LEY ASO-2617
(Antes Ley 25643)
TURISMO ACCESIBLE PARA PERSONAS CON MOVILIDAD Y/O COMUNICACIÓN REDUCIDAS.
Sanción: 15/08/2002
Promulgación: 11/09/2002
Publicación: B.O. 12/09/2002
Actualización: 31/03/2013
Rama: ADMINISTRATIVO ASISTENCIA SOCIAL
Artículo 1 - Turismo accesible es el complejo de actividades originadas durante el tiempo libre, orientado al turismo y la recreación, que posibilitan la plena integración -desde la óptica funcional y psicológica- de las personas con movilidad y/o comunicación reducidas, obteniendo durante las mismas la satisfacción individual y social del visitante y una mejor calidad de vida.
Artículo 2 - A los fines de la presente Ley se entiende por
persona con movilidad y/o comunicación reducidas a las comprendidas en el artículo 2° de
Artículo 3 - Será obligación de las Agencias de Viajes informar a las personas con movilidad y/o comunicación reducidas y/o grupo familiar y/o acompañante sobre los inconvenientes e impedimentos que pudiere encontrar en la planificación de un viaje que obstaculizaran su integración física, funcional o social y, a su vez, comunicar a los prestadores de servicios turísticos sobre las circunstancias referidas en el artículo 2° a los fines de que adopten las medidas que las mismas requieran.
Artículo 4 - Las prestaciones de servicios turísticos deberán
adecuarse de conformidad con los criterios del diseño universal establecidos en
Los prestadores que cumplimenten las condiciones del párrafo
anterior deberán ser identificados con los símbolos de accesibilidad adoptados
por Ley 19279 y normas IRAM 3722, 3723 y
3724, emitidos por el Ministerio de Turismo de
Artículo 5 - Se deberá adecuar el material institucional de
difusión de
Artículo 6 - Invítase a las provincias y a
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LEY ASO-2617 (Antes Ley 25643) RAMA
ADMINISTRATIVO ASISTENCIA SOCIAL TABLA DE ANTECEDENTES |
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Artículo del texto definitivo |
Fuente |
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Arts. |
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4 |
Art 4 Texto original. Se agrega la mención de la ley 22431 ya que la ley 24314 aparece como
de objeto cumplido al ser modificatoria de la ley 22431; y se adecuó la
denominación ministerial |
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Arts. 5 y 6
Texto original |
Artículos suprimidos
Artículo 7, caducidad por vencimiento de plazo.
Artículo 8, de forma.
Nota de
En el artículo 4° Se agrega la mención de la ley 22431 ya que la ley 24314 aparece como de objeto cumplido al ser modificatoria de la ley 22431-
REFERENCIAS EXTERNAS
Ley 22431
Ley 24314
Decreto reglamentario 914/97
Ley 19279
ORGANISMOS
Secretaría de Turismo de