MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Resolución 9/2016
Bs. As., 03/03/2016
VISTO el Expediente N° S01:0036610/2016 del Registro del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, la Ley N° 25.300, la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, los Decretos Nros. 1.074 de
fecha 24 de agosto de 2001, 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus
modificaciones, 140 de fecha 21 de diciembre de 2007, 1.253 de fecha 14
de septiembre de 2009 y 205 de fecha 8 de febrero de 2013, y la
Resolución N° 551 de fecha 23 de mayo de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE
INDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se
sustituyó el Artículo 1° de la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, creando el MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN.
Que el Artículo 5° del referido decreto sustituye, entre otros, el
Artículo 20 bis de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N°
438/92) y sus modificaciones, atribuyéndole competencias al Ministerio
citado precedentemente.
Que a través del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus
modificaciones, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, asignándole a la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES
Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del citado Ministerio, competencia en
la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de
las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y sus normas complementarias, y de las
normas dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de
Aplicación.
Que mediante el Artículo 2° del Título II de la Ley N° 25.300 se creó
el Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana
Empresa (Fonapyme), cuyo objeto es realizar aportes de capital y
brindar financiamiento a mediano y largo plazo para inversiones
productivas a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y formas
asociativas comprendidas en el Artículo 1° de la citada ley.
Que el Artículo 5° de la Ley N° 25.300 estableció que la elegibilidad
de las inversiones a financiar con recursos del Fondo Nacional de
Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme) estará a
cargo de un comité de inversiones, cuyos miembros serán designados por
el PODER EJECUTIVO NACIONAL, determinando también que la selección y
aprobación de proyectos deberá efectuarse mediante concursos públicos.
Que el Decreto N° 1.074 de fecha 24 de agosto de 2001 reglamentó la Ley
N° 25.300 estableciendo las condiciones bajo las cuales se constituirá
el mencionado Fondo Nacional y regulando el funcionamiento del Comité
de Inversiones.
Que el segundo párrafo del Artículo 4° de la Ley N° 25.300 establece
que podrán además suscribir certificados de participación del Fondo
Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
(Fonapyme), organismos internacionales, entidades públicas y privadas
nacionales o extranjeras, gobiernos provinciales o municipales, en la
medida en que adhieran a los términos generales del fideicomiso
instituido por el Artículo 3° de dicha ley.
Que por el Decreto N° 140 de fecha 21 de diciembre de 2007 se declaró
de interés y prioridad nacional el uso racional y eficiente de la
energía, aprobándose los lineamientos del PROGRAMA NACIONAL DE USO
RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGÍA (PRONUREE), destinado a contribuir y
mejorar la eficiencia energética de los distintos sectores consumidores
de energía.
Que mediante el Decreto N° 1.253 de fecha 14 de septiembre de 2009 se
aprobó el Modelo de Convenio de Donación N° TF092377 para la asistencia
financiera del PROYECTO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA.
Que se realizó una Primera Carta Enmienda y Reestructuración al
Convenio de Donación N° TF092377 del PROYECTO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA,
no constituyendo cambios sustanciales al destino de los fondos de
donación, que tiene por objeto el desarrollo y capitalización del FONDO
ARGENTINO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA, cuyo fin es permitir a las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas llevar adelante inversiones en proyectos
de eficiencia energética.
Que mediante la Resolución N° 551 de fecha 23 de mayo de 2014 de la ex
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex
MINISTERIO DE INDUSTRIA se aprobó el Modelo de Convenio para el Fondo
del Plan de Eficiencia Energética para Pequeñas y Medianas Empresas de
la REPÚBLICA ARGENTINA a suscribir entre la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA
del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y
SERVICIOS, la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y el BANCO DE LA
NACIÓN ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que dicho Convenio fue suscripto por las partes con fecha 24 de junio de 2014.
Que mediante el Artículo 12, siguientes y concordantes, del Decreto N°
1.074/01 se reglamentó la integración, funciones y atribuciones del
Comité de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro,
Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme).
Que el Artículo 2° del Decreto N° 1.074/01 determinó que los proyectos
susceptibles de recibir aportes del Fondo Nacional de Desarrollo para
la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme), serán aquellos
presentados por las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas existentes, o a
ser creadas en el marco de dichos proyectos, o por formas asociativas
constituidas exclusivamente por éstas.
Que el Decreto N° 1.074/01 en sus Artículos 6°, 7° y 8° dispone que la
Autoridad de Aplicación establecerá, los criterios y mecanismos a
seguir para calificar los proyectos de inversión que se presenten, los
que deberán ser conocidos públicamente con anterioridad a la
convocatoria para su presentación; establecerá los montos máximos para
la financiación de proyectos, procurando evitar la excesiva
concentración de la asistencia financiera en un reducido número de
empresas; e instrumentará mecanismos operativos para fomentar y asistir
a las empresas en la presentación de proyectos.
Que el Artículo 14, inciso b) del Decreto N° 1.074/01 faculta al Comité
de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña
y Mediana Empresa (Fonapyme) a efectuar llamados a concurso público
para la presentación de proyectos, estimando oportuno en este caso
apoyar inversiones de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
manufactureras, transformadoras de productos industriales, prestadoras
de servicios industriales, agroindustriales, del sector de la
construcción, mineras y turismo, orientados a incrementar la capacidad
y/o eficiencia en los procesos vinculados con la generación de valor de
la empresa.
Que según refleja el Acta N° 414, correspondiente a la reunión
celebrada el día 26 de febrero de 2016, el Comité de Inversiones
consideró apropiado convocar a un nuevo llamado a concurso público y
fijar como fechas de cierre para la presentación de proyectos los días
31 de marzo de 2016, 29 de abril de 2016, 31 de mayo de 2016 y 30 de
junio de 2016.
Que en el acta enunciada precedentemente se fijaron las condiciones de
los créditos a otorgar en lo que se refiere a plazos, montos a otorgar
y tasas de interés.
Que por su parte, se presentan las “Bases y Condiciones para el Llamado
a Concurso Público de Proyectos -FAEE IV”, que como Anexo forma parte
integrante de la presente medida.
Que los respectivos “Formularios de Presentación de Proyectos” podrán
ser obtenidos a través de las dependencias pertinentes de la SECRETARÍA
DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, por intermedio de los mecanismos informáticos disponibles.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas
por la Ley N° 25.300 y los Decretos Nros. 1.074/01 y 357/02 y sus
modificaciones.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Convócase al Llamado a Concurso Público - FAEE IV para la
presentación de proyectos a realizarse en el marco del Fondo Nacional
de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme) para
las empresas manufactureras y transformadoras de productos
industriales, prestadoras de servicios industriales, agroindustriales,
del sector de la construcción, mineras y turismo. Los proyectos serán
recibidos a partir de la publicación de la presente medida en el
Boletín Oficial, mientras que los cierres operarán los días 31 de marzo
de 2016, 29 de abril de 2016, 31 de mayo de 2016 y 30 de junio de 2016.
ARTÍCULO 2° — Apruébanse las “Bases y Condiciones para el Llamado a
Concurso Público de Proyectos - FAEE IV” que como Anexo, con QUINCE
(15) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3° — Difúndase la información concerniente al Llamado a
Concurso Público - FAEE IV para la presentación de proyectos, a través
de las dependencias pertinentes de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, por
intermedio de los mecanismos informáticos disponibles.
ARTÍCULO 4° — Invítase a todas las jurisdicciones del Territorio
Nacional a colaborar con la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA en la difusión de la presente medida, a través de las
unidades competentes en la materia en cada jurisdicción.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. MARIANO MAYER, Secretario
Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 08/03/2016 N° 12767/16 v. 08/03/2016
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)