MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE EMPLEO

Resolución 3008/2015

Bs. As., 22/10/2015

VISTO el Expediente N° 1.600.227/2013 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 858 del 25 de agosto de 2014, la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1.726 del 26 de junio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 858/2014 se creó el PROGRAMA INTERCOSECHA, el que tiene por objeto asistir en todo el territorio nacional a las trabajadoras y los trabajadores temporarios del sector agrario y agroindustrial que se encuentren inactivos durante el periodo entre cosechas del o de los cultivos en los que se ocupan, promoviendo la mejora de sus condiciones de empleabilidad y de inserción laboral.

Que el PROGRAMA INTERCOSECHA prevé, para sus destinatarios, la asignación de una ayuda económica no remunerativa mensual durante el receso estacional de su actividad laboral; el acceso a los cursos y/o acciones de formación previstos por el PLAN DE FORMACIÓN CONTINUA, a las ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO, al PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL, al PROGRAMA DE EMPLEO INDEPENDIENTE y ENTRAMADOS PRODUCTIVOS LOCALES y a otros programas o acciones de empleo implementados por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y facilidades para movilizarse hacia otras regiones del territorio nacional durante la contratemporada con el fin de insertarse en empleos relacionados con otros cultivos.

Que la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 858/2014 puso en cabeza de esta Secretaría la determinación de las actividades agrarias o agroindustriales, zonas geográficas y períodos de aplicación del PROGRAMA INTERCOSECHA y la reglamentación de su implementación.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1.726/2015, se reglamentó el PROGRAMA INTERCOSECHA, estableciéndose en su ANEXO las actividades agrarias o agroindustriales y las provincias y meses en los que será de aplicación.

Que en atención a solicitudes recibidas de los actores intervinientes en la ejecución del PROGRAMA INTERCOSECHA, evaluadas favorablemente y refrendadas por la Coordinación de Empleo Rural y la Dirección Nacional de Promoción del Empleo, resulta pertinente: 1) incorporar dentro del ámbito de aplicación del PROGRAMA INTERCOSECHA a la actividad de industrialización de tomates y frutas para la Provincia de RÍO NEGRO y 2) ampliar el período de intercosecha previsto en el ANEXO de la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1.726/2015 para la actividad de citrus en la Provincia de TUCUMÁN hasta el mes de marzo de cada año.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 858/2014.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el ANEXO de la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1.726/2015 por el ANEXO que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. MATIAS BARROETAVEÑA, Secretario de Empleo, M.T.E. y S.S.

ANEXO

PROGRAMA INTERCOSECHA

ÁMBITO DE APLICACIÓN



e. 12/11/2015 N° 165583/15 v. 12/11/2015