ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Decreto 258/2016
Designaciones.
Bs. As., 26/01/2016
VISTO el Expediente N° S01:0013167/2016 del Registro del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA, la Ley N° 24.065 y su reglamentación aprobada por
Decreto N° 1.398 de fecha 6 de agosto de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 25 de noviembre de 2015 han presentado la renuncia ante
el ex MINISTRO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS
el Ingeniero Químico D. Luis Miguel BARLETTA (M.I. N° 8.501.361) al
cargo de Vicepresidente, el Licenciado D. Federico BASUALDO RICHARDS
(M.I. N° 18.800.587) al cargo de Vocal Primero, el Doctor D. Enrique
Gustavo CARDESA (M.I. N° 12.070.583) al cargo de Vocal Segundo y la
Licenciada Da. Valeria MARTOFEL (M.I. N° 26.873.957) al cargo de Vocal
Tercero, todos ellos del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE), la que fue aceptada a partir del 10 de diciembre
de 2015, por Resolución N° 805 de fecha 30 de noviembre de 2015 del ex
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
Que dada la índole de las funciones a cargo del mencionado organismo,
resulta imprescindible tomar medidas urgentes tendientes a posibilitar
el funcionamiento del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)
con el objeto de asegurar el ejercicio de la función regulatoria y de
contralor de servicios públicos y garantizar a la población el debido
resguardo de sus intereses.
Que, en función de ello, resulta imprescindible proceder a designar los
cargos vacantes del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE), a efectos que dicho organismo cuente con el quorum
necesario para la toma de decisiones.
Que el Artículo 58 de la Ley N° 24.065 y su reglamentación aprobada por
Decreto N° 1.398 de fecha 6 de agosto de 1992, expresamente dispone que
el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)
estará integrado por CINCO (5) miembros, los que deberán ser elegidos a
través de un procedimiento de selección por Convocatoria Abierta, entre
profesionales que cuenten con los antecedentes curriculares necesarios
para su desempeño.
Que el mismo Artículo 58 de la Ley N° 24.065 dispone que DOS (2) de los
Directores del ENRE deben ser designados a propuesta del CONSEJO
FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA, debiendo cumplirse para ello con el
procedimiento establecido en la reglamentación del Artículo 58 de la
Ley N° 24.065 aprobada por el Decreto N° 1.398 de fecha 6 de agosto de
1992 y sus modificatorias.
Que el CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA, en la Reunión Plenaria
Ordinaria N° 117 efectuada en la Ciudad de San Salvador de Jujuy,
Provincia de JUJUY, el día 21 de agosto de 2008, seleccionó una Terna
de Candidatos Elegibles para ocupar el cargo de Vocal Segundo del
Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), de
acuerdo al procedimiento establecido por la Resolución del COMITÉ
EJECUTIVO del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA N° 328 de fecha 4
de marzo de 1998, modificada por la Resolución N° 2 de fecha 24 de
abril de 2008 de dicho COMITÉ.
Que la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN
FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, seleccionó al Ingeniero D.
Ricardo Alejandro MARTÍNEZ LEONE (M.I. N° 10.378.337), integrante de la
Terna de Candidatos Elegibles elevada oportunamente por el CONSEJO
FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA, para ocupar el cargo de Vocal Segundo
del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE),
situación que fue tenida en cuenta por el Decreto N° 54 de fecha 16 de
enero de 2014 cuando procedió a designar a dicho profesional como
Presidente del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE).
Que en consideración de tales antecedentes y el destacado desempeño de
dicho profesional a lo largo de ONCE (11) años en el Directorio del
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), se estima necesario
que el Ingeniero D. Ricardo Alejandro MARTÍNEZ LEONE (M.I. N°
10.378.337) continúe en el ejercicio de la Presidencia del Directorio
del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) hasta que el
PODER EJECUTIVO NACIONAL proceda a designar como integrantes del
Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) a los
profesionales que resulten elegidos en el proceso de selección que se
realice en los términos de los Artículos 58 y 59 de la Ley N° 24.065 y
su reglamentación aprobada por Decreto N° 1.398 de fecha 6 de agosto de
1992.
Que el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha propuesto para integrar el
Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) a la
Doctora Da. Marta Irene ROSCARDI (M.I. N° 6.372.066), en calidad de
Vicepresidente, al Contador D. Juan Antonio GARADE (M.I. N°
12.212.700), como Vocal Segundo y al Ingeniero D. Ricardo Héctor
SERICANO (M.I. N° 5.407.407), como Vocal Tercero, quedando pendiente la
postulación del director que ocupará el cargo de Vocal Primero.
Que los profesionales propuestos por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y
MINERÍA, reúnen los requisitos necesarios para su designación, conforme
lo acreditan sus destacados antecedentes técnicos y profesionales en el
sector eléctrico, no encontrándose alcanzados por las
incompatibilidades establecidas por los Artículos 59 y 60 de la Ley N°
24.065.
Que tales designaciones permiten integrar provisoriamente el directorio
a cargo del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) con un
equipo profesional interdisciplinario que reúne capacidad, solvencia
profesional y experiencia a efectos de garantizar el debido
funcionamiento del organismo hasta tanto se cumpla con el procedimiento
de designación previsto en el Artículo 58 de la Ley N° 24.065.
Que, sin perjuicio de ello, a efectos de cumplir con los criterios
establecidos por ley para la designación de los integrantes del
Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE),
resulta necesario instruir al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA a llevar
a cabo los actos necesarios para poner en práctica el proceso de
Convocatoria Abierta reglado por el Artículo 58 de la Ley N° 24.065 y
su reglamentación aprobada por el Decreto N° 1.398 de fecha 6 de agosto
de 1992.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA
Y MINERÍA, ha tomado la intervención que le compete.
Que la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el
Artículo 58 de la Ley N° 24.065.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Ratifícase la
designación del Ingeniero D. Ricardo Alejandro MARTÍNEZ LEONE (D.N.I.
N° 10.378.337) en el cargo de Presidente del Directorio del ENTE
NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo autárquico en
el ámbito del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, para el que fuera
designado por Decreto N° 54 del 16 de enero de 2014.
Art. 2° — Desígnase a partir
del 10 de diciembre de 2015 como Vicepresidente del Directorio del ENTE
NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) a la Doctora Da. Marta
Irene ROSCARDI (M.I. N° 6.372.066).
Art. 3° — Desígnase a partir
del 10 de diciembre de 2015 como Vocal Segundo del Directorio del ENTE
NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) al Contador D. Juan
Antonio GARADE (M.I. N° 12.212.700).
Art. 4° — Desígnase a partir
del 10 de diciembre de 2015 como Vocal Tercero del Directorio del ENTE
NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) al Ingeniero D. Ricardo
Héctor SERICANO (M.I. N° 5.407.407).
Art. 5° — Las designaciones que
se efectúan por los artículos precedentes tendrán vigencia hasta que el
PODER EJECUTIVO NACIONAL proceda a designar a los profesionales que
resulten elegidos como resultado de la aplicación del Procedimiento de
Convocatoria Abierta que se lleve a cabo para su selección en los
términos del Artículo 58 de la Ley N° 24.065 y su reglamentación
aprobada por el Decreto N° 1.398 de fecha 6 de agosto de 1992, no
inhibiendo a los profesionales designados a su presentación en dicha
Convocatoria Abierta.
Art. 6° — Instrúyase al
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA a llevar a cabo los actos necesarios
para poner en práctica el proceso de Convocatoria Abierta para la
selección de los integrantes del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR
DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), en los términos del Artículo 58 de la Ley N°
24.065 y su reglamentación aprobada por el Decreto N° 1.398 de fecha 6
de agosto de 1992 y a elevar oportunamente las propuestas de
designación para los cargos cuya postulación corresponde al MINISTERIO
DE ENERGÍA Y MINERÍA juntamente con las que surjan a propuesta del
CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA.
Art. 7° — Notifíquese a la
COMISIÓN BICAMERAL del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN a los fines
previstos en el Artículo 59 de la Ley N° 24.065.
Art. 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Juan José Aranguren.