MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 252/2015
Desígnase Secretaria de Ética Pública, Transparencia y Lucha contra la Corrupción.
Bs. As., 24/12/2015
VISTO la Ley N° 25.233, los Decretos Nros. 102 del 23 de diciembre de 1999 y 226 del 22 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 13 de la Ley N° 25.233 se creó la OFICINA
ANTICORRUPCION en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS, la que tiene a su cargo la elaboración y coordinación de
programas de lucha contra la corrupción en el sector público nacional.
Que el artículo 1° del Decreto N° 226/15 sustituyó el artículo 6° del
Decreto N° 102/99 y estableció que la conducción, representación y
administración de la OFICINA ANTICORRUPCION será ejercida por el
Secretario de Ética Pública, Transparencia y Lucha contra la
Corrupción, quien será nombrado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, con
rango y jerarquía de Secretario.
Que el artículo 7° del Decreto N° 102/99, texto según el artículo 2°
del Decreto N° 226/15, establece que el Secretario de Ética Pública,
Transparencia y Lucha contra la Corrupción deberá poseer título
universitario, sólida formación académica, antecedentes profesionales
calificados en derecho, ciencias sociales o economía y una reconocida
trayectoria democrática y republicana.
Que la licenciada Laura ALONSO (D.N.I. N° 23.120.537) cumple
acabadamente con los requisitos para ser designada titular de la
OFICINA ANTICORRUPCION, de acuerdo con sus antecedentes académicos,
profesionales y laborales.
Que por lo expuesto, resulta procedente designar a la licenciada Laura
ALONSO como Secretaria de Ética Pública, Transparencia y Lucha contra
la Corrupción.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 99, incisos 1 y 7, de la CONSTITUCION NACIONAL y en virtud de
lo establecido por el Decreto N° 226/15.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase a la
licenciada Laura ALONSO (D.N.I. N° 23.120.537) como Secretaria de Ética
Pública, Transparencia y Lucha contra la Corrupción, a cargo de la
OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Germán C. Garavano.