MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
Disposición 238/2022
DI-2022-238-APN-SSCRYF#MS
Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2022
VISTO el expediente N° EX-2022-100935681- -APN-DNCSSYRS#MS del registro
del MINISTERIO DE SALUD, las Leyes N° 17.132 y N° 23.873, los Decretos
PEN N° 10/ 2003 y N° 587/2004, la Resolución MS N° 1814/2015 y N°
1448-E/2016 y,
CONSIDERANDO:
Que el ordenamiento racional, la planificación y distribución de los
Recursos Humanos en Salud son un componente central de las políticas de
Recursos Humanos en Salud.
Que la Ley N° 17.132, su modificatoria la Ley N° 23.873 y sus Decretos
reglamentarios determinan las alternativas de requerimientos que un
profesional médico debe cumplir para anunciarse como especialista en
una especialidad determinada.
Que las especialidades médicas reconocidas fueron armonizadas con las
jurisdicciones provinciales y aprobadas por la Resolución MS N°
1814/2015.
Que entre dichas especialidades médicas se encuentra la especialidad en OTORRINOLARINGOLOGÍA.
Que la FEDERACIÓN ARGENTINA DE SOCIEDADES DE OTORRINOLARINGOLOGÍA
(FASO) ha solicitado el reconocimiento como entidad certificante para
la especialidad de OTORRINOLARINGOLOGÍA.
Que la Resolución MS 1448-E/2016 establece los requisitos que deben
cumplir las entidades científicas para el otorgamiento de dicho
reconocimiento.
Que la FEDERACIÓN ARGENTINA DE SOCIEDADES DE OTORRINOLARINGOLOGÍA
(FASO) ha acreditado cumplir con los requisitos establecidos en dicho
procedimiento.
Que las modalidades de certificación que ha informado la FEDERACIÓN
ARGENTINA DE SOCIEDADES DE OTORRINOLARINGOLOGÍA (FASO) están en
concordancia con lo establecido por la Ley N° 17.132, leyes
modificatorias y sus decretos reglamentarios.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA ha tomado la intervención correspondiente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de la Resolución MS 1448-E/2016.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1°- Reconócese a la FEDERACIÓN ARGENTINA DE SOCIEDADES DE
OTORRINOLARINGOLOGÍA (FASO) como entidad científica certificante de la
especialidad OTORRINOLARINGOLOGÍA.
ARTÍCULO 2°- El reconocimiento dispuesto por el artículo anterior
tendrá una duración de CINCO (5) años a partir de la publicación de la
presente y deberá ser renovado con los mismos requerimientos con un
mínimo de TREINTA (30) días previo a su vencimiento, acorde lo
dispuesto por la Resolución MS N° 1448-E/2016.
ARTÍCULO 3°- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN,
FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS a otorgar la autorización para
anunciarse como especialistas en OTORRINOLARINGOLOGÍA a los
profesionales otorrinolaringólogos que presenten una certificación de
la especialidad extendida por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE SOCIEDADES DE
OTORRINOLARINGOLOGÍA (FASO) en los términos que su reglamentación
interna lo contempla.
ARTÍCULO 4°- Todo cambio en los mecanismos de certificación de la
especialidad OTORRINOLARINGOLOGÍA por parte de la FEDERACIÓN ARGENTINA
DE SOCIEDADES DE OTORRINOLARINGOLOGÍA (FASO) deberá ser previamente
autorizado por este MINISTERIO. Este incumplimiento dará lugar a la
revocación del presente reconocimiento.
ARTÍCULO 5°- Comuníquese, publíquese, dése a DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio Antonio Ortiz
e. 23/12/2022 N° 104539/22 v. 23/12/2022