y
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución Conjunta 16 - E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 16/01/2017
VISTO: el Expediente Nº CUDAP: EXP-S01: 0463055/2016 del Registro del
Ministerio de Modernización, la Ley Marco de Regulación de Empleo
Público Nacional N° 25.164, la Ley Nº 22.351 de Parques Nacionales,
Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, los Decretos Nros. 1.455 de
fecha 3 de septiembre de 1987, reglamentario del Artículo 33 de la Ley
N° 22.351 y aprobatorio del Reglamento y Escalafón del Cuerpo de
Guardaparques Nacionales y sus modificatorios, 1.421 de fecha 8 de
agosto de 2002, reglamentario de la Ley N° 25.164, 56 de fecha 23 de
enero de 2006 y 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, la Resolución
Conjunta de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABIENETE DE MINISTROS N° 102 y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
N° 2 de fecha 1º de septiembre de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 44 del Anexo IV al Decreto N° 1.455/87 se establece
que el ingreso al Agrupamiento Guardaparques del Cuerpo de
Guardaparques Nacionales se producirá por la Categoría G-2, una vez
aprobado el Curso para Aspirantes a Guardaparques Nacionales, conforme
el orden de mérito del egreso del curso y en adecuación al número de
vacantes disponibles.
Que la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, por iniciativa de su
Directorio, ha propuesto una modificación en la currícula
teórico-práctica (Plan de Estudios) aprobada por la Resolución Conjunta
de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS N° 102 y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES N° 2 de
fecha 1º de septiembre de 2011, en virtud del proceso de crecimiento,
fortalecimiento y desarrollo de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que dicha modificación se sustenta asimismo en la aprobación del nuevo
“REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO AL AGRUPAMIENTO GUARDAPARQUES
DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES” mediante Resolución de Firma
Conjunta del Presidente del Directorio de la Administración de Parques
Nacionales y del Ministro de Modernización N° 382-APN - D#APNAC de
fecha 14 de diciembre de 2016.
Que previo a efectuar la convocatoria y el llamado a inscripción para
la cobertura de vacantes, el titular del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y
el titular de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, deben aprobar de
manera conjunta la nueva currícula teórico-práctica.
Que la propuesta efectuada por la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES,
asegura acabadamente la formación y capacitación de los aspirantes y
fortalece los lazos con la Comunidad Académica en su conjunto.
Que han tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico
permanente de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES y del MINISTERIO
DE MODERNIZACIÓN.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
los Artículos 7º del Decreto 1.455/87 y 8º del Anexo I al Decreto Nº
1.421/2002 y y en razón de las competencias otorgadas al Ministerio de
Modernización a través del inciso 9° del artículo 23 octies del Decreto
de Necesidad y Urgencia N° 13/15.
Por ello,
EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN
Y
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º — Apruébase la nueva Currícula Teórico Práctica (Plan de
Estudios) del CURSO DE HABILITACIÓN PARA GUARDAPARQUE ASISTENTE, que
como Anexo IF-2017-00609950-APN-APNAC#MAD, forma parte integrante de la
presente.
ARTÍCULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Andrés Horacio Ibarra. — Eugenio
Indalecio Breard.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 25/01/2017 N° 4269/17 v. 25/01/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)