MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE EMPLEO
Resolución 3008/2015
Bs. As., 22/10/2015
VISTO el Expediente N° 1.600.227/2013 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Resolución del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 858 del 25 de agosto de 2014, la
Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1.726 del 26 de junio de 2015,
y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL N° 858/2014 se creó el PROGRAMA INTERCOSECHA, el que
tiene por objeto asistir en todo el territorio nacional a las
trabajadoras y los trabajadores temporarios del sector agrario y
agroindustrial que se encuentren inactivos durante el periodo entre
cosechas del o de los cultivos en los que se ocupan, promoviendo la
mejora de sus condiciones de empleabilidad y de inserción laboral.
Que el PROGRAMA INTERCOSECHA prevé, para sus destinatarios, la
asignación de una ayuda económica no remunerativa mensual durante el
receso estacional de su actividad laboral; el acceso a los cursos y/o
acciones de formación previstos por el PLAN DE FORMACIÓN CONTINUA, a
las ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO, al PROGRAMA DE INSERCIÓN
LABORAL, al PROGRAMA DE EMPLEO INDEPENDIENTE y ENTRAMADOS PRODUCTIVOS
LOCALES y a otros programas o acciones de empleo implementados por el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y facilidades para
movilizarse hacia otras regiones del territorio nacional durante la
contratemporada con el fin de insertarse en empleos relacionados con
otros cultivos.
Que la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
N° 858/2014 puso en cabeza de esta Secretaría la determinación de las
actividades agrarias o agroindustriales, zonas geográficas y períodos
de aplicación del PROGRAMA INTERCOSECHA y la reglamentación de su
implementación.
Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1.726/2015, se
reglamentó el PROGRAMA INTERCOSECHA, estableciéndose en su ANEXO las
actividades agrarias o agroindustriales y las provincias y meses en los
que será de aplicación.
Que en atención a solicitudes recibidas de los actores intervinientes
en la ejecución del PROGRAMA INTERCOSECHA, evaluadas favorablemente y
refrendadas por la Coordinación de Empleo Rural y la Dirección Nacional
de Promoción del Empleo, resulta pertinente: 1) incorporar dentro del
ámbito de aplicación del PROGRAMA INTERCOSECHA a la actividad de
industrialización de tomates y frutas para la Provincia de RÍO NEGRO y
2) ampliar el período de intercosecha previsto en el ANEXO de la
Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1.726/2015 para la actividad
de citrus en la Provincia de TUCUMÁN hasta el mes de marzo de cada año.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 7° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL N° 858/2014.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPLEO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el ANEXO de la Resolución de la SECRETARÍA DE
EMPLEO N° 1.726/2015 por el ANEXO que forma parte integrante de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Lic. MATIAS BARROETAVEÑA, Secretario de
Empleo, M.T.E. y S.S.
ANEXO
PROGRAMA INTERCOSECHA
ÁMBITO DE APLICACIÓN
e. 12/11/2015 N° 165583/15 v. 12/11/2015