LEY Q-0195
(Antes Ley
12103 TO por decreto 12054/1946)
PARQUES NACIONALES LANIN, LOS ALERCES, PERITO MORENO, LOS GLACIARES Y LAGUNA BLANCA
Sanción:
29/09/1934
Promulgación: 09/10/1934
Publicación: B.O. 29/10/1934
Actualización: 31/03/2013
Rama: Medio Ambiente
Artículo 1 - Declárase Parques Nacionales a
las reservas Lanín, Los Alerces, Perito Francisco P. Moreno, Los Glaciares, con
los límites establecidos para las zonas reservadas con tal fin por el decreto 105433/1937, y las modificaciones introducidas
por los decretos 125506/1938, 94284/1941, 118660/1942 y 129433/1942 (art. 7, decreto-ley 9504/1945).
Artículo
2 - Créase el Parque Nacional Laguna Blanca, en las tierras reservadas con ese
destino por decreto 63601/1940, cuyos límites fijará el Poder Ejecutivo a
propuesta de
Artículo 3 - El Vivero
Nacional de
LEY Q-0195 (Antes Ley 12103 T.O. por decreto
12054/1946 B.O. 17/05/1946) TABLA DE ANTECEDENTES |
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Artículo del Texto Definitivo |
Fuente |
1 |
Art. 20 ley 12103, T.O. |
2 |
Art. 21 ley 12103, T.O Se actualizó el nombre de la autoridad de
aplicación según ley 22351, art. 14 y 32 |
3 |
Art. 33 ley 12103, T.O Se actualizó el nombre de la autoridad de
aplicación, según ley 22351, art. 14 y 32 |
Artículos suprimidos:
Arts.1 a 19 del T. O., derogados por ley 18594, art.
31
Arts.
Art. 34 del T.O., derogado implícitamente por ley
13273 T.O. por decreto 710/1995, art. 55 y Capítulo VI (Prevención y lucha
contra incendios)
Arts. 35 y 36 del T.O., caducidad por objeto cumplido
REFERENCIAS EXTERNAS
art. 7, decreto-ley 9504/1945
art. 8, decreto-ley 9504/1945
ORGANISMOS
Administración de Parques Nacionales.