ACUERDOS
Decreto 344/2019
DECTO-2019-344-APN-PTE - Homológase Acta Acuerdo.
Ciudad de Buenos Aires, 09/05/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-10237822-APN-DGDMT#MPYT, la Ley N°
11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley N°
18.753, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N°
25.164, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la
Administración Pública Nacional N° 24.185, el Decreto N° 447 del 17 de
marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la
Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214 del 27
de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el Personal del Servicio Nacional de Sanidad y
Calidad Agroalimentaria (SENASA), homologado por el Decreto N° 40 del
25 de enero de 2007 y sus modificatorios, las Actas Acuerdo del 28 de
diciembre de 2018 y 25 de enero de 2019 de la Comisión Negociadora del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del Servicio
Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 24.185 establece el régimen aplicable a las negociaciones
colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y
sus empleados, e instituye al entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de Aplicación.
Que en cumplimiento del mecanismo establecido por la citada Ley se
constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el Personal del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria (SENASA), conforme surge del Acta Acuerdo del 25 de
enero de 2019, continuadora de la reunión paritaria del 28 de diciembre
de 2018.
Que las partes, en el marco previsto en el artículo 6° de la Ley N°
24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y sus
normas complementarias, resolvieron derogar las Cláusulas Primera y
Segunda del Acta Acuerdo de fecha 21 de julio de 2015, homologada por
el Decreto N° 1757 del 26 de agosto de 2015, y sustituir los artículos
81, 82, 83 y 91 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el
Personal del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
(SENASA), con vigencia a partir del 1° de enero de 2019.
Que sobre el control de legalidad, cabe puntualizar que la Autoridad
Administrativa de Aplicación tomó la intervención prevista en los
artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la Ley N° 24.185, su Decreto
Reglamentario N° 447/93 y sus normas complementarias.
Que el mencionado Acuerdo cumple con los requisitos del artículo 11 de la referida Ley N° 24.185.
Que se cumplimentaron las intervenciones prescriptas por el artículo
79, segundo párrafo, del Convenio Colectivo de Trabajo General para la
Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214/06 y
sus modificatorios.
Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 80, inciso b) del Convenio
Colectivo de Trabajo General precitado, la Comisión Permanente de
Aplicación y Relaciones Laborales (Co.P.A.R.) a través del Acta N° 170
del 31 de enero de 2019, concluyó que lo acordado es compatible con el
citado Convenio General.
Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO emitió dictamen sin formular objeción alguna.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los
artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley N°
24.185.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Homológase el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del Servicio
Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), del 25 de enero
de 2019 (IF-2019-42140512-APN-MPYT), continuadora de la reunión
paritaria, plasmada en el Acta fechada el 28 de diciembre de 2018
(IF-2019-42140346-APN-MPYT), Instrumentos que como Anexos forman parte
integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 2°.- La vigencia del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora
del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA)
homologada por el presente, será a partir del 1° de enero de 2019, en
las condiciones establecidas por las partes intervinientes.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Dante Sica
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/05/2019 N° 32100/19 v. 10/05/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)