AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

Resolución 984/2015

Bs. As., 09/10/2015

VISTO el Expediente N° 3404/2014 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que a través del dictado de la Resolución N° 39-AFSCA/15, prorrogada y modificada por sus similares 225 y 226-AFSCA/15, respectivamente, se llamó a concurso público para la adjudicación a personas físicas y personas de existencia ideal con y sin fines de lucro, de licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de servicios de televisión abierta digital en la norma ISDB-T

Que el procedimiento de los concursos tramitó en el ámbito de esta AUTORIDAD FEDERAL, conforme lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley N° 26.522, elevándose los respectivos proyectos de decreto.

Que mediante los Decretos N° 2107 y 2108 de 7 de octubre de 2015, el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobó los actos de los concursos públicos identificados con los números 3 (TRES) y 4 (CUATRO), convocados para la prestación del referido servicio, en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, destinados al sector con fines de lucro.

Que mediante los decretos citados en el considerando precedente se rechazaron las propuestas concurrentes a los concursos públicos mencionados; por lo que quedaron sin adjudicar las licencias correspondientes a los canales digitales 36.2 y 27.2 de la banda de UHF, respectivamente.

Que como consecuencia del rechazo de las ofertas que concurrieron a los procedimientos de selección referidos, resulta conveniente convocar nuevamente a concurso público.

Que el artículo 32 de la reglamentación de la Ley N° 26.522, aprobada por Decreto N° 1225/10, faculta a esta AUTORIDAD FEDERAL a llamar y sustanciar los concursos públicos para la adjudicación de licencias de servicios de comunicación audiovisual.

Que en virtud de ello, corresponde el dictado del acto administrativo por el cual se llame a concurso público, se apruebe el cronograma de los actos de apertura, y se definan las frecuencias, categorías y demás especificaciones técnicas de los servicios que se concursan.

Que dichos concursos públicos serán regidos por los pliegos de bases y condiciones generales y particulares, aprobados por Resolución N° 39-AFSCA/15, modificada por su similar N° 226-AFSCA/15 y sus circulares aclaratorias Nros. 1 y 2, aprobadas por Resoluciones Nros. 355 y 834-AFSCA/15, respectivamente.

Que a los fines de la evaluación de las ofertas, tomará intervención el jurado oportunamente sorteado ante la ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN, publicado en el Boletín Oficial N° 33.099, el día 31 de Marzo de 2015, en consonancia con lo dispuesto por el artículo 9° de la Resolución Nro. 39-AFSCA/15.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12, inciso 7) de la Ley N° 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Llámase a concurso público a personas físicas y personas de existencia ideal con fines de lucro, para la adjudicación de licencias para la prestación del servicio de televisión abierta digital en la norma ISDB-T en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

El cronograma de los actos de apertura y la localidad, frecuencias, categorías y especificaciones técnicas de los servicios correspondientes a las licencias objeto de este concurso público, se señalan en la planilla que como Anexo A integran la presente.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 11/2016 del Ente Nacional de Comunicaciones B.O. 5/2/2016 se deja sin efecto el llamado a concurso público convocado por la presente Resolución)

ARTICULO 2° — Los concursos públicos convocados por el artículo 1° se regirán por los pliegos de bases y condiciones generales y particulares aprobados por la Resolución N° 39-AFSCA/15, modificada por su similar 226-AFSCA/15 y sus circulares aclaratorias Nros. 1 y 2, aprobadas por Resoluciones Nros. 355 y 834-AFSCA/15, respectivamente.

ARTICULO 3° — Las ofertas deberán ser presentadas en un paquete cerrado, en la fecha establecida en el cronograma contenido en el Anexo A de la presente, dentro de las DOS (2) horas anteriores y hasta la hora fijada para la apertura del respectivo concurso. A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas no podrán recibirse otras, aún cuando el acto de apertura no se haya iniciado.

ARTICULO 4° — El pliego de bases y condiciones generales y particulares podrá ser retirado, previa adquisición del mismo en la sede de esta AUTORIDAD FEDERAL, sita en la calle Suipacha N° 765, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en el horario de 10:00 a 13:00 horas y de 14:00 a 16:00 horas, con la boleta de depósito sellada por el Banco y acompañando copia de la misma.

ARTICULO 5° — El jurado que entenderá en la evaluación de las ofertas que se presenten en el marco del concurso que se convoca, se encuentra integrado por:

• JURADO TITULAR 1: CALICCHIO, Pascual Ignacio, DNI N° 21.086.615

• JURADO TITULAR 2: MATA, María Cristina, DNI N° 5.467.212

• JURADO TITULAR 3: BAEZA, Mónica Fabiana, DNI Nº 25.137.893

• JURADO SUPLENTE 1: GONZALEZ, Leonardo Julio, DNI N° 23.615.311

• JURADO SUPLENTE 2: ZUVIRIA, JORGE de, DNI N° 10.088.999

• JURADO SUPLENTE 3: MONTEIRO, Ramón, DNI N° 14.624.584

ARTICULO 6° — Las personas físicas y jurídicas oferentes que se hayan presentado a los concursos públicos identificados con los números 3 (TRES) y 4 (CUATRO), convocados por la Resolución N° 39-AFSCA/15, modificada y prorrogada por sus similares números 225 y 226-AFSCA/15 y no hubieren resultado adjudicatarias en dichos procedimientos de selección, quedarán exentas del pago del pliego para participar en los concursos públicos que por la presente se convocan.

ARTICULO 7° — Regístrese, comuníquese a la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

ANEXO A

CONCURSO NRO. CIUDAD CANTIDAD DE LICENCIAS MODALIDAD SECTOR FORMATO DE SERVICIO TASA DE TRANSMISIÓN UBICACIÓN ÁREA DE COBERTURA RESTRICCIONES DE RADIACIÓN CAT. CANAL DIGITAL PLIEGO VALOR SECTOR CON FINES DE LUCRO FECHA Y HORARIO DE APERTURA LUGAR
AMBA
83 AMBA 1 LICENCIATARIO CON FINES DE LUCRO HD 720 Hasta 6,5 Mbits/s CABA AMBA
B 36,2 $ 500.000 13/11/2015 10:00 HORAS AFSCA SUIPACHA Nro. 765 6º piso contra frente - C.A.B.A.
84 AMBA 1 LICENCIATARIO CON FINES DE LUCRO SD 576 Hasta 3,5 Mbits/s CABA AMBA
B 27,2 $ 250.000 13/11/2015 11:00 HORAS

e. 13/10/2015 N° 155977/15 v. 13/10/2015