MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
Decreto 257/2016
Desígnase Interventor del Yacimiento
Carbonífero de Río Turbio y de los Servicios Ferroportuarios con
Terminales en Punta Loyola y Río Gallegos.
Bs. As., 26/01/2016
VISTO el Expediente N° S01:0002748/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.258 de fecha 7 de septiembre de 2010 se designó
al señor D. Atanacio PÉREZ OSUNA (M.I. N° 12.125.681) en el cargo de
Interventor del YACIMIENTO CARBONÍFERO DE RÍO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS
FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RÍO GALLEGOS de la
Provincia de SANTA CRUZ, el que funciona en el ámbito de la SECRETARÍA
DE MINERÍA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que el señor D. Atanacio PÉREZ OSUNA presentó su renuncia, la cual ha sido oportunamente aceptada.
Que en tales condiciones, resulta necesario designar un nuevo Interventor del mencionado Yacimiento.
Que el señor D. Omar Faruk ZEIDAN (M.I. N° 25.300.836) reúne las
condiciones y la experiencia necesarias para desempeñar el cargo
aludido.
Que asimismo, en ocasión de disponerse la intervención original del
YACIMIENTO CARBONÍFERO DE RÍO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS
CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RÍO GALLEGOS de la Provincia de SANTA
CRUZ, mediante el Decreto N° 1.034 de fecha 14 de junio de 2002, se
instruyó al Interventor a realizar una auditoría integral sobre el
estado del complejo carbonífero, incluyendo el estado de los bienes y
del inventario recibido en aquella oportunidad.
Que en atención al tiempo transcurrido desde dicha instrucción, resulta
oportuno llevar a cabo una nueva auditoría integral, con el objetivo de
actualizar el estado de situación y poner en conocimiento a las
autoridades competentes, el resultado de la misma.
Que, por otra parte, mediante la Resolución N° 1.866 de fecha 23 de
noviembre de 2006 del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN
PÚBLICA Y SERVICIOS, se delegaron en la SECRETARÍA DE MINERÍA las
facultades de autorizar la convocatoria a Licitación Pública Nacional e
Internacional para suscribir el contrato de Obra Pública referente a la
Obra: “CONSTRUCCIÓN, BAJO LA MODALIDAD LLAVE EN MANO, DE UNA (1)
CENTRAL TERMOELÉCTRICA A CARBÓN” a instalarse en la Ciudad de RÍO
TURBIO, Provincia de SANTA CRUZ.
Que a través de la Resolución N° 103 de fecha 6 de diciembre de 2007 de
la ex SECRETARÍA DE MINERÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,
INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se adjudicó la Licitación Pública
Nacional e Internacional N° 12/06, referente a la obra mencionada, a la
firma GRUPO ISOLUX CORSAN SOCIEDAD ANÓNIMA - ISOLUX INGENIERÍA SOCIEDAD
ANÓNIMA - TECNA ESTUDIOS Y PROYECTOS DE INGENIERÍA SOCIEDAD ANÓNIMA -
GHESA INGENIERÍA Y TECNOLOGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA (UNIÓN TRANSITORIA DE
EMPRESAS).
Que con fecha 14 de diciembre de 2007 se suscribió el respectivo
Contrato de Obra Pública por un monto de PESOS DOS MIL NOVENTA Y CUATRO
MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL ($ 2.094.630.000) sin impuestos, con
un plazo de ejecución de CUARENTA Y DOS (42) meses.
Que por distintas resoluciones de la ex SECRETARÍA DE MINERÍA del ex
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se
aprobaron modificaciones en el plazo de ejecución antes referido, así
como ciertas variantes de obra, las que determinaron un incremento del
monto contractual.
Que atento la importancia y magnitud de la obra mencionada, resulta
también oportuno establecer su inclusión en el objeto de la auditoría
integral que por el presente decreto se instruye llevar a cabo al señor
Interventor.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA
Y MINERÍA, ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase al
señor D. Omar Faruk ZEIDAN (M.I. N° 25.300.836) en el cargo de
Interventor del YACIMIENTO CARBONÍFERO DE RÍO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS
FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RÍO GALLEGOS de la
Provincia de SANTA CRUZ, el que funciona en el ámbito de la SECRETARÍA
DE MINERÍA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, con rango y jerarquía
de Secretario.
Art. 2° — Instrúyese al
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA para que encomiende al señor
Interventor la realización de una auditoría integral respecto del
YACIMIENTO CARBONÍFERO DE RIO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS
CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RIO GALLEGOS de la Provincia de SANTA
CRUZ y de la Obra: “CONSTRUCCION, BAJO LA MODALIDAD LLAVE EN MANO, DE
UNA (1) CENTRAL TERMOELECTRICA A CARBON”, instalada en la Ciudad de RIO
TURBIO, Provincia de SANTA CRUZ, incluyendo las variantes que a su
respecto se hubiesen dispuesto, de conformidad con las pautas, las
indicaciones y los requerimientos que, en el marco normativo vigente y
las competencias correspondientes al cargo, oportunamente determine el
citado Ministerio.
Los resultados finales de la auditoría deberán ser presentados al
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA dentro de los CIENTO VEINTE (120) días
a contar desde la fecha de publicación del presente decreto.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Juan José Aranguren.