LEY E-0160

(Antes Ley 11357)

CAPACIDAD CIVIL DE LA MUJER

Sanción: 14/09/1926

Promulgación: 22/09/1926

Publicación: B.O. 23/09/1936

Actualización: 31/03/2013

Rama: CIVIL


Artículo 1°- La mujer mayor de edad, cualquiera sea su estado, tiene plena capacidad civil.

 

LEY E-0160

(Antes Ley 11357)

TABLA DE ANTECEDENTES

Artículo del texto definitivo

Fuente

1

Artículo 1 Texto según Ley 17711

 


Artículos suprimidos

Artículo 2 suprimido por derogación implícita (arts. 240 y 264, modificados por Ley 23364, del Código Civil).

Artículos 3, 4, 7 y 8  suprimidos por derogación expresa por Ley 17711.

Artículos 5 y 6, suprimidos por fusión con la Ley 340 (Código Civil) como artículos 1252 y 1253 renumerados.

Artículo 9 suprimido por objeto cumplido.

Artículo 10 suprimido por ser de forma.