MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Decisión Administrativa 10/2002

Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del citado Departamento de Estado.

Bs. As., 25/6/2002

Ver Antecedentes Normativos.

VISTO la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, los Decretos N° 22 de fecha 13 de diciembre de 1999 y N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, y lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 357/02 se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO en las aperturas correspondientes a los niveles de SECRETARIAS Y SUBSECRETARIAS.

Que resulta menester realizar el reordenamiento de la estructura organizativa del citado Ministerio en los niveles de Dirección General Nacional o equivalente, o primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político, de conformidad con las pautas de calidad, racionalidad y eficiencia dispuestas en el Decreto mencionado.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el inciso 1 del articulo 100 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el inciso 12 del artículo 16 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO de acuerdo al Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones y Dotación, los que como Anexo la, Ib, Ic, Id, le, If, Ig, Ih, li, Ij II y III forman parte integrante de la presente Decisión Administrativa.

Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa se imputará a la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alfredo N. Atanasof. — Carlos F. Ruckauf.


Anexo Ia

(Anexo sustituido por art. 1° de la Decisión Administrativa N° 409/2012 B.O. 29/06/2012)


Anexo Ib


Anexo Ic

(Nota Infoleg: por art. 1° del Decreto N° 924/2011 B.O. 08/07/2011 se transfiere la Dirección de Asistencia Jurídica Internacional, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL al ámbito de la Dirección General de Consejería Legal de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES)

Anexo Id

(Anexo derogado por art. 5° del Decreto N° 878/2008 B.O. 03/06/2008)

Anexo Ie


Anexo If

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Decisión Administrativa N° 25/2002 B.O. 7/8/2002, se sustituye el nombre de la "Dirección General del Atlántico Sur" por el de "Dirección General de Malvinas y Atlántico Sur" )


Anexo Ig

Anexo Ih


Anexo Ii


Anexo Ij

ANEXO II

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

AREA MINISTRO

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el examen y evaluación de las actividades económicas, financieras, patrimoniales, normativas, administrativo-contable y de gestión del ente conjunto, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 24.156, utilizando el enfoque de control integral e integrado, de manera de asegurar la continua optimización de los niveles de eficacia, eficiencia y economía de la gestión gubernamental.

ACCIONES

1.- Elaborar el planeamiento general de la Auditoría Interna a desarrollarse en el ente, de acuerdo con las normas generales de control interno y de auditoría, aplicando el modelo de control integral e integrado.

2.- Elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna y remitir el mismo a la Sindicatura General de la Nación para su discusión y aprobación final.

3.- Evaluar el cumplimiento razonable de las políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior.

4.- Determinar la oportunidad y alcance de las auditorías a desarrollar en las Representaciones de la República en el exterior.

5.- Revisar y evaluar los actos y la aplicación de los controles operacionales, contables de legalidad y financieros.

6.- Verificar si las erogaciones son efectuadas y los ingresos son percibidos de acuerdo con las normas legales y contables aplicadas, y a los niveles presupuestarios correspondientes.

7.- Determinar la confiabilidad de los datos que se utilicen en la elaboración de la información.

8.- Determinar la precisión de las registraciones de los activos y las medidas de resguardo tomadas para protegerlo.

9.- Producir informes de auditoría sobre las actividades desarrolladas y en su caso formular las recomendaciones u observaciones que correspondan.

10.- Remitir copia de sus informes, recomendaciones y observaciones a la Sindicatura General de la Nación.

11.- Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.

12.- Informar sobre los temas que la Sindicatura General de la Nación le requiera.

13.- Opinar sobre las normas y procedimientos vigentes o a realizarse.

COMISION CASCOS BLANCOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la ejecución de las acciones del programa internacional denominado "Cascos - Blancos".

ACCIONES

1.- Dirigir las actividades del Cuerpo Nacional de Voluntarios, de conformidad con las políticas establecidas por las autoridades superiores del organismo.

2.- Proponer planes y programas relativos a la actuación del Cuerpo Nacional de Voluntarios.

3.- Evaluar el desempeño del Cuerpo Nacional de Voluntarios, recabando informes durante el transcurso de las misiones encomendadas y una vez finalizadas las mismas.

4.- Definir instructivos generales y supervisar las actividades de investigación, evaluación técnica y capacitación de las áreas respectivas.

5.- Coordinar acciones conjuntas con otros organismos intervinientes en situaciones de emergencia.

DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL

(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° del Decreto N° 878/2008 B.O. 03/06/2008)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en todos los Actos Protocolares, tanto en el orden Nacional como en el Provincial, cuando participen funcionarios de otros Estados y Huéspedes Oficiales, Representaciones Diplomáticas, Consulares y Organismos Internacionales, Misiones Especiales y Delegaciones Oficiales Extranjeras, como así también las visitas y viajes del Señor Presidente de la Nación al exterior.

Actuar como órgano de enlace en las relaciones con el Cuerpo Diplomático y Consular extranjero, así como con los Representantes de Organizaciones Intergubernamentales y Misiones Especiales acreditados en la República.

ACCIONES:

1.- Coordinar, asistir y asesorar en la organización de los actos y ceremonial antes mencionados en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional, en lo atinente a las Audiencias de Autoridades, Representantes Diplomáticos y Oficiales extranjeros, Delegaciones y Misiones Especiales con el Señor Presidente de la Nación.

2.- Organizar los viajes del Señor Presidente de la Nación al exterior, coordinando a estos fines la colaboración de los organismos de seguridad, Dirección General de Aduanas de la Administración Federal de Ingresos Públicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, Dirección Nacional de Migraciones del MINISTERIO DEL INTERIOR y toda otra repartición, dependencia o entidad, tanto de carácter público como privado, que las circunstancias requieran.

3.- Preparar y confeccionar las cartas autógrafas y plenipotenciarias del Señor Presidente de la Nación, así como las cartas credenciales y de retiro de los Representantes Diplomáticos argentinos y extender las patentes consulares nacionales.

4.- Tramitar las concesiones de "Placet" y de "Exequatur", así como la acreditación y el reconocimiento de Representantes Diplomáticos y Consulares, Agregados de las Fuerzas Armadas y demás miembros de las Representaciones Diplomáticas y Consulares extranjeras, Representaciones de Organismos Internaciones y Misiones Especiales.

5.- Otorgar las correspondientes visaciones a los miembros de las Representaciones Diplomáticas y Consulares extranjeras, así como a los funcionarios de Organismos Internacionales y Misiones Especiales que deben ejercer funciones en la República, expidiendo los carnets y tarjetas de identidad de los mismos, como así también otorgar, renovar y prorrogar los pasaportes diplomáticos y oficiales de funcionarios argentinos que cumplan misiones oficiales en el exterior.

INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Formar y capacitar en los aspectos profesional, técnico y práctico a los aspirantes a ingresar al Servicio Exterior de la Nación, así como también a sus miembros.

ACCIONES

1.- Actuar en la selección e incorporación de los aspirantes al Servicio Exterior de la Nación.

2.- Capacitar en los aspectos teórico y práctico a los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación.

3.- Dictar y supervisar los cursos de capacitación para la promoción de los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación.

4.- Proponer al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, las condiciones para el ingreso al Servicio Exterior de la Nación, de acuerdo con las normas pertinentes.

5.- Tramitar y proponer becas y cursos de capacitación ofrecidos por el Gobierno Nacional, por Gobiernos extranjeros, por Organismos Internacionales y por Instituciones nacionales o extranjeras, públicas o privadas para la formación y capacitación profesional de los funcionarios del Cuerpo Permanente del Servicio Exterior de la Nación.

6.- Entender en la organización del material histórico, documental, bibliográfico y museológico de la diplomacia argentina.

DIRECCION NACIONAL DEL ANTARTICO

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Decisión Administrativa N° 509/2004 B.O. 20/04/2004 se transfiere la DIRECCION NACIONAL DEL ANTARTICO de la SUBSECRETARIA DE POLITICA EXTERIOR, dependiente de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES, al ámbito del MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la programación, planeamiento, coordinación, dirección y difusión de la actividad antártica argentina, a fin de lograr el cumplimiento de los objetivos de la Política Nacional Antártica.

Intervenir en coordinación con la Dirección General de Asuntos Antárticos en la gestión e instrumentación de los objetivos de política exterior vinculados a la actividad antártica argentina.

ACCIONES

1.- Elaborar y hacer cumplir la Política Nacional Antártica.

2.- Ser la autoridad de aplicación, en coordinación con la Dirección General de Asuntos Antárticos, de las leyes, decretos, normativas y regulaciones sobre la Antártida.

3.- Coordinar con la Dirección General de Asuntos Antárticos, la aplicación de los compromisos contraídos a través de acuerdos internacionales vigentes sobre la zona.

4.- Controlar, regular y fiscalizar todas las actividades antárticas de orden público y privado, ejerciendo el poder de policía sobre las mismas.

5.- Proyectar el Plan Anual Antártico.

6.- Diseñar la Campaña Antártica en coordinación con las autoridades designadas por el Ministerio de Defensa.

7.- Establecer las bases para los lineamientos generales de las políticas científicas y su desarrollo en el territorio antártico.

8.- Acordar los sistemas de cooperación conjunta con las instituciones oficiales o privadas, nacionales o internacionales del ámbito antártico.

9.- Promover la difusión y la inclusión de contenidos académicos destinados a brindar información a la comunidad sobre las actividades relacionadas con la Antártida.

10.- Entender en la formación de equipos de trabajo con los representantes de todas las áreas y sectores que entiendan en los temas relacionados con la Antártida.

11.- Asesorar al Sr. Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto en los aspectos relativos a la Política Nacional Antártica y de estrategia, como así también a las distintas jurisdicciones del Gobierno Nacional y a sus autoridades.

12.- Gestionar todos los recursos del Estado destinados a la actividad antártica, exceptuando los medios logísticos establecidos por el Decreto Nº 207/03.

13.- Proponer y gestionar, en coordinación con las áreas responsables del Ministerio, las políticas de recursos humanos de la Dirección Nacional del Antártico destinados a dar cumplimiento a las actividades de la misma en la Antártida, como así también la relativa al personal del Instituto Antártico Argentino.

14.- Elaborar los requerimientos de contratación de bienes y servicios para la actividad antártica.

15.- Evaluar e informar sobre los resultados de las campañas antárticas, como así también de los estudios estratégicos de la actividad política, científica y logística de las actividades desarrolladas en la Antártida.

16.- Promover, sostener, regular, fiscalizar, y efectuar tareas de policía en la aplicación de las normas de protección ambiental emanadas de las Leyes Nº 24.216 y 25.260.

17.- Entender en la realización de cursos específicos destinados a los integrantes de las expediciones antárticas.

18.- Promover la incorporación de nuevas tecnologías de desarrollo nacional destinadas a la actividad antártica.

19.- Establecer las funciones y actividades de las bases antárticas, como así también el crecimiento y desarrollo de las mismas.

20.- Supervisar la ejecución de las actividades en el territorio antártico cuando la complejidad de las mismas requiera la presencia del Director Nacional.

21.- Promover actividades académicas destinadas a alcanzar niveles de excelencia y calidad científica y técnica en el personal de la Dirección Nacional.

22.- Representar a la República, en coordinación con la Dirección General de Asuntos Antárticos, en las reuniones internacionales que correspondieren.

23.- Actuar, en coordinación con las áreas del Ministerio, en la elaboración de las estrategias políticas antárticas vinculadas al ámbito internacional.

24.- Intervenir en la formulación de las necesidades presupuestarias relativas al desarrollo de las actividades y operaciones antárticas, como así también en el control sobre la ejecución del mismo.

DIRECCION DE PRENSA Y DIFUSION

(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 2° de la Decisión Administrativa N° 409/2012 B.O. 29/06/2012)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en las relaciones con la prensa y los medios de comunicación masivos, con el fin de asegurar una adecuada difusión de las actividades en el campo de la política exterior.

ACCIONES:

1. Atender y gestionar los requerimientos de los representantes de los medios orales, escritos y televisivos, tanto locales como extranjeros.

2. Ofrecer información a través de comunicados y gacetillas de prensa vinculados con la actividad del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO en coordinación con la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

3. Relevar y gestionar la información difundida por la prensa nacional y extranjera, relacionada con las competencias del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

4. Difundir los aspectos fundamentales de la política exterior argentina y otros temas de interés vinculados con ella en los medios masivos de comunicación del exterior, tendiendo a lograr el mejor conocimiento de las actividades desarrolladas en coordinación con las áreas del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO que correspondan.

5. Coordinar y organizar las conferencias de prensa del Canciller y otras autoridades del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, preparando el material informativo necesario para el caso.

6. Confeccionar publicaciones destinadas a difundir las actividades del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

7. Mantener relaciones con las áreas de prensa de los distintos Ministerios, Organismos Descentralizados y Secretarías a los efectos de obtener y suministrar información de carácter complementario.

8. Confeccionar y remitir un boletín informativo diario a las Representaciones Argentinas en el exterior, utilizando los sistemas informáticos que provee el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

9. Coordinar y administrar la imagen institucional del sitio web oficial de la jurisdicción, redes sociales, así como otros medios que puedan surgir en el futuro.

SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

DIRECCION GENERAL DE COORDINACION POLITICA.

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asesorar y colaborar con el Secretario de Relaciones Exteriores en la coordinación, planificación, ejecución y seguimiento de acciones específicas de política exterior.

Asistir en las tareas relativas a la coordinación entre la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Secretaría de Comercio y Relaciones Económicas Internacionales, a fin de cumplimentar las acciones de política exterior.

ACCIONES

1.- Asistir al Secretario de Relaciones Exteriores en la planificación, ejecución y seguimiento de acciones de política exterior.

2.- Entender en la coordinación y seguimiento de las acciones de política exterior que le encomiende el Secretario de Relaciones Exteriores.

3.- Coordinar con los Subsecretarios de Política Latinoamericana y de Política Exterior el análisis permanente de los temas de política exterior, a fin de recomendar en cada caso los criterios y las acciones que pudieran corresponder.

4.- Coordinar con las Subsecretarías de Política Exterior y de Política Latinoamericana la formulación de instrucciones destinadas a las representaciones de la República en el exterior, a las delegaciones que participen en negociaciones, congresos, conferencias y reuniones internacionales, en el área de su competencia.

5.- Convocar cuando lo estime necesario la participación de las demás unidades dependientes de la Secretaría de Relaciones Exteriores, para asistir a la Dirección General en el cometido de sus tareas.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el funcionamiento de las Representaciones Consulares en el extranjero, a fin de asistir a los argentinos en el exterior, hacer cumplir la legislación nacional en cuanto al ingreso de personas y bienes y colaborar con las áreas de competencia en lo referente a las relaciones culturales y la difusión de la imagen en el exterior.

ACCIONES

1.- Dirigir el sistema de Representaciones Consulares (Consulados Generales, Consulados y Secciones Consulares).

2.- Entender en lo concerniente al Reglamento Consular, a su aplicación y a la representación de la Administración Pública atribuida por las leyes a los Cónsules. Evacuar consultas sobre la aplicación del Reglamento Consular y su correlación con otras normas legales.

3.- Entender en la elaboración de las instrucciones a las Representaciones Consulares relativas a la aplicación de normas que rijan actividades administrativas, incluyendo la Representación Consular de las autoridades policiales, de migraciones, aduana, Registros del Estado Civil, capacidad, identidad o atribución de personería jurídica.

4.- Ejercer la superintendencia sobre la actividad notarial consular.

5.- Entender en la supervisión sobre la intervención consular en documentación comercial y fiscal.

6.- Entender en la fiscalización de la existencia y provisión de pasaportes para uso de las oficinas consulares argentinas.

7.- Supervisar al Cuerpo Consular sobre las disposiciones referentes al ingreso de personas al país.

8.- Entender en los asuntos relativos a la identificación, legalizaciones y los demás correspondientes a la función consular que se refieran a la protección de los intereses de los ciudadanos argentinos en el exterior.

9.- Entender en la procedencia y formalidades reglamentarias de los repatrios de ciudadanos argentinos.

10.- Entender en lo relativo a la legalización de documentación de origen extranjero que deba hacer fe en el país y a la originada en la República para tener efecto en el exterior.

11.- Entender en la planificación y fiscalización de las recaudaciones de las tasas consulares de acuerdo con las normas legales vigentes.

12.- Entender en la fiscalización de la correcta aplicación de la tasa consular de las importaciones cuyos derechos no fueron abonados en las oficinas consulares respectivas.

13.- Entender en la supervisión de las rendiciones de cuentas enviadas mensualmente por las oficinas consulares.

14. Entender en la fiscalización de los libros diarios confeccionados por las Representaciones Consulares, Legalizaciones y Colegios de Escribanos, a fin de detectar errores u omisiones que afecten la correcta recaudación consular.

15.- Entender en la fiscalización de las rendiciones de las Representaciones Consulares, relativas al registro y percepción de la tasa retributiva de la Dirección Nacional de Migraciones.

16.- Entender en la fiscalización de la asistencia consulares a buques y aeronaves de bandera argentina.

17.- Entender en la supervisión de la documentación elevada por las Representaciones Consulares, proyectando y proponiendo las modificaciones que la práctica y las circunstancias aconsejen.

18.- Asesorar sobre el establecimiento, reapertura o clausura de Representaciones Consulares, y sobre la dotación del personal de las mismas.

19.- Entender en la compilación general de antecedentes y mantener actualizada la Guía del Cuerpo Consular Argentino.

20.- Intervenir en los servicios delegados por organismos del Estado, en particular por el Registro Nacional de las Personas y los Registros Civiles.

21.- Intervenir en el otorgamiento de visas consulares en pasaportes y documentos de viajes, de acuerdo con las normas vigentes dando intervención, cuando corresponda, a la Dirección Nacional de Migraciones.

22.- Intervenir en cuestiones que puedan implicar un cambio o modificación de las normas migratorias de la República.

23.- Intervenir en las cuestiones relativas a las migraciones que puedan implicar infracciones a las normas vigentes.

24.- Coordinar con los organismos competentes del Estado la actualización de las normas de interés para las oficinas consulares.

25.- Intervenir en los aspectos internacionales relacionados con la política de migración e inmigración.

DIRECCION GENERAL DE CONSEJERIA LEGAL

(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 5° del Decreto N° 924/2011 B.O. 08/07/2011)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asesorar al Ministro y a los Secretarios, Subsecretarios y Directores Generales y Nacionales del Ministerio, en los asuntos en que sean de aplicación los principios y las normas del Derecho Internacional Público y Privado.

Entender en la representación de los particulares en los juicios de opción de ciudadanía argentina y del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO en materia de cooperación jurídica y asistencia judicial internacionales, centralizando todo trámite relacionado con esta materia, a cuyo fin actuará como enlace natural entre las representaciones y organismos extranjeros y nacionales, así como entre los tribunales federales, nacionales y provinciales, y los tribunales extranjeros en toda solicitud de detención preventiva, extradición, restitución de menores, transferencia de condenados, rogatorias y/u oficios, llevando los registros nacionales correspondientes.

Entender, como Autoridad Central, en la aplicación de las convenciones internacionales en materia de asistencia judicial y cooperación jurídica en las que haya sido designado como tal el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ACCIONES:

1.- Dictaminar sobre los aspectos jurídicos de las cuestiones internacionales de carácter político, diplomático, consular, económico, comercial y otros relacionados con la política exterior.

2.- Participar en la definición de las instrucciones relativas a las negociaciones a efectuarse en asambleas, conferencias, congresos o reuniones internacionales sobre los aspectos jurídicos de las materias a considerarse en ellos.

3.- Elaborar las políticas y estrategias relativas a las cuestiones jurídicas internacionales, y participar en la preparación de los digestos argentinos de derecho y política internacionales.

4.- Participar en las asambleas, conferencias, congresos y reuniones internacionales referidas a temas o materias vinculadas al derecho internacional.

5.- Asesorar, desde el punto de vista del derecho internacional en la elaboración, aplicación e interpretación de los tratados e instrumentos internacionales en todas las etapas, comprendidas la negociación, adopción, aprobación, manifestación del consentimiento en obligarse y culminación de los mismos.

6.- Intervenir en la preparación de la documentación necesaria para la negociación, celebración, modificación u otros actos jurídicos relativos a los tratados y otros instrumentos internacionales, en los que entiendan otras áreas gubernamentales con respecto a cuestiones internacionales de carácter político, económico y comercial y otros relacionados con la política exterior.

7.- Asesorar en los aspectos jurídicos internacionales de la protección y asistencia a los nacionales en el exterior, cuestiones de derechos humanos y de derecho internacional humanitario.

8.- Asesorar e intervenir en lo relativo al derecho penal internacional, las cuestiones jurídicas vinculadas al terrorismo internacional, la corrupción, el lavado de dinero y la delincuencia organizada transnacional.

9.- Entender en lo relativo a la creación, aplicación e interpretación de normas internacionales en materia de derecho del mar, marítimo, aéreo y espacial, e intervenir en lo relativo a las cuestiones fluviales internacionales y de protección del medio ambiente.

10.- Asesorar, desde el punto de vista del derecho internacional, en las cuestiones limítrofes y territoriales.

11.- Asesorar e intervenir en la elaboración y aplicación de normas relativas a la solución pacífica de controversias internacionales.

12.- Efectuar, de manera coordinada con las restantes áreas con competencia en el tema, el seguimiento de las causas que tramiten ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos y ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y tomar intervención en las tratativas con reclamantes ante ambas cuando le fuese requerido.

(Nota Infoleg: por art. 1° del Decreto N° 924/2011 B.O. 08/07/2011 se transfiere la Dirección de Asistencia Jurídica Internacional, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL al ámbito de la Dirección General de Consejería Legal de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES)

SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

DIRECCION GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender e instrumentar la coordinación de las relaciones institucionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto con los requerimientos formulados por los organismos y autoridades de los distintos poderes del Estado, en el ámbito nacional, provincial o municipal, u originados por los entes regionales, instituciones privadas e intermedias.

ACCIONES

1.- Formular los planes, programas y proyectos que contribuyan al fortalecimiento de las gestiones institucionales que, en materia de política exterior, realicen las autoridades nacionales, provinciales y municipales, ya se trate de organismos centralizados o descentralizados, o instituciones privadas, y aquellos otros destinados a canalizar su participación en el diseño y ejecución de dicha política.

2.- Formular los planes, programas y proyectos destinados a la promoción de las actividades provinciales y regionales para la complementación económica y la integración con los países limítrofes, en coordinación con la Dirección General de Política Latinoamericana.

3.- Intervenir en la elaboración y planificación de la política de integración fronteriza en coordinación con la Dirección General de Política Latinoamericana.

4.- Intervenir en la coordinación de toda negociación entre las autoridades provinciales y los representantes de terceros países, que impliquen alguna obligación en las que se prevean garantías por parte de éstos para el Estado nacional.

5.- Coordinar las relaciones institucionales con las autoridades de los distintos poderes del Estado.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL

(Nota Infoleg: debido a la derogación del Organigrama de la Subsecretaría de Coordinación y Cooperación Internacional, dispuesta por art. 5° del Decreto N° 878/2008 B.O. 03/06/2008, las Direcciones que la componen han sido suprimidas del presente Anexo. Ver art. 4° de la norma de referencia que aprueba la estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo de la mencionada Subsecretaría)

SUBSECRETARIA DE POLITICA LATINOAMERICANA

DIRECCION GENERAL DE POLITICA LATINOAMERICANA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Identificar y planificar las acciones y las políticas necesarias para instrumentar la integración entre los países del área, así como también realizar y coordinar los planes y programas destinados a profundizar el proceso de integración con los países latinoamericanos y el desarrollo de zonas de frontera.

Realizar las gestiones internacionales, de carácter bilateral o multilateral, con los países de América del Sur y Central y el Caribe, relacionados con temas políticos, como así también la identificación y elaboración de los objetivos de política exterior. Preparar, implementar y efectuar el seguimiento de las negociaciones que se realicen en los organismos regionales e internacionales, en relación con los países de su área de competencia.

ACCIONES

1.- Planificar las actividades de las Representaciones Diplomáticas de la República en los países de América del Sur y Central y el Caribe, en forma tal de asegurar la coherencia político funcional de dichas actividades. Planificar, asimismo, la participación en la formulación de los proyectos de políticas y el establecimiento de planes, programas y metas a realizar con los mencionados países, sus agrupaciones y organismos regionales, como así también el seguimiento de su ejecución.

2.- Establecer las instrucciones y directivas destinadas a las Representaciones de la República en los países del área y en los organismos internacionales, y las destinadas a las delegaciones que participen en negociaciones bilaterales y multilaterales, e intervenir en la definición de las instrucciones destinadas a otras Representaciones de la República.

3.- Intervenir en el proceso de conclusión de los tratados y otros instrumentos de carácter internacional de interés para la República, relacionados con los países y regiones mencionadas, al igual que con los organismos internacionales.

4.- Actuar en las relaciones con los Jefes de Misión de la República, de terceros países acreditados en la República y organizaciones internacionales con, sede en el país, realizar las gestiones que correspondieren en la República ante las Representaciones Diplomáticas extranjeras de los países de su área de su competencia, y formular las directivas e instrucciones que fueren necesarias al efecto.

5.- Analizar, evaluar y realizar el seguimiento permanente de las decisiones y las gestiones de los organismos regionales e internacionales, proponiendo las políticas y programas pertinentes y la confección de las instrucciones y directivas destinadas a las Representaciones de la República en el exterior, y a las delegaciones que participen de negociaciones o asistan a congresos, conferencias o reuniones en organismos regionales e internacionales.

6.- Programar los objetivos y formular estrategias de negociación y planificación de actividades en materias de transporte terrestre, marítimo, fluvial y en las cuestiones de comunicaciones e informática de la región.

SUBSECRETARIA DE POLITICA EXTERIOR

DIRECCION DE LA MUJER

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Intervenir en los asuntos vinculados con la mujer en el orden internacional y en la política exterior de la República.

ACCIONES

1.- Instrumentar y coordinar las acciones sobre los temas de la mujer en los objetivos de la política exterior del país, como así también el tratamiento de la problemática de género y la igualdad de oportunidades, y la posición a adoptar en las distintas instancias que así lo requieran.

2.- Participar en la elaboración de los proyectos de instrucción, planes y programas operativos para los eventos internacionales sobre la condición y situación de la mujer en que intervenga la República, así como aquellos que tengan lugar en los organismos internacionales de los que la República sea parte.

3.- Participar con las áreas competentes, en el estudio de la normativa de derecho interno para su adecuación a las normas de derecho internacional sobre la condición y situación de la mujer.

4.- Intervenir con las áreas competentes en la conclusión de tratados, acuerdos y convenios internacionales negociados por la República en la materia de la condición y situación de la mujer.

5.- Participar en los distintos eventos y reuniones de organismos internacionales o gobiernos extranjeros en los que se traten temas relacionados con el área de la mujer.

6.- Coordinar la participación de representaciones nacionales ante organismos internacionales e intergubernamentales, y de las actividades que se desarrollen en el exterior vinculados a la situación y los derechos de la mujer y a la problemática de género.

7.- Intervenir en las actividades que se desarrollen en el país en cumplimiento de compromisos internacionales, en coordinación con los organismos competentes, en virtud del mandato de la Comisión Ad Hoc, para el Seguimiento de la Plataforma de Acción de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995), creada en el ámbito de este Ministerio por Decreto N° 1013/95.

8.- Desarrollar los vínculos permanentes para coordinar con los organismos gubernamentales nacionales las actividades e información necesaria para establecer los marcos de acción en el escenario internacional.

9.- Coordinar en los eventos y/o actividades vinculadas al tema de la mujer en los que intervengan representantes oficiales extranjeros, realizados por los organismos nacionales y/o provinciales competentes.

10.- Pautar y propiciar el desarrollo de relaciones y vínculos con las organizaciones no gubernamentales y las instituciones académicas relativas al tema de la mujer, coordinando con las mismas los mecanismos de intercambios de información y de participación en los proyectos que se diseñen en cumplimiento de compromisos asumidos por el país.

11.- Intercambiar opiniones para lograr un permanente diálogo y foro de discusión sobre la temática de la mujer, y para tal cometido coordinar también las actividades y proyectos del área en conjunción con las agencias internacionales, ONGs y organismos del Estado.

DIRECCION DE DERECHOS HUMANOS

(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 6° del Decreto N° 924/2011 B.O. 08/07/2011)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la elaboración y en el diseño de los planes, programas, proyectos y objetivos de política exterior en materia de Derechos Humanos, así como participar en la conducción de la política exterior vinculada a esos temas ante los organismos, entidades o comisiones especiales internacionales.

ACCIONES

1.- Coordinar con las áreas competentes, en lo relativo a las relaciones con los demás Estados, en cuestiones referidas a los Derechos Humanos y Derecho Humanitario y su régimen legal internacional.

2.- Elaborar proyectos de instrucciones, planes, programas operativos para los eventos internacionales de Derechos Humanos y Derecho Humanitario, en que intervenga la República Argentina, en coordinación con las demás áreas correspondientes.

3.- Intervenir, con las áreas competentes, en el estudio de la normativa de derecho interno para su compatibilización a las normas de derecho internacional sobre Derechos Humanos y Derecho Humanitario.

4.- Intervenir, en coordinación con las áreas competentes, en la conclusión de tratados, acuerdos y convenios internacionales que en materia de Derechos Humanos y Derecho Humanitario sea parte la Nación Argentina.

5.- Efectuar las acciones tendientes a obtener el retorno de los argentinos residentes en el exterior, en coordinación con otras áreas del Ministerio.

6.- Propiciar los estudios, el diseño y evaluación de los proyectos, programas y planes con otros organismos y dependencias del Estado, que sean relevantes para la política exterior de la República, en materia de Derechos Humanos y Derecho Humanitario, a fin de asegurar la indispensable coherencia en la ejecución de la misma.

7.- Coordinar y efectuar las consultas necesarias con el Alto Comisionado para Refugiados de las Naciones Unidas (ACNUR), en lo que se refiere a las decisiones sobre la concesión de asilo y/o refugio en la República de los extranjeros que así lo soliciten.

8. Entender, en coordinación con otras áreas competentes, en lo relacionado con minorías nacionales, étnicas, religiosas y lingüísticas en el ámbito de los organismos internacionales.

9.- Entender, en coordinación con otras áreas competentes, en lo atinente a las normas internacionales relativas a los Derechos del Niño.

DIRECCION DE SEGURIDAD INTERNACIONAL, ASUNTOS NUCLEARES Y ESPACIALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la elaboración de los objetivos de política exterior vinculados con la seguridad y terrorismo internacional, delito internacional, las cuestiones nucleares y espaciales, de no proliferación, de desarme, de regulación de armamentos, proyectando los planes y programas necesarios para su consecución, así como en la gestión e instrumentación de los mismos, armonizando sus alcances y efectos con los criterios globales de política exterior que se establezcan.

ACCIONES

1.- Analizar, elaborar, evaluar y efectuar el seguimiento permanente de las relaciones internacionales en el área de su competencia, proponiendo las adecuaciones que fueran pertinentes coordinando su acción con las demás unidades de la jurisdicción ministerial y fuera de ella.

2.- Entender en la confección de las instrucciones y directivas vinculadas a los temas de su competencia, destinadas a las delegaciones que participen de negociaciones o asistan a congresos, conferencias o reuniones internacionales, teniendo en cuenta las políticas y compromisos bilterales y multilaterales, y la coordinación necesaria con las demás unidades de la jurisdicción ministerial.

3.- Intervenir en la preparación, implementación y seguimiento de las negociaciones que se realicen en el área de su competencia, coordinando su acción con las demás unidades de la jurisdicción ministerial.

4.- Establecer las líneas básicas para la planificación de las actividades vinculadas a los temas de su competencia ante los Organismos Internacionales, efectuando la coordinación necesaria con las demás unidades de la jurisdicción ministerial.

5.- Proyectar los planes, temarios y programas operativos inherentes a la preparación y a las actividades de las visitas oficiales y misiones especiales argentinas al extranjero y extranjeras a la República, e implementar las gestiones correspondientes a que dieren lugar.

6.- Elaborar las directivas e instrucciones que fueren necesarias a fin de que las oficinas por países implementen las gestiones que correspondiere llevar a cabo en la República ante las representaciones diplomáticas extranjeras.

7.- Coordinar la recopilación de información, proyectando las investigaciones y estudios necesarios para la formulación de los planes, programas y metas del área de su competencia.

8.- Intervenir en la conclusión de los tratados y otros instrumentos de carácter internacional de interés para la República, relacionados con el área de su competencia.

9.- Propiciar los estudios, la elaboración y evaluación de los proyectos, programas y directivas sectoriales preparados por otros órganos de la administración pública centralizada y descentralizada, que sean relevantes para la política exterior en el área de su competencia, a fin de asegurar la indispensable coherencia en la ejecución de la misma.

DIRECCION GENERAL DE POLITICA EXTERIOR.

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Realizar las gestiones internacionales, de carácter bilateral o multilateral, con los países de América del Norte, Europa, Africa y Medio Oriente, Asia y Oceanía, relacionados con los temas políticos, como así también la identificación de los objetivos de política exterior.

Entender en los objetivos de política exterior, proyectando los planes y programas necesarios para su consecución, así como en la gestión e instrumentación de los mismos, armonizando sus alcances y efectos con los criterios globales de política exterior que se establezcan, efectuando el seguimiento de las negociaciones que se realicen en los organismos internacionales, con excepción de los pertenecientes a Latinoamérica y el Caribe.

Intervenir en los aspectos internacionales relacionados con las operaciones de mantenimiento de paz.

ACCIONES

1.- Planificar las actividades de las Representaciones Diplomáticas de la República en los países de América del Norte, Europa, Africa y Medio Oriente, Asia y Oceanía en forma tal de asegurar la coherencia político funcional de dichas actividades. Planificar, asimismo, la participación en la formulación de los proyectos de políticas y el establecimiento de planes, programas y metas a realizar con los países de América del Norte, Europa, Africa y Medio Oriente, Asia y Oceanía, sus agrupaciones y organismos regionales, como así también el seguimiento de su ejecución.

2.- Elaborar las instrucciones y directivas destinadas a las Representaciones de la República en los países mencionados y en los organismos internacionales y las referidas a las delegaciones que participan de negociaciones bilaterales y multilaterales, e intervenir en la definición de las instrucciones y directivas en lo que se refiere a otras Representaciones de la República.

3.- Intervenir en el proceso de conclusión de los tratados y otros instrumentos de carácter internacional de interés para la República relacionados con los países y zonas mencionados, al igual que con los organismos internacionales, en los temas de su competencia.

4.- Actuar en las relaciones con los Jefes de Misión de la República, de terceros países acreditados en la República y organizaciones internacionales con sede en el país, realizar las gestiones que correspondiere en la República ante las Representaciones diplomáticas extranjeras de los países de su área de competencia, y formular las directivas e instrucciones que fueren necesarias al efecto.

5.- Analizar, evaluar y realizar el seguimiento permanente de las decisiones y las gestiones de los organismos internacionales, proponiendo las políticas y programas pertinentes y la confección de las instrucciones y directivas destinadas a las Representaciones de la República en el exterior y a las delegaciones que participen de negociaciones o asistan a congresos, conferencias o reuniones en organismos internacionales, como así también planificar las actividades a ejecutar ante los organismos internacionales mencionados y confeccionar las instrucciones y directivas destinadas a las delegaciones que participen en deliberaciones o negociaciones bilaterales o asistan a congresos en materia de su competencia.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en los asuntos internacionales vinculados con la preservación de los recursos naturales, la protección del medio ambiente, la formulación de políticas de desarrollo sustentable, los aspectos de la política de población vinculados con estos temas, la negociación de medidas internacionales orientadas a controlar la contaminación ambiental, y limitar, reducir y eliminar sus fuentes antropogénicas.

ACCIONES

1.- Intervenir en la conclusión de los tratados y convenios, tanto bilaterales como multilaterales, como así también en los esfuerzos internacionales tendientes a la conservación y protección ambiental de las especies y los recursos naturales.

2.- Elaborar las instrucciones para las negociaciones internacionales y coordinar su cumplimiento.

3.- Intervenir en el cumplimiento de los compromisos contraídos por la República en materia ambiental, particularmente la oportuna presentación de los informes requeridos por conferencias y convenios internacionales.

4.- Evaluar y considerar las opiniones de las entidades profesionales, académicas y de bien público, especialmente dedicadas a los temas ambientales. Mantener los vínculos pertinentes con las ONGs relativos a los temas de su competencia.

5.- Asesorar, a través de la Subsecretaría de Política Exterior, a las dependencias de este Ministerio y a los sectores componentes de la administración pública nacional, provincial y municipal sobre los hechos que se produzcan en el marco internacional y que resulten de interés para el ejercicio de sus respectivas competencias, en coordinación con la Dirección General de Relaciones Institucionales.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE DROGAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en los asuntos vinculados en la lucha contra el uso indebido de drogas, narcotráfico y otras actividades conexas en el orden internacional.

ACCIONES

1.- Elaborar las instrucciones para las negociaciones internacionales sobre la materia.

2.- Coordinar, una vez acordadas, el cumplimiento de tales instrucciones con la Subsecretaría de Política Exterior y las áreas competentes en el tema.

3.- Verificar el cumplimiento de los compromisos contraídos por la República en el ámbito internacional, relativos a la lucha contra el uso indebido de drogas y acciones del narcotráfico, en particular, la oportuna presentación de los informes requeridos por los convenios internacionales.

4.- Integrar las delegaciones argentinas que asistan a reuniones internacionales sobre la materia.

5.- Asesorar, a través de la Subsecretaría de Política Exterior, a los distintos sectores competentes de la administración pública nacional, provincial y municipal, la información que requieran, coordinando esta acción con la Dirección General de Relaciones Institucionales.

6.- Recibir y evaluar las opiniones de las entidades profesionales, académicas y de bien público especialmente dedicadas a esta problemática.

7.- Informar a las dependencias de este Ministerio y a los sectores competentes de la administración pública nacional, provincial y municipal, sobre los hechos que se produzcan en el marco internacional y que resulten de interés para el ejercicio de sus respectivas competencias.

DIRECCION GENERAL DEL ATLANTICO SUR

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el diseño de los planes y la elaboración de las acciones necesarias para el logro de los objetivos de la política exterior, vinculados con el área de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur, la seguridad y los recursos de los espacios marítimos relevantes del Atlántico Sur, proyectando la gestión a llevar a cabo ante los Organismos Internacionales con intervención en la materia, así como las tratativas de carácter bilateral.

ACCIONES

1.- Identificar y elaborar los objetivos de política exterior vinculados con las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur, proyectando los planes y programas necesarios para su consecución, tanto en la gestión como instrumentación de los mismos, y armonizando sus alcances y efectos con los criterios globales de política exterior que se establezcan.

2.- Analizar, elaborar, evaluar y efectuar el seguimiento permanente de las relaciones internacionales en el área de su competencia, proponiendo las adecuaciones que fueran pertinentes y coordinando su acción con las demás unidades de la jurisdicción ministerial y fuera de ella.

3.- Intervenir en la confección de las instrucciones y directivas vinculadas a los temas de su competencia, destinadas a las delegaciones que participen de negociaciones o asistan a congresos, conferencias o reuniones internacionales, teniendo en cuenta las políticas bilaterales. Coordinar su acción con las demás unidades de la jurisdicción ministerial.

4.- Intervenir en la preparación, implementación y seguimiento de las negociaciones que se realicen en el área de su competencia. Coordinar su acción con las demás unidades de la jurisdicción ministerial.

5.- Proyectar la planificación de las actividades vinculadas a los temas de su competencia ante los organismos internacionales, coordinando su acción con las demás unidades de la jurisdicción ministerial.

6.- Proyectar los planes, temarios y programas operativos inherentes a la preparación y actividades de las visitas oficiales y misiones especiales argentinas al extranjero y extranjeras a la República, como así también implementar las gestiones correspondientes a que dieren lugar.

7.- Preparar las directivas e instrucciones que fueren necesarias a fin de que las oficinas por países implementen las gestiones que correspondiere llevar a cabo en la República ante las Representaciones Diplomáticas extranjeras.

8.- Dirigir y evaluar la recopilación de información, proyectando las investigaciones y estudios necesarios para la formulación de los planes, programas y metas del área de su competencia.

9.- Participar en la conclusión de los tratados y otros instrumentos de carácter internacional de interés para la República, relacionados con el área de su competencia.

10.- Participar en el estudio, elaboración y evaluación de los proyectos, programas y directivas sectoriales preparados por otros órganos de la Administración Pública centralizada y descentralizada, que sean relevantes para la política exterior en el área de su competencia, a fin de asegurar la indispensable coherencia en la ejecución de la misma.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS ANTARTICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el diseño de los objetivos de política exterior vinculados con la actividad antártica argentina, proyectando los planes y programas necesarios para su consecución, como así también en la gestión e instrumentación de los mismos, armonizando sus alcances y efectos con los criterios globales de política exterior que se establezcan en coordinación con la Dirección Nacional del Antártico, dependiente de la Secretaría de Asuntos Militares del Ministerio de Defensa.

ACCIONES

1.- Entender en el análisis, elaboración, evaluación y seguimiento permanente de las relaciones internacionales en el área de su competencia, proponiendo las adecuaciones que fueren pertinentes, coordinando su acción con las demás unidades de la jurisdicción ministerial y fuera de ella.

2.- Elaborar las instrucciones y directivas vinculadas a los temas de su competencia, destinadas a las delegaciones que participen de negociaciones o asistan a congresos, conferencias o reuniones internacionales, teniendo en cuenta las políticas bilaterales y la coordinación necesaria con las demás unidades de la jurisdicción ministerial y otros organismos del Estado nacional.

3.- Coordinar las acciones correspondientes a la organización, preparación, implementación y seguimiento de las negociaciones que se realicen en el área de su competencia, coordinando su acción con las demás unidades de la jurisdicción ministerial.

4.- Entender en la planificación de las actividades vinculadas a los temas de su competencia ante los Organismos Internacionales, efectuando la coordinación necesaria con las demás unidades de la jurisdicción ministerial.

5.- Elaborar la confección de directivas e instrucciones que fueren necesarias a fin de que las oficinas por países implementen las gestiones que correspondiere llevar a cabo en la República ante las Representaciones diplomáticas extranjeras.

6.- Dirigir y evaluar la recopilación de la información, proyectando las investigaciones y estudios necesarios para la formulación de los planes, programas y metas del área de su competencia.

7.- Participar en la conclusión de los tratados y otros instrumentos de carácter internacional de interés para la República, relacionados con el área de su competencia.

8.- Intervenir en la evaluación de proyectos, programas y directivas sectoriales preparados por otros órganos de la administración pública centralizada y descentralizada, que sean relevantes para la política exterior en el área de su competencia, a fin de asegurar la indispensable coherencia en la ejecución de la misma.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS CULTURALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la conducción y ejecución de la política cultural exterior y en la promoción de la imagen argentina en el exterior, sustentada en la difusión de la cultura nacional como instrumento de política exterior.

ACCIONES

1.- Entender en la programación de las actividades culturales de la República en el exterior, incluyendo eventos, conferencias, exposiciones y proyectos especiales, como así también el desarrollo de producciones editoriales y de imagen institucional aprovechando, entre otras, las modernas tecnologías que ofrece Internet y los medios de comunicación social (cine, radio y televisión).

2.- Entender en la cooperación cultural y educativa, como así también en el intercambio de artistas, profesores y estudiantes.

3.- Coordinar la concertación de acuerdos de cooperación cultural, convenios correspondientes y programas ejecutivos.

4.- Entender en los desplazamientos de artistas, obras de arte, material fílmico, música y literatura, en los temas vinculados a la implementación de las acciones programadas.

5.- Entender en la elaboración, supervisión y coordinación de programas de difusión cultural a ser desarrollados por las Representaciones Diplomáticas en el exterior.

6.- Participar en los congresos, conferencias, reuniones, muestras, ferias y eventos internacionales cuyo temario incluya aspectos de cooperación y difusión cultural.

7.- Proyectar los gastos correspondientes a la gestión cultural a ser previstos en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, y participar en el establecimiento de las asignaciones desagregadas por actividad o por representaciones.

8.- Asesorar sobre temas culturales específicos, a requerimiento de las áreas competentes en la conducción y ejecución de las políticas bilaterales y multilaterales.


SECRETARIA DE COMERCIO Y RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES

DIRECCION NACIONAL DE NEGOCIACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Promover las políticas y estrategias de la República en materia de negociaciones económicas y comerciales bilaterales, excluido el continente americano y las multilaterales a través de los organismos económicos y comerciales internacionales, regionales y subregionales, impartiendo las directivas e instrucciones a las Representaciones de la República ante gobiernos extranjeros, organismos internacionales económicos y comerciales y a las delegaciones que participen en negociaciones económicas bilaterales y multilaterales, con exclusión de los países del continente americano.

ACCIONES

1.- Realizar acciones tendientes a la concreción de objetivos prioritarios planteados en la política exterior con respecto a las negociaciones económicas y comerciales, tanto bilaterales como multilaterales, y asesorar sobre temas económicos bilaterales y multilaterales a las áreas competentes del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto en la conducción y ejecución de la política multilateral y bilateral, excluido el continente americano.

2.- Ejecutar los proyectos de políticas y establecimientos de planes, programas y metas de carácter económico y comercial a efectivizar con los países de Europa, Africa, Asia y Oceanía, sus agrupaciones y organismos regionales, y verificar su ejecución.

3.- Elaborar las instrucciones y directivas destinadas a las Representaciones de la República en el exterior, así como de aquéllas destinadas a las delegaciones que participen de las negociaciones en el área de su competencia.

4.- Participar en la elaboración y conclusión de los tratados y otros instrumentos de carácter internacional de interés para la República, relacionados con los países de Europa, Africa y Medio Oriente, Asia y Oceanía y las agrupaciones y organismos regionales de las áreas mencionadas.

5.- Participar en las reuniones económicas y comerciales multilaterales que se desarrollen en los organismos internacionales, en las negociaciones económicas con las misiones enviadas a la República por organizaciones multilaterales internacionales, regionales y subregionales y en la formulación de las directivas y las instrucciones pertinentes.

6.- Participar en coordinación con otras áreas del Gobierno Nacional en las negociaciones multilaterales internacionales de carácter económica y comercial.

7.- Ejecutar los proyectos de políticas y programas de carácter económico y comercial, en el marco de organismos multilaterales.

SUBSECRETARIA DE INTEGRACION ECONOMICA AMERICANA Y MERCOSUR

DIRECCION GENERAL DE INTEGRACION ECONOMICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Promover la complementación económica y el intercambio comercial con los países de América del Norte, Central, El Caribe y del Sur.

Fortalecer la integración económica multilateral a nivel continental, regional y subregional.

ACCIONES

1.- Contribuir a la fijación de políticas y realizar acciones tendientes a la concreción de los objetivos prioritarios planteados en la política exterior con respecto a la ALADI y al ALCA.

2.- Coordinar políticas tendientes a incrementar el intercambio comercial y la ampliación de los mercados a nivel bilateral, subregional, regional y hemisférico.

3.- Accionar y coordinar con los diversos sectores nacionales de carácter público y privado que tengan relación directa con los diferentes procesos de integración y con el comercio exterior.

4.- Intervenir en la fijación de políticas y participar en las negociaciones económicas y comerciales, en el marco de los organismos regionales y subregionales.

DIRECCION GENERAL DEL MERCOSUR

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la ejecución de las políticas de la República en materia de integración económica con los Estados miembros y asociados del MERCOSUR, realizando negociaciones económicas y comerciales bilaterales con Brasil, Paraguay y Uruguay, así como tareas de coordinación y/o seguimiento de los Subgrupos de Trabajo, Comités Técnicos, Reuniones Especializadas y Reuniones de Ministros a nivel cuatripartito y nacional.

ACCIONES

1.- Representar a la República en los órganos del MERCOSUR y en las negociaciones de los Subgrupos de Trabajo, Comités Técnicos y Reuniones Especializadas, ejecutando las políticas nacionales establecidas con el fin de profundizar el proceso de integración regional.

2.- Realizar las negociaciones económicas y comerciales bilaterales con los demás Estados miembros y asociados del MERCOSUR, participando en la elaboración y conclusión de acuerdos en ese ámbito.

3.- Entender y ejecutar con las demás áreas de la Cancillería, las políticas de relaciones del MERCOSUR con otros países, bloques comerciales y organismos internacionales.

4.- Coordinar con otras áreas del Gobierno Nacional la posición de la República en los distintos temas negociados, así como la implementación interna de las medidas acordadas en el ámbito del MERCOSUR.

5.- Propiciar las consultas con el sector privado nacional a fin de tomar en cuenta sus intereses en el proceso de integración.

SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERNACIONAL

DIRECCION DE APOYO AL TURISMO Y PROMOCION DE INVERSIONES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la promoción y desarrollo en el exterior de la actividad turística del país y del turismo internacional receptivo, como así también promover las inversiones, formulando propuestas para lograr que las mismas se intensifiquen y diversifiquen en el marco del intercambio comercial internacional de la República.

ACCIONES

1.- Coordinar la difusión y promoción en el exterior de oportunidades de inversión y turismo en la Argentina, en colaboración con los organismos públicos y entidades privadas.

2.- Definir estrategias y elaborar y proponer planes de acción en materia de promoción de inversiones en el país, atendiendo a las necesidades de inversión de los mercados internos, sectores productivos y/o productos o grupos de productos, como así también la posibilidad de captar y evaluar el interés de potenciales inversores extranjeros.

3.- Evaluar los resultados de las negociaciones económicas internacionales de las que participa nuestro país, para proponer acciones de promoción de las inversiones en el país, tanto en los sectores tradicionales de la economía como en los no tradicionales.

4.- Elaborar diagnósticos que permitan definir con mayor precisión el perfil de potenciales inversores, atendiendo las necesidades específicas de desarrollo de nuestros mercados.

5.- Proponer, diseñar y organizar encuentros, seminarios y grupos de trabajo con empresarios argentinos y extranjeros sobre posibles proyectos de inversión y turismo en el país, en coordinación con las áreas competentes de la Cancillería y en el marco de la promoción del comercio exterior.

6.- Colaborar con las visitas oficiales de autoridades argentinas a otros países, con estudios y análisis sobre posibles fuentes de inversión y financiación extranjeras, y participar en coordinación con otras áreas competentes de la Cancillería, en la convocatoria y organización de las comitivas empresarias que las acompañen, para atender las propuestas de posibles inversiones en el país.

7.- Brindar información pertinente a los potenciales inversores interesados sobre las características de aquellos mercados de interés específico que puedan devenir en futuras operaciones en la materia, en lo que hace a ventajas y condiciones de acceso a los mismos, como así también al marco legal que regula la actividad específica de los inversores extranjeros en la República.

8.- Localizar y asistir a los inversores extranjeros interesados en la promoción de nuevas actividades productivas, o en la ampliación y perfeccionamiento de las existentes, principalmente del sector PYME nacional.

9.- Brindar servicios inherentes sobre las posibilidades y oportunidades de inversión en el país, en la participación oficial y privada en exposiciones, ferias, muestras y demás actividades tendientes al fomento de las inversiones extranjeras en la República.

10.- Coordinar con la Secretaría de Turismo y Deporte de la Nación en la promoción del turismo argentino en el mercado internacional.

11.- Facilitar la captación de inversiones externas en el sector de viajes y turismo.

12.- Coordinar con las Representaciones argentinas en el exterior la formulación de programas y proyectos de promoción turística, con el objeto de incrementar la demanda actual del turismo internacional receptivo, como así también colaborar en la elección de las modalidades adecuadas de difusión y promoción en el exterior del turismo argentino.

DIRECCION GENERAL DE PROMOCION DE EXPORTACIONES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la definición de estrategias y elaboración de propuestas de planes de acción en materia de promoción de las exportaciones, en relación a todos o algunos de los mercados externos, sectores productivos y/o productos y grupo de productos.

Evaluar los resultados de las negociaciones económicas internacionales de las que participa nuestro país para proponer la realización de acciones de promoción de las exportaciones, en coordinación con las demás áreas internas de Cancillería que posean competencia en el tema.

Ejecutar la política comercial internacional, acercando la oferta de los productos y servicios nacionales a la demanda de los mercados extranjeros.

ACCIONES

1.- Asistir y asesorar al Subsecretario de Comercio Internacional sobre las condiciones en que se desenvuelve el intercambio internacional, para la formulación de acciones en materia de promoción de exportaciones.

2.- Intervenir en la elaboración de instrucciones y directivas para las Representaciones de la República y Delegaciones oficiales en materia de promoción de las exportaciones.

3.- Promover y organizar la participación de la República en ferias, concursos, muestras y misiones oficiales y privadas de carácter económico.

4.- Colaborar con los productores, comerciantes y prestadores de servicios y las cámaras que los nuclean, en la colocación de productos y servicios nacionales en el exterior.

5.- Dirigir estudios e investigaciones con respecto a cuestiones de carácter comercial en el extranjero.

6.- Dirigir las acciones de promoción comercial de las Representaciones argentinas en el exterior.

7.- Coordinar las acciones de vinculación con Cámaras empresarias y empresarios para la elaboración de diagnósticos que permitan definir con mayor precisión acciones de promoción comerciales en el exterior y en los mercados más apropiados, contribuyendo al incremento y diversificación de las exportaciones argentinas.

8.- Proponer, diseñar y organizar encuentros nacionales de exportadores argentinos (ENEAs), así como seminarios y cursos de capacitación y/o actualización técnica en todo el territorio de la República para el sector empresario, funcionarios de esta Cancillería, técnicos de la Fundación Export.Ar y de las provincias, sobre temas de comercio exterior, estrategias de exportaciones y de inversiones, integración regional y todo otro que resulte de interés.

9.- Colaborar con las visitas oficiales de autoridades argentinas a otros países, con estudios y análisis de sus respectivos mercados, y participar en la convocatoria y organización de las comitivas empresarias que las acompañen en función de las posibilidades comerciales.

DIRECCION GENERAL DE ESTRATEGIAS DEL COMERCIO EXTERIOR

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la planificación de políticas y estrategias para el desarrollo y apertura de nuevos mercados.

Intervenir en la definición de las acciones con las Representaciones de la República en el exterior, en lo referente a objetivos específicos sobre la inserción en nuevos mercados que representen un objetivo de política estratégica para el país.

ACCIONES

1.- Asistir y asesorar al Subsecretario de Comercio Internacional sobre las condiciones internas e internacionales en que se desenvuelve el intercambio internacional, para la formulación de acciones en materia de estrategia comercial.

2.- Evaluar los resultados de las negociaciones económicas internacionales, de las que participa nuestro país, en términos de ventajas y/o concesiones obtenidas, a fin de proponer acciones de estrategia comercial.

3.- Realizar las acciones tendientes a lograr la apertura de nuevos mercados.

4.- Intervenir en la difusión de las potencialidades comerciales del país en mercados no tradicionales.

5.- Observar y coordinar políticas tendientes a incrementar el intercambio con aquellos mercados que signifiquen para el país una ventaja competitiva y una posibilidad de colocación de productos no tradicionales argentinos.

6.- Investigar las potencialidades económicas de aquellos mercados a los que la Argentina no ha podido llegar en forma sistemática.

7.- Coordinar los estudios específicos tendientes a definir estrategias y evaluar políticas de penetración en nuevos mercados, en términos de desarrollo y fomento de los mismos.

SECRETARIA DE CULTO

SUBSECRETARIA DE CULTO

DIRECCION GENERAL DE CULTO CATOLICO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en los asuntos atinentes a las relaciones del Estado con la Iglesia Católica Apostólica Romana, la Conferencia Episcopal Argentina, Arzobispados y Obispados, Institutos de la Vida Consagrada y otras personas eclesiásticas, y el cumplimiento de las normas relativas al sostenimiento del Culto Católico.

ACCIONES

1.- Proponer y ejecutar políticas, planes y programas operativos destinados a la aplicación de los acuerdos suscriptos entre la República Argentina y la Santa Sede, relacionados con la creación y provisión de diócesis y circunscripciones eclesiásticas equivalentes, territoriales o personales.

2.- Proponer el proyecto de presupuesto anual para el sostenimiento del culto católico e intervenir en su ejecución.

3.- Llevar el Registro de Institutos de Vida Consagrada creado por Ley N° 24.483 y tramitar las peticiones de los sujetos inscriptos en el mismo, como así también confeccionar los certificados correspondientes.

4.- Tramitar el ingreso en la República, prórroga de permanencia y radicación de clérigos y religiosos católicos.

5.- Intervenir en todos los trámites y peticiones que realice la Iglesia Católica y las personas jurídicas que la integren ante los poderes públicos.

6.- Intervenir en el otorgamiento y realizar el pago de los beneficios establecidos por las Leyes N° 21.540, 21.950, 22.162, 22.430, 22.950 y normas complementarias.

7.- Otorgar las credenciales eclesiásticas, diligenciar los pasaportes diplomáticos u oficiales de los señores cardenales u obispos, y legalizar la firma de los documentos emanados de las autoridades eclesiásticas.

8.- Intervenir en el reconocimiento de nuevas provincias o divisiones territoriales de los Institutos de Vida Consagrada.

DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO NACIONAL DE CULTOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en lo atinente a las relaciones del Estado nacional con las iglesias, confesiones y comunidades religiosas distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana.

Analizar y tramitar las solicitudes de reconocimiento de las iglesias, comunidades y confesiones religiosas existentes en la Argentina, y proceder al registro de las que correspondiera.

ACCIONES

1.- Analizar y tramitar las solicitudes de reconocimiento de las iglesias, comunidades y confesiones religiosas e inscribirlas en el Registro correspondiente.

2.- Extender la documentación que acredite el reconocimiento de las iglesias, comunidades y confesiones religiosas, así como sus sedes, filiales y autoridades.

3.- Intervenir en todos los trámites que realicen las iglesias, comunidades o confesiones religiosas ante los poderes públicos.

4.- Tramitar el ingreso en la República, prórroga de permanencia y radicación de pastores, ministros religiosos o dirigentes pertenecientes a las iglesias o comunidades religiosas reconocidas.

5.- Legalizar la firma de los documentos emanados de autoridades de iglesias o confesiones religiosas reconocidas.

ANEXO III

(Anexo sustituido por art. 3° de la Decisión Administrativa N° 509/2004 B.O. 20/04/2004)

Antecedentes Normativos:

- Anexo Ia sustituido por art. 5° del Decreto N° 878/2008 B.O. 03/06/2008;

- Anexo I, Nota Infoleg: por art. 1° de la Decisión Administrativa N° 509/2004 B.O. 20/04/2004 se transfiere la DIRECCION NACIONAL DEL ANTARTICO de la SUBSECRETARIA DE POLITICA EXTERIOR, dependiente de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES, al ámbito del MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO;

- Anexo III sustituido por art. 1° de la Decisión Administrativa N° 322/2003 B.O. 29/12/2003;

- Anexo I y II, Nota Infoleg: por art. 1° del Decreto N° 207/2003 B.O. 14/02/2003 se transfiere la presente Dirección de la SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES del MINISTERIO DE DEFENSA al ámbito de la SUBSECRETARIA DE POLITICA EXTERIOR dependiente de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del presente Ministerio.