MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL
Resolución 7/2021
RESOL-2021-7-APN-CNEPYSMVYM#MT
Ciudad de Buenos Aires, 08/09/2021
VISTO el EX-2020-65730122- -APN-DGD#MT, la Ley N° 24.013 y sus
modificatorias, los Decretos N° 2725 del 26 de diciembre de 1991 y N°
91 de fecha 20 de enero de 2020, las Resoluciones N° 617 del 2 de
septiembre de 2004, N° 344 de fecha 22 de abril de 2020 del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Resolución N° 1 de fecha 13
de abril de 2021, del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y
EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 24.013 se creó el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL.
Que mediante el Decreto N° 2725 del 26 de diciembre de 1991 se
reglamentó la mencionada Ley N° 24.013, y se configuró la organización
institucional y operativa del citado Consejo.
Que conforme el Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DEL
EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL aprobado
por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N°
617/04 dicho Consejo se reunirá a convocatoria de su Presidente en
sesiones plenarias, quien fijará el Orden del Día de las sesiones
plenarias ordinarias y de las sesiones extraordinarias convocadas de
oficio.
Que mediante la Resolución 344 de fecha 22 de abril de 2020, del M.T.E.
y S.S. en virtud de la emergencia sanitaria, se dispuso que para la
celebración de audiencias y actuaciones administrativas en el ámbito
del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, que sean
necesarias para la continuidad y sustanciación de los distintos
trámites en curso y/o que se inicien en lo sucesivo, se utilizarán las
plataformas virtuales en uso y autorizadas por esta Cartera de Estado
y/o cualquier medio electrónico que asegure el cumplimiento de la
finalidad perseguida garantizando el debido proceso.
Que por el Decreto N° 91 de fecha 20 de enero de 2020 se designó al
titular del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el
cargo de Presidente del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y
EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL.
Que tanto en sesión de la COMISIÓN DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MOVIL Y
PRESTACIONES DE DESEMPLEO como en la sesión plenaria ordinaria del
CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO,
VITAL Y MOVIL del 27 de abril de 2021, se acordó una nueva convocatoria
para el mes de septiembre de 2021.
Que consecuentemente, resulta pertinente decidir la convocatoria a
sesión plenaria ordinaria del citado órgano así como disponer la
convocatoria a reunión de la COMISIÓN DEL SALARIO, MÍNIMO, VITAL Y
MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO, fijando sus respectivos temarios.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA
PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, aprobado por la
Resolución N° 617/04 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, y por el artículo 1° del DCTO-2020-91-APN-PTE.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convócase a los integrantes del CONSEJO NACIONAL DEL
EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, a reunirse
en sesión plenaria ordinaria el día 30 de septiembre de 2021, a las
15:00 HORAS (QUINCE HORAS), a celebrarse mediante plataforma virtual.
Déjase establecido, a los fines previstos en el artículo 137 de la Ley
N° 24.013 y sus modificatorias, la convocatoria a segunda sesión para
las 16:30 HORAS (DIECISEIS TREINTA HORAS) de ese mismo día.
(Nota Infoleg: Por art. 1° de la Resolución N° 8/2021
del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo,
Vital y Móvil B.O. 17/9/2021 se modifica la fecha de la convocatoria
establecida por la presente Resolución, convocándose en consecuencia a
los
integrantes del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL
SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, a reunirse en sesión plenaria ordinaria
el día 21 de septiembre de 2021, a las 15:00 HORAS (QUINCE HORAS), a
celebrarse mediante plataforma virtual. Déjase establecido, a los fines
previstos en el artículo 137 de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias,
la convocatoria a segunda sesión para las 16:30 HORAS (DIECISEIS
TREINTA HORAS) de ese mismo día.)
ARTÍCULO 2°.- Fíjase como Orden del Día de la sesión mencionada en el
artículo anterior, el siguiente: 1. Designación de DOS (2) Consejeros
presentes de cada sector para la suscripción del acta. 2. Consideración
de los temas elevados al plenario por la COMISIÓN DEL SALARIO, MÍNIMO,
VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO.
ARTÍCULO 3°.- Convócase a los integrantes de la Comisión aludida en el
artículo anterior a reunirse en sesión, el día 30 de septiembre de
2021, a las 14 HORAS (CATORCE HORAS), mediante plataforma virtual, al
efecto de tratar lo siguiente:
-COMISIÓN DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO – ORDEN DEL DÍA –
- 1. Determinación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, en el marco de lo
dispuesto por el artículo 135, inciso a) de la Ley Nº 24.013 y sus
modificatorias.
- 2. Determinación de los montos mínimo y máximo de la prestación por
desempleo, en el marco de lo dispuesto por el artículo 135, inciso b)
de la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias.
(Nota Infoleg: Por art. 3° de la Resolución N° 8/2021
del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo,
Vital y Móvil B.O. 17/9/2021 se modifica la fecha de la convocatoria
establecida por la presente resolución, convocándose en consecuencia a
los integrantes de la Comisión aludida en el artículo anterior a
reunirse en sesión el día 21 de septiembre de 2021, a las 14 HORAS
(CATORCE HORAS), mediante plataforma virtual)
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio Omar Moroni
e. 10/09/2021 N° 65925/21 v. 10/09/2021