LEY E-0160
(Antes Ley 11357)
CAPACIDAD CIVIL DE LA MUJER
Sanción: 14/09/1926
Promulgación: 22/09/1926
Publicación: B.O. 23/09/1936
Actualización: 31/03/2013
Rama: CIVIL
Artículo 1°- La mujer mayor de edad, cualquiera sea su estado, tiene plena capacidad civil.
|
LEY E-0160 (Antes Ley 11357) TABLA DE ANTECEDENTES |
|
|
Artículo del texto definitivo |
Fuente |
|
1 |
Artículo 1 Texto según Ley 17711 |
Artículos suprimidos
Artículo 2
suprimido por derogación
implícita (arts. 240
y 264, modificados
por Ley 23364,
del Código Civil).
Artículos 3,
4, 7 y
8 suprimidos por derogación expresa por Ley
17711.
Artículos 5
y 6, suprimidos por fusión con la Ley 340 (Código Civil)
como artículos 1252
y 1253
renumerados.
Artículo 9
suprimido por objeto
cumplido.
Artículo 10
suprimido por
ser de forma.