LEY R-2486

(Antes Ley 25433)

Sanción: 13/07/2001

Publicación: B.O. 16/07/2001

Actualización: 31/03/2013

Rama: R - MILITAR

Artículo 1º - El personal superior, subalterno y civil de las fuerzas armadas y civil dependiente de la Dirección Nacional del AntárticoInstituto Antártico Argentino —, que ha realizado o realizará una o más campañas invernales en alguna de las bases antárticas que la Nación sostiene en el territorio antártico argentino y que se encuentren registrados ante la Asociación Polar “Pingüinera Antártica Argentina”, quedarán, una vez que dejen el servicio activo y desde la sanción de esta Ley, autorizados a agregar al grado y/o título que revisten, la expresión “Expedicionario al Desierto Blanco”.

Artículo 2º - La Asociación Polar “Pingüinera Antártica Argentina” efectuará las comunicaciones pertinentes al personal al que refiere el artículo anterior a los efectos del cumplimiento de la presente Ley y dispondrá las medidas necesarias para la entrega del diploma y distintivo que los acreditará.
 

LEY R-2486

(Antes Ley 25433 )

TABLA DE ANTECEDENTES

Artículo del texto definitivo

Fuente

1 a  2

Arts 1  a 2 texto original

Artículos Suprimidos :

Art. 3 de forma
                                                                                                                                 

ORGANISMOS

Dirección Nacional del Antártico

Instituto Antártico Argentino

Asociación Polar “Pingüinera Antártica Argentina”