará a cabo previo verificarse el cumplimiento de las obligaciones relativas a la toma de personal conforme el Artículo 16.4 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, lo que bien podría prolongar más este período.

Que el proceso al que se hace referencia en los considerandos precedentes demandará un plazo estimado de CIENTO SESENTA Y TRES (163) días hábiles de gestión administrativa desde el día 14 de octubre de 2015 —fecha de recepción de ofertas— arribando a fines del mes de mayo de 2016.

Que las alternativas posibles fueron oportunamente evaluadas en la Resolución N° 53 de fecha 17 de julio de 2015 de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS por la que se instruyó a los representantes designados en su Artículo 1° para autorizar el llamado a licitación para la concesión de la Terminal Portuaria N° 5 del Puerto BUENOS AIRES como así también para aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Generales y el Pliego de Condiciones Técnicas correspondientes en el marco de la Asamblea General Extraordinaria (Unánime) de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO que fuera celebrada el 17 de julio de 2015.

Que, asimismo, el tercer considerando de dicha resolución, establece que: “...resulta imprescindible mantener la operación de la Terminal Portuaria N° 5 del PUERTO BUENOS AIRES con el objeto de evitar el devenir de consecuencias socioeconómicas de difícil solución, en lo que respecta a la fuente de trabajo directa de empleados y operarios del actual concesionario, y a los ingresos anuales de la mencionada Administración General, ya que el DIECIOCHO POR CIENTO (18%) de los mismos provienen de la nombrada Terminal...”.

Que en esta instancia, se torna indispensable no alterar los fundamentos que dieron lugar al concurso en trato, adoptando medidas que hagan posible la continuidad de operaciones de la Terminal Portuaria hasta tanto el nuevo concesionario que surja del proceso licitatorio se encuentre materialmente en poder de la misma.

Que sustentan lo expuesto, las previsiones del Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Licitación N° 24/2015 de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO que regula el actual llamado a concesión de la Terminal Portuaria N° 5, al prever en su Artículo 31: “El adjudicatario acordará con BUENOS AIRES CONTAINER TERMINAL SERVICES S.A. los criterios vinculados al período de transición, los que deberán contar con la aprobación fehaciente de la AGPSE”.

Que respecto al plazo por el cual debería prorrogarse la actual concesión de la Terminal Portuaria N° 5, deberá ser acorde al tiempo que demande la conclusión del proceso licitatorio respetando, por lo demás, los plazos legales considerados en la prórroga contractual prevista en la Resolución N° 249/12 del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y los antecedentes administrativos que fundamentaron dicha medida.

Que, se estima procedente extender el actual plazo de la concesión de la Terminal Portuaria N° 5 del Puerto BUENOS AIRES hasta el día 15 de mayo de 2016 y desde el 1 de octubre de 2015, señalando que, al respecto, la concesionaria actual BUENOS AIRES CONTAINER TERMINAL SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA ha prestado su expresa conformidad a través de su presentación de fecha 31 de agosto de 2015 que originara el trámite del Expediente N° 3800/2015 del Registro de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES de la SECRETARIA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD de este Ministerio, agregado al expediente citado en el Visto.

Que el plazo previsto en el considerando que antecede, sumado al plazo de TREINTA Y SEIS (36) meses de ampliación de la concesión otorgado mediante la Resolución N° 88/11 de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, respeta y se encuentra dentro del límite cuantitativo establecido como pauta general por las normas de contrataciones del Estado para el ejercicio legítimo por parte de la Administración del “ius variandi” conforme el Artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificaciones, el Artículo 124 del Anexo al Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012 y su modificatorio y los Artículos 30 y 38 de la Ley N° 13.064 de Obras Públicas.

Que la Gerencia Comercial de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, mediante Memorándum N° 46-GC-CyA- 2015 de fecha 31 de agosto de 2015, ha considerado que se torna imprescindible no alterar los fundamentos que dieron lugar al concurso en trato, mediante la adopción de medidas tendientes a posibilitar la continuidad de operaciones de la Terminal hasta tanto el nuevo concesionario que surja del proceso licitatorio se encuentre efectivamente en poder de la misma.

Que la Asesoría Jurídica de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO ha manifestado, en su Dictamen N° 602 AJ/2015 de fecha 11 de septiembre de 2015, que no existe reparo alguno a los fines de sustanciar la medida propiciada en autos, ello en atención al ejercicio de la facultad modificatoria que detenta esa administración en el marco del principio de mutabilidad de los contratos administrativos.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el inciso 58, del Artículo 20 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, lo dispuesto por el Artículo 4° del Decreto N° 1.195 de fecha 19 de julio de 1994 y el Decreto N° 442 de fecha 25 de marzo de 2015.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Prorrógase hasta el 15 de mayo de 2016 la vigencia del Contrato de Concesión de la Terminal Portuaria N° 5 del Puerto BUENOS AIRES con la firma BUENOS AIRES CONTAINER TERMINAL SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA aprobado por el Decreto N° 1.195 de fecha 19 de julio de 1994 y prorrogado por la Resolución N° 88 de fecha 4 de noviembre de 2011 de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS, ratificada por la Resolución N° 249 de fecha 5 de marzo de 2012 del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

ARTÍCULO 2° — A los efectos de lo dispuesto en el artículo precedente, el actual concesionario y quien resultare adjudicatario conforme al proceso de concesión de la Terminal Portuaria N° 5 del Puerto BUENOS AIRES que se sustancia a través de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 24/2015 de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, acordarán, conforme a lo establecido en el Artículo 31 del Pliego de Bases y Condiciones Generales correspondiente a la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 6/1993 un plan para el “Período de Transición” que será aprobado por esa Autoridad de Aplicación de manera tal de posibilitar la continuidad de las operaciones de la Terminal.

ARTÍCULO 3° — Establécese que con excepción de lo dispuesto en el Artículo 1° de la presente medida, todas las cláusulas del Pliego de Bases y Condiciones Generales correspondientes a la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 6/1993 y del Contrato de Concesión se mantendrán vigentes hasta la finalización de la prórroga dispuesta precedentemente.

ARTÍCULO 4° — Notifíquese a través de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO el contenido de la presente resolución a la actual concesionaria de la Terminal Portuaria N° 5 del Puerto BUENOS AIRES, BUENOS AIRES CONTAINER TERMINAL SERVICES SOCIEDAD ANÓNIMA quien dentro del plazo de CUARENTA Y OCHO (48) horas deberá prestar su entera conformidad con la misma, asumiendo la preservación de la fuente laboral y la continuidad de las relaciones laborales en las actuales condiciones durante el período determinado por el Artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.

e. 01/10/2015 N° 152755/15 v. 01/10/2015