INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR
Decisión Administrativa 520/1996
Apruébase la Estuctura Organizativa del citado Organismo Descentralizado.
Bs. As., 19/12/96
VISTO la Ley N° 24.629, los Decretos N° 558 del 24 de mayo de 1996 y N°
660 del 24 de junio de 1996, N° 1277 del 7 de noviembre de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 558/96 se estalece la obligatoriedad de cada
Jurisdicción de presentar una propuesta de estructura organizativa y
distribución de las plantas de personal hasta el nivel de Dirección, o
equivalentes, o primer nivel operativo con dependencia directa del
nivel poítico.
Que por medio del Decreto N° 1277/96 se aprobó la estuctura organizativa del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que tales medidas, sustentadas en el proceso de Reforma del Estado, se
adoptaron a fin de profundizar las políticas encaradas por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL en la búsqueda de obtener mayor eficacia y
eficiencia del aparato estatal.
Que ha tomado intervención la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO, conforme lo determina el Decreto N° 558/96.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 100 inciso 1) de la Constitución Nacional.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° - Apruébase la
estructura Organizativa del INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR, Organizmo
Descentralizado que se desenvuelve en jurisdicción del MINISTERIO DE
DEFENSA, de acuerdo al Organigrama, Responsabilidades Primarias y
Acciones, Planta Permanente, y Planta No Permanente que, como Anexos I,
II y III forman parte integrante de la presente.
Art. 2° - Derógase el CUADRO DE
ORGANZACION N° 026 del INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR, aprobado por
Resolución del JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO, de fecha 30
de agosto de 1994, publicado en el Boletín Reservado de Ejército N°
5322.
Art. 3° - En el plazo de
Treinta (30) días, a partir de la presente, el INSTITUTO GEOGRAFICO
MILITAR deberá presentar la propuesta de estructura organizativa de las
aperturas inferiores de las que se aprueban en la presente decisión
administrativa, en concordancia con lo establecdo por el Decreto N°
1545/94 reglamentado por la Resolución de la Secretaría de la Función
Pública N° 422/94.
Ar. 4° - Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. - Jorge A. Rodríguez. - Jorge M. R. Domínguez.
DIRECCION DEL INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR
RESPONSABILIDAD PRIMARIA: Entender en la planificación, programación,
ejecución, control, fiscalización y asesoramiento de la actividad
geográfica, a nivel nacional, a fin de satisfacer los objetivos y
políticas establecidas por el Poder Ejecutivo Nacional, contribuyendo a
una eficaz definición y representación de la soberania territorial
argentina.
ACCIONES:
1. Entender en el establecimiento, mantenimiento, actualización y perfeccionamiento del Sistema Geodésico Nacional.
2. Entender en la obtención de la cartografía básica del territorio
continental, insular y antártico de la Repúbllica Argentina y su
actualizacion permanente.
3. Participar en las actividades técnicas conducentes a la elaboración de cartografía de frontera.
4. Entender en la fiscalización y aprobación de todo tipo de
publicaciones, literales o gráficas, que representen total o
parcialmente el territorio nacional.
5. Establecer y mantener relaciones con organismos oficiales y privados
nacionales e internacionales, coadyuvantes al cumplimiento de sus
objetivos y realizar los programas de difusión de sus actividades.
6. Elaborar productos geográficos de interés del Poder Ejecuivo Nacional, no obtenidos por otros organismos específicos.
7. Apoyar a las Fuerzas Armadas en tareas relacionadas con su especialidad.
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA: Planificar, programar y ejecutar exámenes y
evaluaciones posteriores de las actividades de la entidad en sus
aspectos presupuestarios, económicos, financieros, patrimonial,
normativo, operacional y de gestión, ejerciendo un control integral e
integrado fundado en criterios de economía, eficiencia y eficacia.
ACCIONES:
1. Elaborar el planeamiento general de la auditoría interna, de
acuerdo a las Normas Generales de Control Interno y de Auditoría
Interna, aplicando el modelo de control integral e integrado.
2. Elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna y remitir el mismo a la
Sindicatura General de la Nación para su discusión y aprobación final.
3. Participar en la definición de normas y procedimientos a efectos de
establecer el Sistema de Control Interno y posteriormente efectuar su
seguimiento.
4. Evaluar el cumplimiento de políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior.
5. Revisar y evaluar la aplicación de los controles operativos, contables, de legalidad y financieros.
6. Verificar si las erogaciones son efectuadas de acuerdo con las
normas legales y de contabilidad aplicables y los niveles
presupuestarios correspondientes.
7. Determinar la confiabilidad de los datos que se utilizan en la elaboración de la información.
8. Determinar la precisión de las registraciones de los activos y las medidas de resguardo tomadas para protegerlo.
9. Producir informes sobre las actividades desarrolladas y, en su caso,
formular las recomendaciones u observaciones que corespondan.
10. Remitir copia de los informes, recomendaciones y observaciones a la Sindicatura General de la Nación.