PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA DE DEPORTES
Resolución 128/2018
Ciudad de Buenos Aires, 26/04/2018
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2018-10578430- -APN-DDMYA#SGP, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante nota de fecha 17 de noviembre de 2017, obrante en el
expediente citado en el Visto, el Director General de la AGENCIA
MUNDIAL ANTIDOPAJE (A.M.A.) –fundación de derecho suizo con sede en
Montreal, CANADÁ- informó a esta Secretaría que los miembros del Comité
Ejecutivo y del Consejo de Fundación aprobaron el presupuesto 2018 para
la región de América, el cual asciende a la suma de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL
NOVECIENTOS DIEZ (US$ 4.654.910.-).
Que, el artículo 5 del estatuto de la AGENCIA MUNDIAL ANTIDOPAJE
(A.M.A.) prevé que los recursos de dicha entidad consistirán, además
del aporte inicial, en “cualquier otra aportación, donación, legado y
cualquier otra forma de prestación o subvención de cualquier persona
física o jurídica así como de cualquier organización
intergubernamental, gobiernos, autoridades públicas y otros organismos
públicos y privados”.
Que, a través de la Declaración de Copenhague sobre Antidopaje en el
Deporte, los gobiernos y el movimiento olímpico acordaron que las
autoridades públicas contribuirán colectivamente con el CINCUENTA POR
CIENTO (50 %) del presupuesto anual básico de la mencionada agencia.
Que, la ex SECRETARÍA DE TURISMO Y DEPORTE de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN suscribió dicha Declaración el 12 de mayo de 2003, con reservas.
Que, concordemente, los artículos 14 y 15 de la CONVENCIÓN
INTERNACIONAL CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE, adoptada en la 33°
Reunión de la Conferencia General de la Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura –UNESCO-, el 19 de
octubre de 2005, aprobada por el artículo 1° de la Ley N° 26.161,
disponen que: “Los Estados Parte se comprometen a prestar apoyo al
importante cometido de la Agencia Mundial Antidopaje en la lucha
internacional contra el dopaje” y que “Los Estados Parte apoyan el
principio de la financiación del presupuesto anual básico aprobado de
la Agencia Mundial Antidopaje por las autoridades públicas y el
Movimiento Olímpico, por partes iguales”.
Que, en consecuencia, la REPÚBLICA ARGENTINA debe participar
proporcionalmente, en la conformación del aporte de las autoridades
públicas al presupuesto anual de la AGENCIA MUNDIAL ANTIDOPAJE (A.M.A.).
Que, al respecto, de la factura que corre glosada en el expediente
citado en el Visto, surge que la contribución que corresponde a la
REPÚBLICA ARGENTINA para el presupuesto 2018 de la mencionada agencia,
es de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS
VEINTISIETE (U$S 137.227), debiendo adicionarse un importe de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES OCHENTA Y CUATRO (U$S 84.-) en concepto de “monto
adeudado de Argentina al presupuesto de la AMA para del año 2017”,
haciendo un total: DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO TREINTA Y SIETE MIL
TRESCIENTOS ONCE (U$S 137.311.-). Que, por lo tanto, resulta procedente
autorizar el pago de dicho aporte.
Que, la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE y la DIRECCIÓN NACIONAL DE DEPORTE
FEDERADO, ambas de la SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, han tomado la intervención que les compete. Que, la DIRECCIÓN
DE PRESUPUESTO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la
SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA han tomado la intervención de su
competencia.
Que, la presente medida se dicta en virtud de los objetivos de esta
Secretaría de Deportes, aprobados por el artículo 2° del Decreto N° 357
del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios y de la Ley N° 26.912 y
su modificatoria –Régimen jurídico para la prevención y el control de
dopaje en el deporte- y 35, inciso c) del Reglamento de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156, aprobado por el artículo 1° del Decreto N°
1344 del 4 de octubre de 2007 y su modificatorio.
Por ello,
EL SECRETARIO DE DEPORTES DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Asignar a la AGENCIA MUNDIAL ANTIDOPAJE (A.M.A.) la suma
total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS
ONCE (U$S 137.311.-), correspondiente a la suma de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES CIENTO TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE (U$S
137.227.-) en concepto de contribución de la REPÚBLICA ARGENTINA para
el presupuesto 2018, y la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHENTA Y
CUATRO (U$S 84.-) en concepto de monto adeudado de la REPÚBLICA
ARGENTINA al presupuesto 2017.
ARTÍCULO 2°.- El equivalente en la moneda nacional deberá imputarse a
la Jurisdicción 20-01, Programa 38, Actividad 1, unidad geográfica 99,
Fuente de Financiamiento 15,Objeto del gasto 592, del presupuesto
vigente.
ARTÍCULO 3°.- A los efectos de la transferencia de fondos, la Orden de
Pago se emitirá a favor de la Cuenta Bancaria N° 0243-331901.60E del
Banco N° 1319, Sucursal N° 4.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Carlos Javier Mac Allister.
e. 16/05/2018 N° 33758/18 v. 16/05/2018