LEY Y-2865

(Antes DNU 1273/2005)

CREACION DE UN SUBSIDIO COMPLEMENTARIO

Sanción: 11/10/2005

Publicación: B.O. 13/10/2005

Actualización: 31/03/2013

Rama: Seguridad Social


Artículo 1- Créase un subsidio complementario honorífico no remunerativo, que se abonará juntamente con las "Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur" previstas por el Decreto 1357/2004, el que será equivalente a la suma de pesos ciento veinte ($ 120) mensuales.

Artículo 2- Aclárase que en el haber mínimo establecido por el Decreto 748/2005 se encuentra incluido el Suplemento por Movilidad creado por el artículo 3º del Decreto 1199/2004.

Artículo 3- Los subsidios creados por la presente no estarán sujetos a descuento alguno.

Artículo 4- Facúltase a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), organismo descentralizado en la órbita de la Secretaria de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y a la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, en el marco de sus respectivas competencias, a dictar las normas necesarias para instrumentar el modo y condiciones en que se liquidarán los subsidios creados por la presente.

LEY Y-2865

(Antes DNU 1273/2005)

TABLA DE ANTECEDENTES

Artículo del texto definitivo

Fuente

1

Art. 4, texto original.

2

Art. 5, texto original

3

Art. 7, texto original

4

Art. 8, texto original

Artículos suprimidos

Arts. 1°, 2° y 3°, derogados implícitamente por Decreto 764/2006. Suprimidos

Art. 6°, objeto cumplido. Suprimido

Arts. 9° y 10, de forma. Suprimidos

Nota de la Dirección de Información Parlamentaria

El presente DNU fue declarado válido por el Senado y la Cámara de Diputados de la Nación.

REFERENCIAS EXTERNAS

Decreto 1357/2004

Decreto 748/2005

Artículo 3º del Decreto 1199/2004

 

ORGANISMOS

Administración Nacional de la Seguridad Social

Secretaria de Seguridad Social

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales

Ministerio de Desarrollo Social