LEY W-1657
(Antes Ley 23775)
Sanción: 26/04/1990
Promulgación: 10/05/1990
Publicación: B.O. 15/05/1990
Actualización: 31/03/2013
Rama: PÚBLICO PROVINCIAL Y MUNICIPAL
Artículo 1- Declárase provincia conforme
a lo dispuesto en los artículos 13 y 75 inciso 15 de
La provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur comprende: la parte oriental de la isla Grande de Tierra del
Fuego hasta el límite con
Artículo 2- En lo que se refiere a
Artículo 3- Las escuelas públicas de educación primaria
pasarán a depender de la provincia. La transferencia de los establecimientos
secundarios y sus modalidades se determinarán por medio de convenios a
celebrarse entre
Artículo 4- Una vez que la provincia organice su Poder
Judicial se hará cargo de los registros, legajos, expedientes y demás
documentación que correspondan a la competencia provincial, en tanto aquéllos
de conocimiento de decisión federal seguirán tramitándose por ante el actual
Juzgado Federal de
Artículo 5- El gobierno de
LEY W-1657 (Antes Ley 23775) TABLA DE ANTECEDENTES |
|
Artículo del texto definitivo |
Fuente |
1 |
Art. 1 Ley 26552
Art.1 B.O. 11/12/2009. 2do
Párrafo incorporado. Se adecuaron las referencias a |
2 |
Arts. 2 texto
original |
3 |
16 texto original |
4 |
17 texto original |
5 |
20 texto original |
Artículos Suprimidos
Art. 3 al Art. 15 y Art. 18 y 19, objeto cumplido.
Art. 14, vencimiento de plazo.
Arts.
Art. 26, de forma.
REFERENCIAS EXTERNAS
Ley 23968